Artículo 302. División de Policía Comunitaria.- Reglamento de la Ley de la PNP [DS 012-2025-IN]

[Reglamento de la Ley de la PNP] Mediante el DS 012-2025-IN, publicado el 05NOV2025, se aprobó el Reglamento de la Ley de la Policía Nacional del Perú; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa. Arculo 302. División de Policía Comunitaria.


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TÍTULO II

DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

CAPÍTULO IX

ÓRGANOS DESCONCENTRADOS

SUBCAPÍTULO II

DIRECCIÓN NACIONAL DE ORDEN Y SEGURIDAD

Artículo 302. División de Policía Comunitaria

Art. 302

302.1 La División de Policía Comunitaria es la subunidad orgánica desconcentrada de carácter operativo; responsable de planificar, articular, ejecutar, controlar y evaluar las actividades y operaciones policiales de prevención policial, prevención comunitaria, prevención social y promoción de valores; diseñadas y aprobadas por la Dirección de Policía Comunitaria; así como de implementar las estrategias que en materia de su competencia apruebe la Policía Nacional del Perú; en el ámbito geográfico de la Región o Frente Policial a la que corresponde.

302.2 Depende de la Región o Frente Policial y forman parte del subsistema de Policía Comunitaria y están a cargo de Oficiales Superiores de Armas de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel, egresado del Programa de Alto Mando en Orden Interno y Desarrollo Nacional o su equivalente.

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302.3 La División de Policía Comunitaria de las Regiones o Frentes Policiales tiene las funciones siguientes:

1) Planificar, articular, ejecutar, controlar y evaluar las actividades de prevención policial, prevención comunitaria, prevención social y promoción de valores; diseñadas y aprobadas por la Dirección de Policía Comunitaria;

2) Planificar, articular, ejecutar, controlar y evaluar la sostenibilidad de los programas de prevención comunitaria (Brigadas de Autoprotección escolar, Juntas Vecinales y Redes de Cooperantes) que gestionan las Comisarías de la Región o Frentes Policial;

3) Planificar, articular, ejecutar, controlar y evaluar la sostenibilidad de los programas preventivos de prevención social (Patrulla Juvenil, Policía Escolar y Clubes de Menores) que gestionan las Comisarías de la Región o Frente Policial;

4) Planificar, articular, ejecutar, controlar y evaluar los programas especiales de prevención policial (Vecindario Seguro y otros) que gestionan las Comisarías de la Región o Frente Policial;

5) Controlar y evaluar la ejecución de las actividades de responsabilidad de las unidades de organización de la Policía Nacional del Perú, establecidas por los Comités Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana; en el marco de las disposiciones contenidas en la legislación en materia de seguridad ciudadana;

6) Controlar y evaluar los registros de información reservada sobre la comisión de delitos que proporcionen los integrantes de los programas de prevención comunitaria a las Oficinas de Policía Comunitaria de las Comisarías;

7) Evaluar el resultado de las actividades y operaciones ejecutadas por las Oficinas de Participación Ciudadana de las Comisarías;

8) Proponer actividades y programas de prevención policial, prevención comunitaria y prevención social;

9) Articular el trabajo de las Comisarías de la Región o Frente Policial que corresponde en materias de su competencia;

10) Proponer, formular, ejecutar, controlar y evaluar las órdenes de operaciones policiales en el ejercicio operativo de las funciones de su competencia;

11) Ejecutar, controlar y evaluar las operaciones policiales aprobadas por la Región o Frente Policial;

12) Ejecutar operaciones integradas con autoridades administrativas, entidades e instituciones públicas y privadas, y en espacios interinstitucionales, en materia de su competencia;

13) Registrar, organizar y reportar la información que produzca como resultado de las actividades y operaciones policiales ejecutadas;

14) Emitir opinión técnica sobre asuntos de su competencia;

15) Asesorar a la Región o Frente Policial en asuntos de su competencia; y,

16) Cumplir las demás funciones que le corresponda de acuerdo con las disposiciones legales y otras que el Jefe de la Región o Frente Policial le asigne.

LEGISLACIÓN POLICIAL

  • «Manual de Organización y funcionamiento de las juntas vecinales de seguridad ciudadana promovidas por la PNP». RM 0880-2015-IN. Clic aquí: https://jurispol.pe/1ft4
  • «Directiva que establece normas y procedimientos para la administración de los recursos propios y los directamente recaudados a través de actividades productivas empresariales de las instituciones educativas de los niveles de educación inicial, primaria y secundaria de la PNP». Directiva 20-07-2014-DIRBIE-B. Clic aquí: https://jurispol.pe/ivj7
  • «Directiva que establece normas y procedimientos para el funcionamiento, mantenimiento, soporte técnico y uso del sistema informático del registro de las juntas vecinales de seguridad ciudadana promovidas por la PNP». Directiva 08-05-2015-DIRGEN-PNP/DIRNAOP-DIREJESEGCIU/DIVJJVVCOORD-B. Clic aquí: https://jurispol.pe/tho0
  • «Directiva que establece normas y procedimientos para incorporar el uso del lenguaje inclusivo en la PNP». Directiva 19-09-2016-DIRGEN-PNP/DIRASADM-B. Clic aquí: https://jurispol.pe/za9z
  • «Directiva que establece normas y procedimientos para la planificación, ejecución y supervisión del programa preventivo “patrulla juvenil” a nivel nacional». Directiva 02-17-DIRGEN-PNP/DIRSECIU-DIVPROES. Clic aquí: https://jurispol.pe/ohe5
  • «Directiva que establece normas y procedimientos que regulan la rendición de cuentas de la PNP al ciudadano, en audiencia pública». Directiva 03-28-2018-COMGEN/SUBCOMGEN-CCI-B. Clic aquí: https://jurispol.pe/4fn9
  • «Directiva que establece normas y procedimientos para la planificación, ejecución y supervisión del programa preventivo club de menores “Amigos de la Policía”, a nivel nacional». Directiva 01-19-COMGEN-PNP/DIRSECIU-DIVPROES. Clic aquí: https://jurispol.pe/yloj
  • «Directiva que establece normas, criterios, procedimientos que regule a detalle la organización, finalidad, nombramiento y funcionamiento de los comités cívicos de apoyo «amigos de la policía» con las dependencias de la PNP». Directiva 12-2019-CG-PNP/EMG/EQUAPEDI-C. Clic aquí: https://jurispol.pe/josl
  • «Protocolo para la aplicación de la Policía Comunitaria por sectores (vecindario seguro)». RCG 764-2019-CG PNP. Clic aquí: https://jurispol.pe/2lxx
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