[Régimen Disciplinario de la PNP] En virtud del Reglamento de la Ley 30714, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Régimen Disciplinario, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente la Disposición Complementaria Final – Tercera. Plan de difusión y capacitación
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DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
Tercera. Plan de difusión y capacitación
TERCERA | El Tribunal de Disciplina Policial, la Oficina General de Integridad Institucional y la Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú, dentro de los treinta (30) días hábiles a partir de la entrada en vigencia del presente Reglamento, coordinan la formulación y ejecución del plan de difusión y capacitación, a nivel nacional, en temas disciplinarios dirigido a todas las unidades orgánicas de la Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú. La Escuela Nacional de Formación Profesional Policial de la Policía Nacional del Perú dispone que en los planes curriculares de los niveles educativos policiales se considere obligatoriamente el estudio de la Ley, el presente Reglamento y normas afines. |



