Artículo 75.- Situación de actividad fuera de cuadros.- Reglamento de la Ley de la Carrera del Personal de la PNP [DS 016-2013-IN]

[Reglamento del DL 1149]Mediante el DS 016-2013-IN, publicado el 17NOV2013, se aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo 1149; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa. Artículo 75.- Situación de actividad fuera de cuadros.


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Artículo 75.- Situación de actividad fuera de cuadros.- Reglamento de la Ley de la Carrera del Personal de la PNP [DS 016-2013-IN]

TÍTULO III

SITUACIÓN POLICIAL

CAPÍTULO IV

SITUACIÓN DE ACTIVIDAD

Artículo 75. Situación de actividad fuera de cuadros

Art. 75

Condición en que el personal, que goza de empleo pero que se encuentra impedido de ejercer un cargo por alguna de las causales previstas en la ley de la materia, en cualquiera de los casos señalados en el Artículo 72 de la Ley.

LEGISLACIÓN POLICIAL

  • «Directiva que establece normas para la ejecución del programa de sensibilización dirigido al personal PNP reincorporado a la situación de actividad». Directiva DGPNP 01-22-2010-DIRREHUM.B. Clic aquí: https://jurispol.pe/r7kwV
  • «Directiva de lineamientos para la ejecución del proceso de reingreso del personal policial que ha cumplido el tiempo correspondiente en la situación de disponibilidad y solicita su retorno a la situación de actividad». Directiva 12- 2023-COMGEN PNP/SECEJE-DIRREHUM. Clic aquí: https://jurispol.pe/32kx
  • «Guía de Requisitos para los procedimientos administrativos de la División de altas, bajas y licencias de RRHH de la PNP». RD 013426-2019-DIRREHUM-PNP. Clic aquí: https://jurispol.pe/px29
  • «Cumplimiento del artículo 81 del DL N° 1149 para retornar a la situación de actividad (Requisitos para el retorno a la situación de actividad. Para retornar a la situación de actividad por cualquiera de las causales expuestas en el presente capítulo, se requieren: 1) Aprobar el examen de conocimientos y de esfuerzo físico; 2) Estar psicosomáticamente apto para el servicio policial, acreditado por la Dirección de Sanidad de la PNP; El reglamento puede establecer otros requisitos)». Acuerdo de Sala Plena 2015. Acuerdo 5. Clic aquí: https://jurispol.pe/racf
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