Cartilla temática 005-2025: Actuación policial y escena del crimen

|Cartilla temática PNP| La Dirección de Asesoría jurídica de la PNP, el 07 de febrero del 2025, oficializó la elaboración y difusión de la CARTILLA TEMÁTICA  N.° 14, como herramienta técnica y especializada de carácter jurídico para el empoderamiento del servicio policial.

[Cartilla temática 005-2025.] «Actuación policial y escena del crimen»


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Cartilla temática 05-2025

ACTUACIÓN POLICIAL Y ESCENA DEL CRIMEN

I. CONOCIMIENTO Y VERIFICACIÓN:

Paso 1:

El personal policial que toma conocimiento de un hecho delictivo (noticia criminal), deberá anotar:
a) La hora de conocimiento del hecho,
b) El medio por el cual lo recibe,
c) La identificación del informante o denunciante, de ser el caso.
d)Toda información que sea necesaria.

Asimismo, brindará a el/la denunciante o informante las instrucciones que correspondan, a fin de garantizar la preservación de la escena.

Paso 2:

El personal policial que toma conocimiento del hecho, deberá apersonarse con rapidez a la escena del crimen, anotando la hora de llegada a la misma. Es responsabilidad del primer agente de seguridad o efectivo policial que llega a la escena del crimen tomar medidas para preservar y proteger la escena del crimen.

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Paso 3:

Una vez verificado el hecho, asegura el lugar e in- mediatamente deberá comunicar por la vía más rápida a el/la Fiscal de turno para que disponga lo pertinente; para tal efecto, dicha comunicación deberá comprender la mayor información posible, sin perjuicio de anotar la hora de la llamada, el nombre de el/la Fiscal y lo dispuesto. En todo momento se garantizará que la escena no sea contaminada.

II. COMUNICACIONES:

Paso 4:

El personal policial interviniente, conforme a lo coordinado y dispuesto por el/la Fiscal, comunicará a los peritos del Sistema Criminalístico Policial y a la Unidad Especializada de Investigación que corresponda, a fin de que éstos se apersonen
inmediatamente a la escena.
En los lugares donde no se pueda comunicar con el/la Fiscal, el personal policial interviniente podrá, conforme a las circunstancias del caso, comunicar a los peritos del Sistema Criminalístico Policial y a la Unidad Especializada de Investigación que corresponda, a fin de que éstos se apersonen inmediatamente a la escena. Las comunicaciones y disposiciones de el/la Fiscal, constarán en el Acta del personal policial interviniente.

Paso 5:

El/La Fiscal, cuando corresponda, dispondrá —por la vía más célere- que se constituyan los especialistas (medicina, biología forense, antropología forense, etc.) de la División Médico Legal que se requieran en la escena del crimen.

III. PROTECCIÓN DE LA ESCENA:

Paso 6:

El primer personal policial interviniente que llega a la escena, luego de verificar el hecho, procederá a su protección y aislamiento garantizando su in-
tangibilidad. Asimismo, deberá verificar —cuando las circunstancias lo requieran- la existencia o no de víctimas para su auxilio correspondiente.

Paso 7:

Para el aislamiento deberán emplear un mecanismo idóneo para su demarcación y acordonamiento (cinta plástica, cordeles, etc.), definiendo adecuadamente sus límites y estableciendo las vías de entrada y salida de la escena aislada.

Paso 8:

Seguidamente, se deberá anotar la identidad de las personas que se hubieren encontrado en el lugar; así como otras circunstancias exógenas que se ad-
viertan, conforme a sus competencias. El personal policial interviniente podrá disponer que determinadas personas no se ausenten del lugar, dando cuenta a el/la Fiscal.

Paso 9:

El personal policial interviniente deberá tomar las previsiones del caso ante posibles circunstancias que puedan degenerar o contaminar la escena (lluvia, granizo, fuego, gasolina, calor, etc.), evitandoque se pierdan o deterioren los indicios y las evi-
dencias.

Tratándose de lugares cerrados, deberá proteger
los accesos, como puertas, ventanas, forados, para
impedir el paso de personas no autorizadas. Entodo momento podrá solicitar el apoyo policial inmediato.

Paso 10:

De todo lo actuado, el/la efectivo policial interviniente evacuará un Acta de Intervención, la misma que será entregada, una vez llegado a la escena, el pesquisa, los peritos o el/la Fiscal. El/La efectivo policial deberá permanecer en la escena del crimen hasta la culminación de la diligencia.

IV. PROCESAMIENTO E INVESTIGACIÓN DE LA ES-
CENA DEL CRIMEN:

Paso 11:

El equipo que tendrá a su cargo el procesamiento de la escena, estará conformado por:
a) Efectivos policiales del Sistema Criminalístico
Policial,

b) Pesquisas,

c) Personal del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses

Los mismos que previa identificación y, bajo la conducción de el/la Fiscal, procederán a realizar el registro cronológico del hecho y levantarán la información previa de la escena del crimen.

Paso 12:

Seguidamente, se hará el planeamiento que consta
de los siguientes pasos:
a) Seguridad y bioseguridad
b) Secuencia de ingreso del personal
c) Equipos y material a utilizar
d) Prioridad de indicios y evidencias a recoger
e) Método de registro a utilizar

Paso 13:

El/la jefe/a del equipo de criminalística (peritos) o el que haga sus veces (pesquisa) decidirá el correcto ingreso a la escena y establecerá la vía de acceso utilizando el método de abordaje adecuado según el tipo de escena, naturaleza del lugar y de-
lito investigado

Paso 14:

A continuación, ingresarán los/las peritos o en su defecto las pesquisas a fin de perennizar la escena del crimen (mediante toma fotográfica, grabación audiovisual, dibujo, escáner, planimetría, croquis, etc.), sin tocar ni modificar la ubicación de los indicios y evidencias que se hallarán en la escena. (Ejm. En caso de homicidio evitar mover el cadaver de su posición original).

Paso 15:

Para la búsqueda de los indicios y evidencias se empleará el método más apropiado, para lo cual, se deberá tener en cuenta las características de la escena.

Paso 16:

Ubicados los indicios y evidencias se procederá a su fijación y perennización correspondiente.

Paso 17:

Se podrán levantar nuevamente croquis o planos, según sea el caso.

Paso 18:

El recojo de los indicios y evidencias lo realizará el perito de la especialidad. En zonas donde no se contare con peritos lo efectuará el pesquisa.

Paso 19:

El embalaje y rotulado de los indicios y evidencias se efectuará teniendo en cuenta la naturaleza de los mismos, respetando los principios de la cadena de custodia.

Paso 20:

En caso de existir un sospechoso, el personal policial tomará el control de dicha persona tomando las medidas de seguridad correspondientes, a fin de evitar su fuga; de ser el caso, procederá a detenerlo.

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