Directiva que establece Normas y Procedimientos para el Uso y Manejo del Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la PNP [Directiva N° 02-2018-CG-PNP/SECEJE/DIRTIC]

[Directivas PNP] Mediante la RE Nº 279-2018-SECEJE-PNP-SEC, de fecha 12 de noviembre de 2018, a través Secretario Ejecutivo de la PNP, se aprobó la directiva «Directiva que establece Normas y Procedimientos para el Uso y Manejo del Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la PNP»⇒DESCARGA AQUÍ⇐


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RESOLUCIÓN EJECUTIVA N° 279-2018-SECEJE-PNP/SEC

VISTO, la Hoja de Recomendación N° 013-2018-DG-PNP-SECEJEDIRTIC-UNIPLAE del 10 de setiembre de 2018, mediante el cual el Jefe de la Unidad de Planeamiento y Educación de la Secretaría de la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones de la Policía Nacional del Perú recomienda aprobar la Directiva que establece «Normas y Procedimientos para el Manejo y Uso del Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú».

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CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo N° 1267-Ley de la Policía Nacional del Perú, establece en el numeral 15 del articulo 9º, que la Comandancia General tiene entre sus funciones aprobar en el marco de su competencia, las resoluciones, manuales, reglamentos, directivas y demás documentos de carácter interno, que regulen el funcionamiento operativo de la Policía Nacional del Perú para el ejercicio de la función policial;

Que, el Decreto Legislativo N° 1267-Ley de la Policía Nacional del Perú, señala en su artículo 43° que, la Policía Nacional del Perú está facultada a emplear sistemas tecnológicos y registros para el mejor cumplimiento de sus fines  institucionales; concordante con el articulo 82° de su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo N° 026-2017-IN, donde se establece que la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones de la Policía Nacional del Perú, realiza actividades para la implementación de las tecnologías de información y comunicaciones necesarias que den soporte a la función policial;

Que, la Directiva establece Normas y Procedimientos para el Manejo y Uso del Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú, mejorando la disponibilidad, localización, información y verificación de los equipos Informáticos y de telecomunicaciones existentes en las unidades policiales a nivel nacional;

Que la Dirección de Asesoría Juridica de la Policía Nacional del Perú, mediante Informe Legal N° 393-2018-COMGEN-PNP-SECEJEDIRASJUR-DIVDJPN-DEPFCJEPN del 3 de octubre de 2018, opina que la directiva resulta viable;

Que, el Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú, mediante Hoja de Estudio Y Opinión N° 10-2018-EMG-PNP-UNITIC del 9 de octubre de 2018, opina favorablemente la continuidad del trámite de aprobación de la Directiva en mención;

Que, mediante Resolución de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú N° 041-2018-COMGEN/EMG-PNP de fecha 17 de octubre de 2018, el Comandante General de la Policía Nacional del Perú, delegó en el Secretario Ejecutivo de la Policía Nacional del Perú, la función de aprobar Directivas y Lineamientos de carácter específico a fin de regular el funcionamiento administrativo de la institución policial para la implementación de los Sistemas Administrativos relacionados al Presupuesto, Contabilidad, Tesorería, Abastecimiento y Personal;

Lo propuesto por el Coronel de la Policía Nacional del Perú, Director de Tecnología de la Información y Comunicaciones de la Policía Nacional del Perú; y.

Lo opinado por el General de la Policía Nacional del Perú, Jefe del Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la Directiva que establece «Normas y Procedimientos para el Manejo y Uso del Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú» – SAETI; la misma que como anexo forma parte de la presente resolución.

Artículo 2°.- Las Direcciones y los Órganos de la Policía Nacional del Perú comprometidos, accionarán en las áreas de su competencia, de acuérdalo establecido en la citada Directiva.

Artículo 3°.- Publicar la presente resolución en la Página Institucional de la Policía Nacional del Perú y en la Página Web «Águila 6» de la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú.

DIRECTIVA N° 02-2018-CG-PNP/SECEJE/DIRTIC 

R.E. Nº 279 -2018-SECEJE-PNP-SEC, LIMA 

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL USO Y MANEJO DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE LOS EQUIPOS DE TELECOMUNICACIONES E INFORMÁTICA DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ

I. OBJETO

Establecer normas y procedimientos para el uso y manejo del Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú.

II. FINALIDAD

2.1 Proporcionar un instrumento técnico normativo que oriente el manejo y uso correcto del Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú.

2.2 Fomentar y uniformizar los procedimientos para el registro adecuado de la información en el Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú; para una mejor gestión de los recursos tecnológicos pertenecientes a la Policía Nacional del Perú.

III. ALCANCE

La presente Directiva es de cumplimiento obligatorio para todo el personal policial que labora en las Oficinas de Administración, Oficinas de Tecnología de la Información y Comunicaciones, Almacenes y Central de Operaciones Policiales; responsables de la actualización del directorio telefónico policial, registro de vehículos, equipos y servicios que utilizan los medios telemáticos, asignados a las unidades policiales.

IV. BASE LEGAL

4.1 Constitución Política del Perú 1993. [clic aquí]

4.2 Ley Nº30714- Ley de Régimen Disciplinario de la PNP. Decreto Supremo Nº006-2017-JUS del 20MAR17, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General.[clic aquí]

4.3 Decreto Legislativo Nº1267 del 18DIC2016, que aprueba la Ley de la Policía Nacional del Perú.[clic aquí]

4.4 Decreto Supremo N° 026-2017-IN del 15OCT2017. Que Aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267, ley de la Policía Nacional del Perú.[clic aquí]

4.5 Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; la Secretaría de Gobierno Digital (SEGDI).[clic aquí]

4.6 Resolución Ministerial Nº0727-2016-IN del 27JUL16. Aprueba el Plan Estratégico de Gobierno Electrónico 2016–2021.

4.7 Resolución Ministerial Nº115-2015IN del 17feb2015, se aprobó Directiva Nº002-2015-IN-DGPP del 17FEB2015, “Lineamientos aplicables para la formulación, tramitación y aprobación de las Directivas que se expidan en el Ministerio del Interior”.

V. RESPONSABILIDAD

5.1 Los Jefes de las Macro Regiones, Regiones y Frentes Policiales, son los responsables de hacer cumplir las disposiciones establecidas en la presente norma.

5.2 La Inspectoría General, es el órgano de Policía Nacional del Perú, encargado de verificar y controlar el cumplimiento de las normas y responsabilidades dispuestas en la presente Directiva.

5.3 La Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la Policía Nacional del Perú, supervisará el cumplimiento de los procedimientos que establece la presente Directiva, dictando las disposiciones que sean pertinentes; adecuando el sistema a las necesidades que requiera la institución.

VI. DISPOSICIONES GENERALES

6.1 El Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú, está desarrollado en Software Libre sin generar gastos
por pago de licencia por uso de software.

6.2 El Sistema permite realizar el registro del equipamiento telemático, mediante los módulos integrados de: Gestión del Directorio Telefónico, Gestión de Radios de Comunicación, Gestión de Ordenadores con Acceso a Internet y Gestión de Equipos de Informática y Telecomunicaciones.

6.3 El Módulo Gestión del Directorio Telefónico podrá ser consultado por el público en general a través de internet o mediante un teléfono móvil con Sistema Operativo Android; para lo cual descargará la aplicación (APP) de la Página Web de la Policía Nacional del Perú.

6.4 La actualización del Directorio Telefónico Policial y registro de información en el Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú (SAETI), se realizará vía web por el personal responsable
del control de los vehículos, equipos y servicios que utilizan los medios telemáticos existentes, quienes laboran en las Oficinas de Administración, Almacenes, Oficinas de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones y las Central de Operaciones Policiales, a nivel nacional.

6.5 La Dirección de Tecnología de Información y Comunicaciones (DIRTIC PNP) es responsable del soporte técnico y mantenimiento de la base de datos y del Sistema Informático de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú (SAETI); asimismo, capacitará en el manejo y uso del sistema y asignará claves de acceso a todo los usuarios a nivel nacional.

6.6 Son usuarios del Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú (SAETI), todo el personal en situación de actividad, según el nivel de acceso de consulta o registro de datos; quienes deberán contar con un usuario y contraseña personal e |intransferible y de uso exclusivo otorgado por la DIRTIC PNP o la Oficina de Tecnología de Información y Comunicación (OFITIC-PNP). Asimismo, se le brindará acceso a los funcionarios públicos que requieran realizar consultas al Módulo de Gestión de Directorio Telefónico PNP.

6.7 Son requisitos para la asignación y/o renovación de usuarios del Sistema de Administración de los Equipos de  Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú, contar con los documentos siguientes:

6.7.1 Oficio firmado por el Jefe de Unidad o Subunidad solicitante, dirigido al Coronel PNP Jefe de la DIRTIC PNP o al Jefe de la MACROREGION POLICIAL.

6.7.2 Adjuntar acta de entrega de usuario y contraseña, firmada de acuerdo a la firma del DNI e impresión digital índice derecho (solo para usuarios nuevos o cambiados de colocación).

6.8 El Jefe de Unidad deberá de comunicar oportunamente a la DIRTIC PNP u OFITIC PNP de su jurisdicción según corresponda, la cancelación del acceso al Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú, de los efectivos que han sido cambiados de colocación, pase a la Situación de
Disponibilidad o Retiro, a fin de evitar el uso indebido del sistema.

6.9 Todo registro, grabación, ampliación y consulta efectuada a la base de datos del Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú, se registrará en los archivos auditores del Sistema, encontrándose a disposición de los órganos de control institucional.

VII. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

7.1 DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES (DIRTIC-PNP)

7.1.1 Brindará soporte técnico al Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú (SAETI), que permitan su funcionamiento en internet e intranet policial.

7.1.2 Administrará y supervisará los accesos de las cuentas de administradores locales para las unidades policiales, los mismos que pueden crear y otorgar usuario y contraseña de acceso al Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú.

7.1.3 Tendrá a cargo la instrucción del uso y manejo adecuado del Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú, en las unidades policiales que cuenten con intranet o internet comercial a nivel nacional.

7.1.4 Tendrá a cargo la implementación del Sistema de  Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú, en las
unidades policiales que cuenten con intranet o internet comercial a nivel nacional.

7.1.5 Recibirá sugerencias de los usuarios para los mejoramientos y optimización del Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú.

7.1.6 Realizará en forma periódica el respaldo de la información almacenada en el Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú.

7.1.7 Informará del resultado de las auditorías cuando se lo soliciten las Unidades Policiales, Inspectorías Territoriales o las autoridades jurisdiccionales.

7.2 OFICINA DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN PNP (OFITIC-PNP) UBICADAS EN CADA MACROREGIÓN POLICIAL O DIVISIÓN TERRITORIAL PNP PARA LAS UNIDADES UBICADAS EN PROVINCIAS

7.2.1 Brinda soporte técnico a las unidades policiales que cuentan con el Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú (SAETI) y que pertenecen a su Macro Región Policial o DIVTER PNP, lo cual permitirá su funcionamiento en la intranet PNP e internet comercial.

7.2.2 Administrará y supervisará los accesos de usuarios de su jurisdicción, los mismos que pueden crear y otorgar usuario y contraseña de acceso al Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú.

7.2.3 Tendrá a cargo la instrucción del uso y manejo adecuado del Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú, en las unidades  policiales de su jurisdicción, que cuenten con intranet o internet comercial a nivel nacional.

7.2.4 Tendrá a cargo la implementación del Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú, en las unidades policiales de su jurisdicción que cuenten con intranet o internet comercial a nivel nacional.

7.2.5 Recibirá las sugerencias de los usuarios para el mejoramiento y optimización del Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú (SAETI), para ser derivados a la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicaciones PNP.

7.3 JEFES DE OFAD, ALMACÉN, OFITIC Y CEOPOL

7.3.1 Una vez implementado en la unidad policial el Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú, previa Acta de Implementación firmada por el Jefe de la Unidad Policial, se procederá con la actualización del Directorio Telefónico y el registro de vehículos, equipos y servicios que utilizan los medios  telemáticos, asignados a las unidades policiales.

7.3.2 Solicitará a la DIRTIC PNP u OFITIC PNP de su  MACROREGION POLICIAL o DIVTER según corresponda, cuenta de acceso de usuario y contraseña al Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática Policía Nacional del Perú.

7.3.3 Corresponde al Jefe de Unidad Policial, solicitar mediante oficio a la DIRTIC PNP u OFITIC PNP de su MACROREGION POLICIAL o DIVTER según corresponda, los niveles de acceso a los que tendrá cada uno de sus efectivos policiales que harán uso del Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú.

7.3.4 Deberá de adoptar las medidas pertinentes, a fin de solicitar oportunamente, con el oficio respectivo, la renovación o suspensión del acceso al Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática, para el personal a su cargo; considerando que la vigencia de acceso al Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de  la Policía Nacional del Perú es de trescientos sesenta (360) días calendarios.

7.4 USUARIO DE SISTEMA

7.4.1 Los usuarios de las unidades policiales con acceso al Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú (SAETI), son responsables del registro, grabación y consulta de la información.

7.4.2 El código de usuario y contraseña es secreto e intransferible, siendo el usuario el único responsable del manejo y uso.

7.4.3 Toda consulta efectuada al Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú, quedará registrada en la base de datos del Sistema; a efectos de determinar la identidad del usuario, cuando el caso lo amerite, y para la auditoría respectiva solicitada por los órganos de control, autoridades Judiciales, Ministerio Púbico y otras autoridades con fines de investigación pertinentes.

7.4.4 El usuario que se encuentre cambiado de colocación, licencia, disponibilidad, retiro u otra situación del servicio, que le impida continuar como usuario del Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú, deberá de solicitar a través de su unidad, la desactivación como usuario del Sistema Informático, bajo responsabilidad administrativo-disciplinario.

7.4.5 La vigencia como usuario del Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú es de 360 días calendarios, debiendo de gestionar con el oficio respectivo con 10 días de anticipación la renovación de su cuenta de usuario.

7.4.6 El usuario que no ha renovado en su oportunidad de acuerdo al tiempo establecido (360 días) tendrá que enviar oficio con nueva acta para poder contar con el acceso correspondiente.

7.4.7 De presentarse problemas y/o fallas en el funcionamiento del Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú (SAETI), estos deberán ser reportados inmediatamente al servicio de soporte técnico de la OFITIC PNP, que corresponda.

7.8 INSPECTORÍA GENERAL PNP

Corresponde a las Inspectorías Regionales u Oficinas de Disciplina de las Jefaturas Administrativas del nivel Dirección, Macrorregiones Policiales, Frentes Policiales, Divisiones Territoriales y de las Unidades Operativas según corresponda, efectuar las tareas de control del uso del Sistema de Administración de los Equipos de
Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú (SAETI), en cumplimiento de sus funciones.

VIII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS

8.1 La presente Directiva entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en la Página Web de La Policía Nacional del Perú y águila 6, dejándose constancia para tal efecto de la fecha de su publicación.

8.2 A la entrada en vigencia de la presente directiva, las unidades policiales que cuenten con Intranet Policial o internet comercial, el personal policial que haya sido capacitado procederá con la actualización del directorio telefónico policial, registro de vehículos, equipos y servicios que utilizan los medios telemáticos, en el Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú (SAETI).

8.3 Las unidades policiales que, a la fecha de entrada en vigencia de la presente Directiva no cuenten con Intranet Policial o internet comercial, podrán realizar en cualquier ordenador que tenga acceso internet la actualización del directorio telefónico policial, registro de vehículos, equipos y servicios que utilizan los medios telemáticos, en el Sistema de Administración de los Equipos de Telecomunicaciones e Informática de la Policía Nacional del Perú (SAETI).

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