Artículo 267. Estructura de la Dirección de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial.- Reglamento de la Ley de la PNP [DS 012-2025-IN]

[Reglamento de la Ley de la PNP] Mediante el DS 012-2025-IN, publicado el 05NOV2025, se aprobó el Reglamento de la Ley de la Policía Nacional del Perú; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa. Arculo 267. Estructura de la Dirección de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial.


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Artículo 267. Estructura de la Dirección de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial.- Reglamento de la Ley de la PNP [DS 012-2025-IN]

TÍTULO II

DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

CAPÍTULO VIII

ÓRGANOS DE LÍNEA

SUBCAPÍTULO II

DIRECCIÓN NACIONAL DE ORDEN Y SEGURIDAD

Artículo 267. Estructura de la Dirección de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial

Art. 267

267.1 La Dirección de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial para el cumplimiento de sus funciones cuenta con las subunidades orgánicas siguientes:

a) División de Tránsito y Seguridad Vial;

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b) División de Prevención e Investigación de Accidentes de Tránsito;

c) División de Prevención e Investigación de Robo de Vehículos;

d) División de Protección de Carreteras;

e) División de Seguridad Ferroviaria; y,

f) División de Inteligencia en Tránsito, Transporte y Seguridad Vial.

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