Artículo 26 del Reglamento de la Ley 30714.- Designación de los Jefes de las Oficinas de Disciplina

[Régimen Disciplinario de la PNP] En virtud del Reglamento de la Ley 30714, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Reglamento del Régimen Disciplinario 30714, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 26. Designación de los Jefes de las Oficinas de Disciplina.


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Artículo 26 del Título Preliminar del Reglamento de la Ley 30714.- Designación de los Jefes de las Oficinas de Disciplina

SUBCAPÍTULO I

Oficinas de Disciplina

Artículo 26. DESIGNACIÓN DE LOS JEFES DE LAS OFICINAS DE DISCIPLINA 

Art. 26

 

26.1. El Jefe de la Oficina de Disciplina tiene la condición de instructor y es nombrado mediante resolución de asignación o reasignación de cargo.

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26.2. El Jefe de la Oficina de Disciplina de las Direcciones, Regiones Policiales, Frentes Policiales o Divisiones Policiales, es un oficial superior de armas en situación de actividad.

26.3. El Jefe de la Oficina de Disciplina de la Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú es un oficial superior en el grado de Coronel de Armas en situación de actividad.

26.4. El Jefe de la Oficina de Disciplina suplente de las Direcciones, Regiones Policiales, Frentes Policiales o Divisiones Policiales, o de la Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú, es un oficial superior de armas en situación de actividad, tiene la condición de instructor y es designado mediante resolución por el Inspector General de la Policía Nacional del Perú.

 

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