Artículo 239 del Código Procesal Penal Peruano .- Contenido de la resolución

[Código Procesal Penal] En virtud del Decreto Legislativo 957, se promulgó el CÓDIGO PROCESAL PENAL PERUANO, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 239. Contenido de la resolución.


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LIBRO SEGUNDO

LA ACTIVIDAD PROCESAL

SECCIÓN II

LA PRUEBA

TÍTULO III

LA BÚSQUEDA DE PRUEBAS Y RESTRICCIÓN DE DERECHOS

CAPÍTULO IX

LA CLAUSURA O VIGILANCIA DE LOCALES E INMOVILIZACIÓN

Artículo 239. Contenido de la resolución

Art. 239

La resolución autoritativa contendrá el nombre del Fiscal que solicita, la expresa autorización del local o bien mueble, el tiempo de duración de la medida y el apercibimiento de Ley para el caso de resistencia al mandato.
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