[Código Procesal Penal] En virtud del Decreto Legislativo 957, se promulgó el CÓDIGO PROCESAL PENAL PERUANO, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 26 . Competencia de la Sala Penal de la Corte Suprema.
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LIBRO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
SECCIÓN III
LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
TÍTULO II
LA COMPETENCIA
CAPÍTULO II
LA COMPETENCIA OBJETIVA Y FUNCIONAL
Artículo 26.- Competencia de la Sala Penal de la Corte Suprema
Art. 26 | Compete a la Sala Penal de la Corte Suprema: 1. Conocer del recurso de casación interpuesto contra las sentencias y autos expedidos en segunda instancia por las Salas Penales de las Cortes Superiores, en los casos previstos por la Ley. 2. Conocer del recurso de queja por denegatoria de apelación. 3. Transferir la competencia en los casos previstos por la Ley. 4. Conocer de la acción de revisión. 5. Resolver las cuestiones de competencia previstas en la Ley, y entre la jurisdicción ordinaria y la militar. 6. Pedir al Poder Ejecutivo que acceda a la extradición activa y emitir resolución consultiva respecto a la procedencia o improcedencia de la extradición pasiva. 7. Resolver la recusación planteada contra sus Magistrados. 8. Juzgar en los casos de delitos de función que señala la Constitución. 9. Entender de los demás casos que este Código y las Leyes determinan. |




