Manual de Personal Docente de la ENFPP PNP [RD 022-ENFPP-PNP-SUBDIRECCIÓN]

|Manuales PNP| La Dirección de la Escuela Nacional de Formación Policial, mediante la Resolución Directoral 022-ENFPP-PNP-SUBDIRECCIÓN, de fecha 03 de febrero de 2022, aprobó el Manual del Personal Docente de la ENFPP PNP – 2021. ⇒DESCARGA AQUÍ⇐


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Manual de Personal Docente de la ENFPP PNP [RD 022-ENFPP-PNP-SUBDIRECCIÓN]

Resolución Directoral 022-ENFPP-PNP-SUBDIRECCIÓN

Chorrillos, 03FEB2022.

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VISTO, el Informe N° 007-2022-ENFPP-PNP/SUBDIRECCIÓN-UPE del 25 de enero de 2022, mediante el cual el Sub Director de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial, solicita la aprobación del Manual del Personal Docente de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial de la Policía Nacional del Perú.

CONSIDERANDO:
Que, el articulo 4 del Decreto Legislativo N° 1318, Decreto Legislativo que regula la formación profesional de la Policía Nacional del Perú, establece que la formación profesional policial es el proceso educativo con autonomía académica, normativa y administrativa que tiene como finalidad la preparación, integración, actualización, especialización y perfeccionamiento de la Policía Nacional del Perú; la formación Profesional Policial se regula por sus normas especificas y por la normatividad general aplicable cuando así se disponga en las primeras;

Que, el articulo 7 de la citada norma legal, señala que la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial, es el órgano de gestión educativa encargado de organizar, impartir, evaluar y certificar la formación profesional de los estudiantes y personal de la Policía Nacional del Perú;

Que, el literal e) del articulo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1318, Decreto Legislativo que regula la formación profesional de la Policía Nacional del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2017-IN, señala que la Dirección de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial tiene como función aprobar, dirigir, y supervisar la formulación y ejecución de Manuales, Reglamentos internos y documentos académicos, administrativos y de investigación, propuestos por las Unidades Orgánicas;

Que, el numeral 17 del articulo 97 del citado Reglamento, establece como una de las funciones básicas de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial, emitir resoluciones administrativas en el ámbito de su competencia;

Que, mediante Informe N° 056-2021-ENFPP/DIVACA-SEC del 04 de noviembre de 2021, el Jefe de la División Académica de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial de la Policía Nacional del Perú precisó que en el marco de sus competencias se ha elaborado el presente Manual con el objetivo de regular los procedimientos y requisitos para la contratación y designación del personal docente; así como los estímulos, procesos sancionadores y demás lineamientos para el ejercicio de la docencia en la referida escuela con la finalidad de garantizar los procesos de contratación, designación, remoción, capacitación, evaluación, reconocimiento y cumplimiento de las normas de dicho personal docente; asimismo dicho manual regula las relaciones laborales entre las Escuelas de Pregrado (EO PNP y EESTP PNP), ESCOCON PNP y ESCPOGRA PNP y; los docentes que, son de obligatorio cumplimiento, enfatizando que la evaluación de los docentes es objetiva, permanente, integral y continua;

Que, mediante Informe N° 007-2022-ENFPP-PNP/SUBDIRECCIÓN-UPE del 25 de enero de 2022, el Sub Director de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial, es de opinión favorable para la aprobación del Manual del Personal Docente de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial de la Policía Nacional del Perú, recomendando su aprobación;

Lo dictaminado por la Unidad de Asuntos Legales de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial, mediante el Dictamen N° 95-02-2022-ENFPP-PNP/ UNIASLEG del 03 de febrero de 2021; y,

Lo propuesto por el Coronel de la Policía Nacional del Perú, Jefe de la División Académica de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial; y, Lo opinado por el Coronel de la Policía Nacional del Perú, Sub Director de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- APROBAR el Manual del Personal Docente de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial de la Policía Nacional del Perú, el mismo que forma parte de la presente resolución y que consta de OCHO (08) Capítulos y DIECISIETE (17) Anexos.

Articulo 2°.- Remitir la presente Resolución Directoral a la División Académica de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial, para su conocimiento, estricto cumplimiento y difusión de las unidades académicas de la Policía Nacional del Perú

Manual de Personal Docente de la ENFPP PNP.- RD 022-ENFPP-PNP-SUBDIRECCIÓN.

ÍNDICE

PRESENTACIÓN

CAPÍTULO I
GENERALIDADES

A. OBJETIVO
B. FINALIDAD
C. ALCANCE
D. ÁMBITO DE APLICACIÓN
E. BASE LEGAL
F. RESPONSABLES DE LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS
G. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS

CAPÍTULO II
PERSONAL DOCENTE DEL RÉGIMEN EDUCATIVO POLICIAL

A. INHERENCIA A LA DOCENCIA
B. CARGA HORARIA DE LOS DOCENTES CIVILES CONTRATADOS.
C. CARGA HORARIA DEL DOCENTE PERSONAL POLICIAL.
D. FUNCIONES DEL DOCENTE.
E. DEBERES DEL PERSONAL DOCENTE.
F. DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE.
G. DOCENTE INVITADO

CAPÍTULO III

PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS PARA LA CONTRATACIÓN Y DESIGNACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE

A. CONTRATACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE POR CONCURSO PÚBLICO
B. EVALUACIÓN DEL CONCURSO
C. DOCENTES BAJO LA MODALIDAD DE INVITACION PARA LA ESCUELA DE PREGRADO (EO PNP Y EESTP PNP), ESCFOCON PNP Y ESCPOGRA PNP
D. DOCENTES INVESTIGADORES
E. PROCESO DE PROYECCIÓN DE RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE CONTRATACIÓN Y
NOMBRAMIENTO DE DOCENTE DE LAS ESCUELAS DE PREGRADO (EO PNP Y EESTP PNP), ESCFOCON PNP Y ESCPOGRA PNP..

CAPÍTULO IV
ESTÍMULOS PARA EL PERSONAL DOCENTE

A. ESTÍMULOS, INCENTIVOS Y RECONOCIMIENTOS.
B. CAPACITACIÓN DOCENTE.
C. DE LAS REMUNERACIONES..
D. INDUCCIÓN

CAPÍTULO V
EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO DEL DOCENTE

A. OBJETIVOS DE LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DOCENTE
B. EVALUACIÓN DEL DESEMPENO DOCENTE
C. COMITÉ EVALUADOR DE DESEMPEÑO DOCENTE.
D. METODOLOGÍA DE LA EVALUACIÓN DEL DESEMPENO DOCENTE..
E. COMPONENTES DE EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO DOCENTE.

CAPÍTULO VI
GESTIÓN DEL DOCENTE

A. RÉGIMEN ACADÉMICO POLICIAL

B. DISEÑO Y USO DEL PORTAFOLIO DEL DOCENTE.
C. PRESENTACIÓN DEL PORTAFOLIO
D. EVIDENCIAS DE ACTIVIDADES DE ENSEÑANZA
E. TÉCNICAS DE EVALUACIÓN
E. EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE DEL ESTUDIANTE
G. PROCESO DE EVALUACIÓN.

CAPÍTULO VII
PROCESOS SANCIONADORES PARA EL PERSONAL DOCENTE

A. PROCESO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO
B. ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO…
C. SANCIONES APLICABLES AL PERSONAL DOCENTE
D. INHABILITACIONES DEL EJERCICIO DE LA DOCENCIA EN LAS ESCUELAS DE PREGRADO (EO PNP Y EESTP PNP), ESCFOCON PNP Y ESCPOGRA PNP. .

E. PROHIBICIONES DEL DOCENTE DE LAS ESCUELAS DE PREGRADO (EO PNP Y EESTP PNP), ESCFOCON PNP Y ESCPOGRA PNP.

CAPÍTULO VIII
REGISTRO DE ASISTENCIA A DOCENTE

A. REGISTRO EN EL SISTEMA DE ASISTENCIA..
B. FALTAS Y TARDANZAS
C. RECUPERACIÓN / REPROGRAMACIÓN DE CLASES
D. REPORTE DE FALTAS Y TARDANZAS
E. CESACIÓN DE CONTRATO Y NOMBRAMIENTO

ANEXOS

ANEXO 01: ACTA DE INSTALACIÓN DEL CONSEJO ACADÉMICO PARA NOMBRAR Y CONTRATAR DOCENTES
ANEXO O2: ACTA DE REVISIÓN, CALIFICACIÓN DE DOCUMENTOS Y EVALUACIÓN DE POSTULANTE DOCENTE.
ANEXO 03: ACTA DE SELECCIÓN DE DOCENTES POLICIALES, FUERZAS ARMADAS, CIVILES Y DOCENTES EXTRANJEROS.
ANEXO 04: CONVOCATORIA PÚBLICA DE DOCENTES POLICIALES, FUERZAS ARMADAS, CIVILES Y DOCENTES EXTRANJEROS.
ANEXO 05: SOLICITUD DEL POSTULANTE.
ANEXO 06: RESUMEN DE HOJA DE VIDA DEL POSTULANTE
ANEXO 07: DECLARACIÓN JURADA.
ANEXO 08: AUTORIZACIÓN DELJEFE DE LA UNIDAD POLICIAL
ANEXO 09: MODELO DE SESIÓN DE CLASE.
ANEXO 10: CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LA HOJA DE VIDA PARA DOCENTES DE CONVOCATORIA PUBLICA (ESCPOGRA-EO-ESCFOCON).
ANEXO 11: TABLA DE EVALUACIÓN DE CAPACIDAD DOCENTE.
ANEXO 12: TABLA DE EVALUACIÓN DE ENTREVISTA PERSONAL
ANEXO 13: TABLA DE EVALUACION PARA EL INGRESO DEL PERSONAL DE SUB OFICIALES COMO DOCENTE POLICIAL EN LA EESTP-PNP
ANEXO 14: ACTA DE REVISIÓN, CALIFICACIÓN DE DOCUMENTOS Y EVALUACIÓN DE
POSTULANTES PARA LA DOCENCIA
ANEXO 15: ENCUESTA DE OPINIÓN DE ESTUDIANTES PNP
ANEXO 16: RUBRICA DE EVALUACIÓN DE LA METODOLOGÍA DE ENSENANZA
ANEXO 17: AUTOEVALUACIÓN DEL DOCENTE

PRESENTACIÓN

La participación del personal docente en la comunidad educativa de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial (ENFPP)-PNP, tiene su más alta expresión en la docencia e investigación; participan en actividades académicas y responsabilidad social. Los docentes participan en las actividades de gestión de acuerdo a la normatividad vigente en materia de educación.

Mediante Ley N°30604, se ha declarado la necesidad pública y de preferente interés nacional instituir e implementar programas de capacitación profesional especializado, modernos y de primer nivel técnico y científico, en favor de todo el personal que se desempeñe como docente o instructor en la ENFPP-PNP, y su inclusión como potenciales beneficiarios de los convenios a que se refiere el artículo 14 del Decreto Legislativo N° 1318 y su Reglamento, que les permita, a su vez, impartir una instrucción, capacitación y entrenamiento homogéneo y de mayor nivel de eficiencia y eficacia profesional, al personal de la Policía Nacional del Perú, contribuyendo de esta manera a la modernización de la institución.

En ese sentido la División Académica (DIVACA)-ENFPP-PNP ha elaborado el «Manual de Personal Docente de la ENFPP», a efectos, regular los procedimientos y requisitos para la contratación y designación del personal docente; así como, los estímulos, procesos sancionadores y demás lineamientos durante el ejercicio de la docencia en la ENFPP-PNP, con la finalidad de garantizar los procesos de contratación, designación, remoción, capacitación, evaluación permanente, reconocimiento, evaluación, cumplimiento de las normas de dicho personal docente.

El presente Manual norma las relaciones laborales entre las Escuelas de Formación y los docentes, que son de obligatorio cumplimiento para el personal docente de la ENFPP-PNP. La evaluación de los docentes es objetiva, permanente, integral y continua. Abarca el cumplimiento de las funciones inherentes a la docencia: investigación, el mejoramiento continuo y permanente de la enseñanza, la proyección social, en los ámbitos que le corresponde.

CAPÍTULO I

GENERALIDADES 

A. OBJETIVO

Regular los procedimientos y requisitos para la contratación y designación del personal docente, así como los estímulos, procesos sancionadores y demás lineamientos durante el ejercicio de la docencia en la ENFPP.

B. FINALIDAD

Garantizar los procesos de contratación, designación, remoción, capacitación, evaluación permanente, reconocimiento, evaluación, cumplimiento de las normas del personal docente de la ENFPP-PNP.

C. ALCANCE

Las normas del presente manual, son de obligatorio cumplimiento para el personal docente contratado de procedencia civil o personal policial o de las Fuerzas Armadas en situación de actividad, disponibilidad o retiro, nacional o extranjero.

D. ÁMBITO DE APLICACIÓN

El presente manual se rige por lo estipulado en el Art. 10 y conexos del
Decreto Legislativo N°1318-2017-IN, que regula la Formación Profesional de la PNP; así como, por los Art. 28 (Inc. f y g); 38 (Inc. q, r y s); 48; 49 (Inc. a, b, c y e); 51 (Inc. b); 54 (Inc. b); 57 (Inc. b); 65; 73; 74; 75; 76; 77; 78; 79; 80 y conexos del Decreto Supremo N° 022-2017-IN y su modificatoria mediante Decreto Supremo 002-2019-IN, que Reglamenta el Decreto Legislativo Nº1318.

E. BASE LEGAL

1. Constitución Política del Perú. [Clic aquí]
2. Ley N° 28044, Ley General de Educación.
3. Ley N° 30220, Ley Universitaria.
4. Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la carrera pública de sus docentes
5. Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. [Clic aquí]
6. Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública
7. Ley Nº29988, Ley que establece medidas extraordinarias para el personal docente y administrativo de instituciones educativas públicas y privadas.
8. Ley Nº28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y certificación de la calidad educativa, y su reglamento D.S N°018-2007-ED.
9. Ley N°30604 del 06JUN2017, Ley que declara de interés nacional la elevación del nivel académico profesional de los docentes o instructores en la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial.
10. Decreto Legislativo N° 1318, que regula la Formación Profesional de la Policía Nacional del Perú. [Clic aquí]
11. Decreto Legislativo N° 1149, Ley de la carrera y situación del personal de la PNP. [Clic aquí]
12. Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú [Clic aquí] y su reglamento. [Clic aquí]
13. Decreto Supremo N° 022-2017-IN, aprueba Reglamento del Decreto Legislativo N° 1318 y sus modificatorias. [Clic aquí]
14. Decreto Supremo N° 018-2019-IN, que declara el inicio del Proceso de Reorganización de las Escuelas de Educación Superior Técnico Profesional de la Policía Nacional del Perú.
15. Resolución Ministerial N°0306-92-IN/PNP del 17MAR1992
16. Resolución Ministerial N°116-2019-IN del 17ENE2019, que aprueba los
Lineamientos de Formación, Capacitación, Especialización y Perfeccionamiento de la Policía Nacional del Perú.
17. Resolución Ministerial N°0104-2021-IN del 25 FEB2021- Bases para el fortalecimiento y Modernización de la PNP
18. Resolución Ministerial N°0567-2021-IN del 21JUL2021, que aprueba el Plan de Implementación del Proceso de Reorganización de las Escuelas de Educación Superior Técnico Profesional (EESTP) de la Policía Nacional del Perú
19. Resolución Ministerial N°411-2017-IN, Plan de Modernización del Sector Interior 2017-2021.
20. Resolución Ministerial N°0590-2021-IN – 27JUL2021- Perfil Policial Peruano.

F. RESPONSABLES DE LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS

1. División Académica de la ENFPP
2. División de Administración de la ENFPP
3. Director de la Escuela de Oficiales PNP
4. Director de la Escuela de Educación Superior Técnico Profesional PNP a nivel nacional.
5. Director de la ESCOCON PNP
6. Director de la ESCPOGRA PNP
7. Área de Asuntos Académicos y de Investigación de las Escuelas de Pregrado (EO PNP y EESTP PNP).
8. Área de Asuntos Administrativos de las Escuelas de Pregrado (EO PNP
y EESTP PNP).
9. Área de Asuntos Académicos (ESCOCON y ESCPOGRA)
10. Consejo Académico y Disciplinario (EO PNP, EESTP PNP, ESCFOCON PNP y ESCPOGRA PNP).
11. Representante de la IG PNP
12. Representante de la DIRIN PNP

G. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS

1. Docente invitado: Es aquel docente de reconocida trayectoria profesional y/o docente en materias de alto nivel de especialización a nivel nacional e internacional con experiencia profesional en la materia; siendo por consiguiente invitados a participar en la docencia por semestre, periodo, ciclo o modulo académicos.

2. Evaluación de desempeño docente: Su finalidad es demostrar el desarrollo de las competencias y desempeño docente en el aula verificando el progreso de un clima favorable al aprendizaje.

3. Instructor: Oficial PNP que labora en la Escuela de Oficiales (EO)-PNP
o en las Escuela de Educación Superior Técnico Profesional (EESTP)-PNP; es designado entre el personal de Oficiales PNP en situación de actividad, según los cambios de asignación de cargos anuales, en los grados de Comandante, Mayor, Capitán y Teniente.

4. Monitor: Suboficial PNP que labora en las EESTP-PNP y son designados por la DIRREHUM de la PNP y la ENFPP PNP en situación de actividad, en los grados de Suboficial Superior, Suboficial Brigadier, Suboficial Técnico de 1ra.

5. Portafolio Docente: Es una selección coherente de materiales que incluyen evidencias y reflexiones sobre el proceso de enseñanza del docente que ponen de manifiesto la calidad de su práctica docente en relación al aprendizaje y desarrollo académico de sus estudiantes.

6. SIGEDU: Sistema Integral de Gestión Educativa, que registra las calificaciones de los semestres y periodos de las Escuelas de Pregrado (EO PNP y EESTP PNP).

7. Separación: Acción que a través de la cual se da término al vínculo laboral o contractual del personal docente (semestres, periodos, ciclo o módulos).

8. Silabo: Es una herramienta de planificación de una unidad didáctica o asignatura, que orienta de forma general el desarrollo de éste en coherencia con el Plan de estudios.

CAPÍTULO II
PERSONAL DOCENTE DEL RÉGIMEN EDUCATIVO POLICIAL

A. INHERENCIA A LA DOCENCIA

Son inherentes a la docencia en la ENFPP-PNP: la enseñanza, la investigación, la proyección social, la actualización permanente, el mejoramiento continuo, la producción intelectual y participación en la gestión académica, en los ámbitos que le corresponda.

B. CARGA HORARIA DE LOS DOCENTES CIVILES CONTRATADOS

La carga horaria de los docentes civiles contratados por concurso público es de CUARENTA (40) horas mensuales, como máximo. De manera similar se considera al personal policial o de las Fuerzas Armadas, en situación de disponibilidad o retiro, nacional o extranjero.

C. CARGA HORARIA DEL DOCENTE PERSONAL POLICIAL

El personal policial como docente que se encuentran en situación de actividad, tendrán una carga horaria de TREINTA (30) horas mensuales, como máximo.

D. FUNCIONES DEL DOCENTE

1. Enseñar con respeto, dentro del marco de los fines, principios y valores que inspiran la formación académica policial.
2. Fomentar la participación en innovación tecnológica, ciencia, tecnologia e innovación que beneficien al desarrollo de capacidades en el servicio policial.
3. Participar en programas de proyección social que beneficien a la comunidad.
4. Mantenerse actualizados en los temas de su especialización y
perfeccionar su capacidad pedagógica de manera permanente.
5. Procurar el conocimiento individualizado de los estudiantes y fomentar su participación activa en el proceso formativo, dentro del respeto
6. Preparar adecuada y oportunamente los temas y materiales didácticos de las asignaturas a su cargo.
7. Participar activamente en las actividades promovidas por el Área de Asuntos Académicos y de Investigación de las Escuelas de Pregrado (EO PNP y EESTP PNP) y Área de Asuntos Académicos (ESCFOCON y ESCPOGRA), para asegurar la calidad académica.
8. Contribuir con el Área de Asuntos Académicos y de Investigación de las Escuelas de Pregrado (EO PNP y EESTP PNP) y Área de Asuntos Académicos (ESCOCON y ESCPOGRA), en el cumplimiento de las metas de la acreditación de las carreras y programas académicos.
9. Para dictar clases los docentes deben asistir correctamente vestidos varones: terno y corbata, damas: traje sastre. (según la estación).
10. Aportar, actualizar, desarrollar y presentar con anticipación al inicio de cada semestre, ciclo o módulo el SÍLABO y los materiales de la unidad didáctica a su cargo; y desarrollarlos de acuerdo con los lineamientos señalados por las unidades académicas respectivas.
11. Conducir con eficiencia la labor docente, procurando prestigio y logro de objetivos de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial.
12. Actualizar el registro de Evaluación Académica con asistencia diaria de clase, evaluaciones permanentes y avance curricular.
13. Respetar las Directivas, la supervisión y el asesoramiento que conlleven al mejor desarrollo de la acción educativa
14. Participar de las evaluaciones de desempeño docente que programe la
15. Escuela para determinar su permanencia como docente.
Asistir puntualmente en el horario establecido para el desarrollo de las actividades de enseñanza tanto en la modalidad presencial y semipresencial.

16. Justificar la inasistencia por razones de enfermedad o accidente, fallecimiento de padres o hijos o por fuerza mayor o caso fortuito. La enfermedad o fallecimiento se acredita con certificado médico o denuncia policial, etc.
17. Asistir a las reuniones programadas por el director de la unidad
académica en la que se desempeña.
18. El docente no fijará fechas de recuperación de sesiones de aprendizaje por inasistencias injustificada

E. DEBERES DEL PERSONAL DOCENTE

Los deberes del personal docente de la ENFPP-PNP, se encuentran señalados expresamente en el Artículo 77° del Decreto Supremo N°022-2017-IN, Reglamento del Decreto Legislativo Nº1318 que regula la Formación Profesional de la PNP.
En forma complementaria y en concordancia con la Ley N° 30220.-Ley Universitaria y Ley Nº30512 Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera de sus Docentes, se establece adicionalmente los siguientes deberes:
– Perfeccionar permanentemente su conocimiento y su capacidad docente y realizar labor intelectual creativa e innovadora.
– Brindar tutoría a los estudiantes para orientarlos en su desarrollo integral y/o académico.
– Observar conducta digna e intachable.

F. DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE

Los derechos del personal docente de la ENFPP-PNP, se encuentran señalados expresamente en el Artículo 78° del Decreto Supremo N°022-2017-IN, Reglamento del Decreto Legislativo Nº1318 que regula la Formación Profesional de la PNP.

En forma complementaria y en concordancia con la Ley N° 30220.-Ley Universitaria y Ley Nº30512 Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera de sus Docentes, se establece adicionalmente los siguientes derechos:

– Que se respeten los procedimientos legales y administrativos en la aplicación de sanciones.
– No ser discriminado por razón de sexo, raza, religión, región, opinión o idioma.
– Laborar en instalaciones de las unidades académicas en condiciones de bioseguridad para la prevención del COVID 19 u otras enfermedades.

G. DOCENTE INVITADO

El proceso de selección de los docentes investigadores y docentes invitados comprende la evaluación del expediente con documentación que acredite su trayectoria profesional, debiendo cumplir con los requisitos del presente manual.

[Continúa…]

⇒DESCARGA AQUÍ⇐ El Manual de Personal Docente de la ENFPP PNP [RD 022-ENFPP-PNP-SUBDIRECCIÓN]

 

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