[Tránsito y transporte] En virtud del DS 016-2009-MTC, se aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Régimen Disciplinario, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 3. AUTORIDADES COMPETENTES.
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TÍTULO II
AUTORIDADES COMPETENTES
ARTÍCULO 3. AUTORIDADES COMPETENTES
Art. 3 | Son autoridades competentes en materia de tránsito terrestre: 1. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones; 2. SUTRAN; 3. Las Municipalidades Provinciales; Las Municipalidades Distritales; 4. La Policía Nacional del Perú; 5. El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI. En el caso de circunscripciones provinciales conurbadas que cuenten con un organismo responsable creado mediante ley expresa, conforme a lo señalado en el artículo 73 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y sus modificatorias; dicho organismo ejerce la atribución señalada en el literal a) del artículo 30. |




