[Tránsito y transporte] En virtud del DS 016-2009-MTC, se aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Régimen Disciplinario, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 64. DERECHO DE PASO DEL PEATÓN EN VÍAS SEMAFORIZADAS.
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TÍTULO IV
DE LA CIRCULACIÓN
CAPÍTULO I
DE LOS PEATONES Y EL USO DE LA VÍA
ARTÍCULO 64. DERECHO DE PASO DEL PEATÓN EN VÍAS SEMAFORIZADAS
Art. 64 | El peatón tiene derecho de paso en las intersecciones semaforizadas o controladas por Efectivos de la Policía Nacional del Perú o por señales oficiales, respecto a los vehículos que giren a la derecha o a la izquierda, con la luz verde. |



