Artículo 62 del Reglamento de la Ley 30714.- Actos inimpugnables

[Régimen Disciplinario de la PNP] En virtud del Reglamento de la Ley 30714, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Reglamento del Régimen Disciplinario 30714, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 62. Actos inimpugnables.


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Artículo 62 del Reglamento de la Ley 30714.- Actos inimpugnables

TÍTULO III

PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO POLICIAL

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 62. ACTOS INIMPUGNABLES 

Art. 62

 

Son actos inimpugnables:

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1. Los señalados en el artículo 59 de la Ley.

2. Las resoluciones expedidas por los órganos de decisión de segunda instancia.

3. Las resoluciones de levantamiento o variación de medidas preventivas.

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