[Régimen Disciplinario de la PNP] En virtud de la Ley 30714, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Régimen Disciplinario, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 18. Prelación por la categoría y grado
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CAPÍTULO V
SUBORDINACIÓN, MANDO Y COMANDO
ARTÍCULO 18. PRELACIÓN POR LA CATEGORÍA Y GRADO
Art. 18 | En todo lo concerniente a los actos del servicio, el mayor grado prevalece sobre el menor. A igualdad de grado, la mayor antigüedad confiere prelación sobre la menor. En igualdad de grado y antigüedad, el oficial de armas precede al de servicios y este al de estatus de oficial, asimismo, el suboficial de armas precede al de servicios. La asignación de personal a los cargos se sujeta a estos criterios de prelación. |
CORTE SUPREMA
- «Los policías no deben ejecutar las órdenes «Sin dudas ni murmuraciones» si es ilícita». Casación 76-2023/APURIMAC. Clic aquí: https://jurispol.pe/?p=1393
LEGISLACIÓN POLICIAL
- «Don del Mando Policial». Cartilla temática PNP 392-2024. Clic aquí: https://jurispol.pe/b9wp
- «Prelación por categoría y grado». Cartilla temática PNP 021-2025. Clic aquí: https://jurispol.pe/5em4
- «Definiciones de antigüedad en el grado y concurso de infracciones». Cartilla temática PNP 041-A-2025. Clic aquí: https://jurispol.pe/mmf6



