[Guías MP] Mediante la RF Nº2968-2019-MP-FN, de fecha 25 de octubre 2019, a través de Ministerio Publico – Fiscalía de la Nación, se aprobó «Clasificador de Cargos del personal del Ministerio Público» ⇒ DESCARGA AQUÌ⇐
Lee también:
- Ley Orgánica del Ministerio Público [Decreto Legislativo 052]
- Constitución Política del Perú [Actualizado]
- Este es el Reglamento Interno del Ministerio Público para su participación en la investigación policial
- Reglamento de Procedimiento Disciplinario de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público [Resolución Jefatural 212-2025-ANC-MP-J]
RESOLICIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
VISTOS:
El Oficio N° 1637-2019-MP-FN-OGPOHU de la Oficina General de Potencial Humano, los Informes Ns° 2444, 2082 y 1578-2019-MP-FN-OGPOHU-OAPH de la Oficina de Administración de Potencial Humano, el Oficio N° 001190-2019-MP-FN-OGASEJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y el Oficio N° 1193-2019-MP-FN-GG-OGPLAP de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, relacionados con el documento de gestión denominado «Clasificador de Cargos del Ministerio Público» y;
CONSIDERANDO:
Mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3893-2018-MP-FN de fecha 30 de octubre de 2018, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, modificado por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1974-2019-MP-FN de fecha 26 de julio de 2019, que diseña y define la estructura orgánica del Ministerio Público, regula el ámbito de competencia y asignación de funciones de los órganos y unidades orgánicas que lo conforman;
Con la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3894-2018-MP-FN de fecha 30 de octubre de 2018, se aprobó el Clasificador de Cargos del personal del Ministerio Público;
A través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE, publicada el 1 de abril de 2016, se aprueba la versión actualizada de la Directiva N° 002-2015-SERVIR-GDSRH «Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad CPE», estableciéndose en los numerales 2.3 y 2.4 del Anexo N° 4, que el Cuadro para Asignación de Personal Provisional debe considerar el Clasificador de Cargos de la entidad y que los cargos deben estar clasificados en grupos ocupacionales de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público;
La Oficina General de Potencial Humano hace suyos los Informes Ns° 2444, 2082 у 1578-2019-MP-FN-OGPOHU-OAPH de fechas 21 de octubre, 20 de setiembre y 16 de julio de 2019; con los cuales se sustenta la necesidad de actualizar el Clasificador de Cargos del Ministerio Público, conforme a sus competencias atribuidas en los literales a) y e) del Manual de Organización y Funciones de la referida Oficina General, aprobado por la Resolución de la Gerencia General N° 1036-2012-MP-FN-GG de fecha 9 de noviembre de 2012: «Organizar y dirigir el sistema de personal del Ministerio Público», y «Supervisar el desarrollo de los procesos técnicos y actividades que se efectúan en las unidades organizadas de la Gerencia Central de Potencial Humano»;
on el Oficio N° 001190-2019-MP-FN-OGASEJ de
fecha 23 de octubre de 2019, los Informes Ns° 1080 y 1203-2019-MP-FN-OGASEJ de fechas 6 de setiembre y 9 de octubre de 2019, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal del clasificador del cargo elaborado por la oficina General de Potencial Humano
Mediante el Oficio N° 1193-2019-MP-FN-GG-OGPLAP de fecha 4 de junio de 2019, la Oficina General de Planificación y Presupuesto emitió opinión favorable a la propuesta del Clasificador de Cargos del Ministerio Público;
En ese sentido, resulta necesario contar con el documento técnico «Clasificador de Cargos», que establezca la descripción, funciones y requisitos mínimos de los cargos, acorde a la estructura orgánica del Ministerio Público y de acuerdo al grado de responsabilidad y complejidad, que demanda para el cumplimiento de los objetivos institucionales; clasificándolos en grupos ocupacionales según lo previsto en la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, en concordancia con la Directiva N° 002-2015-SERVIR-GDSRH «Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos y elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE; CPE»,
Por consiguiente, es oportuno dejar sin efecto el Clasificador de Cargos del personal del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3894-2018-MP-FN de fecha 30 de octubre de 2018;
Contando con las visaciones de la Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina General de Planificación y Presupuesto y, la Oficina General de Asesoría Jurídica y;
De conformidad con lo establecido en el articulo 64 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar el Clasificador de Cargos del Ministerio Público, que consta de noventa y ocho (98) folios, de acuerdo al documento anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO. Dejar sin efecto el Clasificador de Cargos del personal del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3894-2018-MP-FN de fecha 30 de octubre de 2018.
ARTÍCULO TERCERO.- Encargar a la Oficina General de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente resolución y el Clasificador de Cargos del personal del Ministerio Público, en el Portal Institucional del Ministerio Público, y en el Diario Oficial El Peruano.
CLASIFICADOR DE CARGOS
RFN Nº2968-2019-MP-FN
2. BASE LEGAL
- Constitución Política del Perú. [Clic aquí]
- Decreto Legislativo N° 052 – Ley Orgánica del Ministerio Público.[Clic aquí]
- Ley N° 28175-Ley Marco del Empleo Público.
- Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal.[Clic aquí]
- Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes.
- Ley N° 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres.
- Decreto Legislativo N° 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-60-PCM.
- Decreto Legislativo N° 728 Ley de Formación y Promoción Laboral y el Texto Único Ordenado aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-97-TR.
- Decreto Ley N° 20009 Autoriza la aplicación del Sistema Nacional de Clasificación de Cargos.
- Resolución Suprema N° 013-75-PM/INAP – Aprueba el Manual Normativo de Clasificación de Cargos.
- Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3893-2018-MP-FN Organización y Funciones del Ministerio Público.
- Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 4035-2013-MP-FN – Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio Público (CAP – 2013).
- Decreto Supremo N° 014-2014-SA, Decreto Supremo que aprueba los Perfiles de los Puestos y las Condiciones para la asignación de las bonificaciones por puestos de responsabilidad Jefatural de departamento o servicio en establecimientos de salud de II y III nivel de atención, en establecimientos de salud 1-3, 1-4, microrredes o redes, y las condiciones para la entrega de la valorización priorizada por atención en servicios críticos, a los que se refiere el Decreto Legislativo 1153.
- Decreto Supremo N° 003-2017-SA aprueban Perfil para el otorgamiento de la valorización ajustada denominada bonificación por puesto en servicios de salud pública a que se refiere el literal E) del numeral 8.2 del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1153.
- Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 4519-2017-MP-FN- Modifica el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio Público (CAP), en el extremo relativo al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
- Resolución Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE que aprueba la Directiva N° 002-2015-SERVIR-GDSRH, formaliza la aprobación de la Directiva «Normas para la gestión del proceso de puestos y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad CPE»
- Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 100-2015-SERVIR-PE – Aprueba la Directiva N° 001-2015-SERVIR/GPGSC «Familias de puestos y roles y Manual de Puestos Tipo (MPT) aplicables al régimen del servicio civil» y «Catálogo de Puestos Tipo» y su modificatoria a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 063-2016-SERVIR-PE.
- Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 093-2016-SERVIR-PE – Resuelve Formalizar la Aprobación del «Diccionario de Competencias Transversales del Servicio Civil».
- Decreto Supremo N° 084-2016-PCM – Decreto Supremo que precisa la designación y los límites de empleados de confianza en las entidades públicas.
- Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 312-2017-SERVIR/PE que formaliza la aprobación de la Directiva «Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Perfiles de Puestos – MPP».
- Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 313-2017-SERVIR/PE que aprueba el Anexo N° 1 «Guía metodológica para el Diseño de Perfiles de Puestos para entidades públicas, aplicable a regímenes distintos a la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil» y el Anexo N° 2 «Guía metodológica para la elaboración del Manual de Perfiles de Puestos aplicable al régimen de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil». MPP,
3. OBJETIVOS
3.1. Objetivo General
Estructurar los cargos de la Institución por Grupos Ocupacionales determinando sus características, priorización y determinando los requisitos mínimos que deben cumplir, a fin de facilitar los procesos derivados de dichos cargos.
3.2. Objetivos Específicos
Dotar a la Alta Dirección de información relacionada a los cargos existentes dentro de la Institución, a efectos que facilite la toma de decisiones.
Proporcionar a los órganos, unidades orgánicas, dependencias fiscales y específicamente a la Oficina General de Potencial Humano información sobre la caracterización de los cargos y los requisitos mínimos requeridos; a fin que pueda ser utilizada para los procesos de selección, promoción de personal, acciones de capacitación, entre otros relacionados a la gestión del personal dentro del Ministerio Público.
Contar con un documento de gestión, que incremente el conocimiento del personal para el adecuado cumplimiento de las funciones a su cargo y que sirva como insumo para la formulación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) y el diseño de Perfiles de Puestos.
4. DEFINICIONES
a. Cargo: Es el elemento básico de la organización que comprende un conjunto de tareas dirigidas al logro de objetivos institucionales, cuyo ejercicio exige del concurso de una persona que reuniendo un mínimo de calificaciones, este en condición de ejercer de manera competente las atribuciones que le confiere.
b. Clasificación: Son los tipos de empleado público que establece la Ley N° 28175 – Ley Marco del Empleo Público, para la prestación de servicios personales, subordinados y remunerados entre una entidad de la administración pública y el empleado público.
c. Competencia: Aptitud demostrada para aplicar los conocimientos y habilidades.
d. Conocimiento: Es el conjunto de información adquirida a través de la experiencia o el aprendizaje.
e. Cuadro de Cargos Estructurales: Gráfico a través del cual se determina la ubicación de los cargos de la Institución en los grupos correspondientes.
f. Experiencia Laboral: Es la forma de conocimiento que se produce a partir de vivencias u observaciones. Es la acumulación de conocimientos que una persona logra, en el transcurso del tiempo, en el desempeño de un trabajo o labor.
I. Función: conjunto de acciones , actividades y tareas
j. Habilidad: Aptitud o talento innato, destrezas y capacidades desarrolladas que ostenta una persona para llevar a cabo con éxito determinada actividad.
k. Manual de Puestos Tipo (MPT): Es el documento que contiene la descripción del Perfil de Puestos Tipo, en cuanto a las funciones y requisitos generales, necesarios dentro de cada rol de familia de puestos. Las entidades lo utilizarán para elaborar su Manual de Perfiles de Puestos (MPP).
l. Nivel: Son los escalones que se establecen dentro de cada cargo según el grupo ocupacional al que corresponda, se establecen de modo progresivo y ascendente en relación con las atribuciones y complejidad de las funciones que realiza.
m. Órganos: Es la unidad de organización del primer y segundo nivel organizacional en una estructura orgánica, según lo señalado en el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM.
n. Puesto Tipo: Es un puesto genérico que abarca funciones y requisitos generales.
o. Reglamento de Organización y Funciones: Documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos, contiene las funciones generales de la entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas; establece sus relaciones y responsabilidades.
p. Unidad Orgánica: Es la unidad organizacional del tercer nivel organizacional en la que se desagrega un órgano, según lo señalado en el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM
5. CRITERIOS PARA LA CLASIFICACIÓN DE CARGOS
Los criterios a través de los cuales se elaboró el presente Clasificador de Cargos, resultan elementos indivisibles dentro del concepto de cargo; por lo tanto, exigen ser aplicados de manera integral, a fin de evitar las distorsiones que pudieran derivar de su aplicación independiente; dichos criterios se describen a continuación:
5.1. Criterio funcional
Este criterio está directamente vinculado con la naturaleza de las funciones asignadas a cada cargo.
5.2. Criterio de responsabilidad
Determinado por la mayor o menor complejidad de las funciones del cargo para el cumplimiento de las metas y objetivos de la organización, así como, por la responsabilidad derivada del desempeño de las mismas; y en función de la supervisión que le corresponde ejercer a quien ocupa el cargo, tanto respecto al número de trabajadores supervisados, como a la derivación de la naturaleza de las funciones que ellos realizan.
5.3. Criterio de condiciones mínimas
Referido a las capacidades que debe reunir la persona para ocupar un determinado cargo, las que se definen en términos de formación académica, experiencia y habilidad. El establecimiento de requisitos mínimos se da a razón de la función y del grado de responsabilidad inherente al cargo.
a. Formación Académica: conocimientos teóricos que poseen por formación académica
o capacitación en materias directamente relacionadas con la naturaleza propia de las funciones del cargo y que en consecuencia otorgan idoneidad a una persona para desempeñarlo.
b. Experiencia: acumulación de conocimiento práctico de tipo proactivo que la persona ha adquirido durante el desempeño de sus funciones y que lo califican para ejercer determinado cargo, por ser de naturaleza equivalente.
c. Habilidades: capacidades o destrezas que un trabajador posee y que lo califican como la persona indicada para el desempeño de un cargo que exija tal condición.
6. CODIFICACIÓN
La codificación contiene criterios que permiten una fácil identificación, tales como: Siglas del tipo de clasificación que agrupa los cargos, Numero de Pliego de la Institución y Numero correlativo del cargo según cada tipo de clasificación.
[CONTINÚA…]
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