Artículo 43 del TUO del Reglamento Nacional de Tránsito. Formas de las señales

[Tránsito y transporte] En virtud del DS 016-2009-MTC, se aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Régimen Disciplinario, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 43. FORMAS DE LAS SEÑALES.


Lee más:

TÍTULO III

DE LAS VÍAS

CAPÍTULO II

DISPOSITIVOS DE CONTROL

SECCIÓN II

SEÑALES, MARCAS Y DISPOSITIVOS

ARTÍCULO 43. FORMAS DE LAS SEÑALES

Art. 43

1) Las señales reguladoras, tienen forma circular inscrita dentro de una placa rectangular en la que también esté contenida la leyenda explicativa del símbolo, con excepción de la señal de “PARE” de forma octogonal, de la señal “CEDA EL PASO”, de forma de triángulo equilátero con el vértice hacia abajo y de las de sentidos de circulación de forma rectangular con su mayor dimensión horizontal.

ⓘ Publicidad JurispolInscríbete

2) Las señales preventivas tienen forma romboidal, es decir, un cuadrado con la diagonal correspondiente en posición vertical con excepción de las de “DELINEACIÓN DE CURVAS PRONUNCIADAS ”, cuya forma será rectangular, correspondiendo su mayor dimensión al lado vertical; las de “ZONA DE NO ADELANTAR” que tendrá forma triangular; y las de “PASO A NIVEL DE LÍNEA FÉRREA” de diseño especial que será determinado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

3) Las señales informativas tienen forma rectangular, con su mayor dimensión horizontal, a excepción de los indicadores de rutas y de las señales auxiliares que tienen la forma que determine el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

4) Las señales turísticas tienen las características físicas establecidas en el Manual de Dispositivos de Control de Tránsito Automotor para Calles y Carreteras.

ⓘ Publicidad JurispolInscríbete

Últimas noticias

ⓘ Publicidad JurispolInscríbete

Artículos relacionados

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

ⓘ Publicidad JurispolInscríbete