[DL PNP] Mediante el DL 1149, publicado el 11DIC2012 se aprobó la Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa, concretamente en el Art. 4. del Titulo Preliminar. Principios rectores.
Lee más:
- DL 1149. Ley de la Carrera y Situación del Personal de la PNP [Actualizado 2025]
- Reglamento del DL 1149. Ley de la Carrera del Personal de la PNP [DS 016-2013-IN]
- TUO del DL 1149 ley de la carrera y situación del personal de la PNP [DS 006-2024-IN]

LEY DE LA CARRERA Y SITUACIÓN DEL PERSONAL DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ
Decreto Legislativo 1149
TÍTULO PRELIMINAR
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 4.- De los principios rectores
Art. 4 | Son principios de la carrera y situación del personal de la Policía Nacional del Perú los siguientes: 1) Principio de igualdad.- Ninguna disposición del presente Decreto Legislativo puede, en su aplicación, generar acto de discriminación. 2) Principio de imparcialidad.- Las evaluaciones están exentas de todo interés ajeno al institucional y son imparciales en su aplicación. 3) Principio de meritocracia.-El ingreso, la permanencia y los ascensos en la carrera, se fundamentan en los méritos y en las capacidades personales, profesionales y técnicas. 4) Principio de objetividad.- Aplicación de las normas establecidas a través de indicadores claramente definidos, para la evaluación de las aptitudes profesionales, técnicas, disciplinarias y psicosomáticas. 5) Principio de transparencia.- Se fundamenta en la publicidad de todos los procesos relacionados a la presente norma. |




