L-62: Infracción leve del régimen disciplinario de la PNP [Ley 30714]

[Tabla de Infracciones] Mediante el DS N° 016-2025-IN, se aprobó la nueva Tabla de Infracciones de la Ley del Régimen de Disciplinario de la PNP. Código de infracción L-62.– CONTRA LA DISCIPLINA POLICIAL.


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Infracción L-62. Sanción Leve del Régimen Disciplinario PNP Ley 30714

 

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INFRACCIÓN L-62

L-62

No pasar lista de presencia física un (1) día en la Dirección de Recursos Humanos de la de la Policía Nacional del Perú o la que haga sus veces, cuando se encuentra sometido a medida preventiva de suspensión temporal del servicioDe 8 a 10 días de Sanción Simple

 

CORTE SUPREMA

  • L-62.- «El actor no recibió la orden de ser vigilante de puerta el día de los hechos, por no haber sido designado con un memorando.» Casación N° 12136-2022-LAMBAYEQUE. Clic aquí: https://jurispol.pe/qxzp

CORTE SUPERIOR

  • L-62.- «Se declara la nulidad absoluta de las sanciones, ordenándose la reincorporación del efectivo policial; por el incumplimiento de validez y la afectación a los principios del debido procedimiento, legalidad procedimental, derecho de defensa, al habérsele recortado los plazos para la formulación de los descargos, por iniciarse un proceso sumario en vez del ordinario» Expediente N° 00202-2021 CAJAMARCA. Clic aquí: https://jurispol.pe/?p=21613
  • L-62.- «No basta señalar incumplir Directivas o normas sanitarias, para imponer una sanción; pues vulnera el principio de tipicidad y causa indefensión al administrado, debe describirse de manera suficiente, clara y precisa la falta prevista, el objeto de imputación y la disposición reglamentaria incumplida» Expediente N° 00803-2022-0-0501-JR-LA-01. Clic aquí: https://jurispol.pe/?p=18089
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