[Régimen Disciplinario de la PNP] En virtud del Reglamento de la Ley 30714, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Reglamento del Régimen Disciplinario 30714, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 149. Plazo para resolver en primera instancia.
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SUBCAPÍTULO II
Procedimiento administrativo disciplinario sumario
Artículo 149. PLAZO PARA RESOLVER EN PRIMERA INSTANCIA
Art. 149 | El órgano de decisión de primera instancia competente debe resolver en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles. |



