[Reglamento de la Ley de la PNP] Mediante el DS 012-2025-IN, publicado el 05NOV2025, se aprobó el Reglamento de la Ley de la Policía Nacional del Perú; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa. Artículo 106.Dirección de Comunicación e Imagen Institucional.
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TÍTULO II
DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
CAPÍTULO VII
ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN INTERNA
SUBCAPÍTULO II
ÓRGANOS DE APOYO ADMINISTRATIVO
Artículo 106. Dirección de Comunicación e Imagen Institucional
Art. 106 | 106.1 La Dirección de Comunicación e Imagen Institucional es el órgano responsable de planificar, coordinar, dirigir, supervisar y evaluar la política de comunicación social de la Policía Nacional del Perú y proyectar la imagen de la institución policial a través de información y producción comunicacional, en el marco del Plan Operativo Anual y de conformidad con los lineamientos establecidos por el Ministerio del Interior y las disposiciones del Comandante General de la Policía Nacional del Perú. 106.2 Asimismo, es responsable de controlar y evaluar el proceso continuo de estudio y análisis de la situación psicosocial y mediática a nivel estratégico institucional. 106.3 Depende de la Secretaría Ejecutiva y está a cargo de un Oficial General de Armas de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad, en el grado de General. 106.4 Las actividades en materia de comunicación e imagen institucional que realicen las unidades de organización de la institución policial a nivel nacional se encuentran sujetas a lo dispuesto por la Dirección de Comunicación e Imagen Institucional de la Policía Nacional del Perú, de conformidad con los lineamientos que dicte el Ministerio del Interior y las disposiciones del Comandante General de la Policía Nacional del Perú. 106.5 La Dirección de Comunicación e Imagen Institucional tiene las funciones siguientes: 1) Planificar, dirigir, supervisar y evaluar las estrategias, actividades y tácticas de comunicación e imagen institucional de la Policía Nacional del Perú, en el marco del Plan Operativo Anual de la Policía Nacional del Perú y los lineamientos del Ministerio del Interior; 2) Proponer y formular el Plan de Trabajo Anual de la Dirección de Comunicación e Imagen Institucional, articulado con el Plan Operativo Anual, Planes Generales y Planes de Operaciones de la Policía Nacional del Perú; así como, al Plan Operativo Institucional del Ministerio del Interior y al presupuesto institucional; ejecutando y controlando su cumplimiento; 3) Determinar y gestionar el cuadro de necesidades y recursos de la Dirección de Comunicación e Imagen Institucional, articulado a los programas presupuestales y otras categorías presupuestarias que financien la programación anual de actividades y operaciones policiales en materias de su competencia; 4) Proponer e implementar los indicadores de desempeño, cuantitativos y cualitativos, que midan el logro de los resultados alcanzados por las subunidades orgánicas bajo su comando; 5) Implementar las prescripciones rectoras en materia de política de información, comunicación, relaciones públicas, protocolo, imagen institucional, identidad visual corporativa, conforme a las disposiciones de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú; 6) Ejecutar el Plan de Estrategia Publicitaria del Ministerio del Interior, en la parte que corresponda a la Policía Nacional del Perú; 7) Coordinar con las unidades de organización de la Policía Nacional del Perú las acciones necesarias para mantener adecuadamente informada a la población sobre las estrategias que ejecuta la Policía Nacional del Perú a nivel nacional, en el marco de los lineamientos del Ministerio del Interior y las disposiciones de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú; 8) Difundir el contenido informativo relacionado a las actividades, proyectos, campañas y logros de la Policía Nacional del Perú, a través de los medios de comunicación como aliados estratégicos, la página web y las redes sociales; 9) Planificar, dirigir, supervisar y evaluar las estrategias, el Plan de Trabajo Anual y el Plan Comunicacional, conforme a los planes de comunicación, publicidad y de relaciones públicas del Ministerio del Interior, en el marco del Plan Operativo Anual de la Policía Nacional del Perú, los lineamientos dictados por el Ministerio del Interior y las disposiciones de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú; 10) Dirigir el seguimiento y análisis de la información que difunden los medios de comunicación nacional e internacional, que sea de interés de la opinión pública y de la Policía Nacional del Perú; 11) Evaluar y aprobar las solicitudes de productoras, audiovisuales cinematográficos, publicitarias vinculadas a la imagen institucional; 12) Planificar, dirigir y supervisar los actos protocolares y ceremonias de la institución policial; en el marco de la normatividad que regula la materia para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú; 13) Planificar, dirigir y supervisar los servicios musicales de la Policía Nacional del Perú, cautelando su pleno desarrollo, manteniendo la doctrina institucional y garantizando un mayor acercamiento con la ciudadanía; 14) Preservar y promover el patrimonio histórico de la Policía Nacional del Perú, en aras de que se internalice como el legado histórico de la institución policial, en todos los integrantes de la Policía Nacional del Perú; 15) Gestionar las disposiciones de carácter religioso del obispado castrense del Perú atendiendo pastoralmente a los miembros de la Policía Nacional del Perú y sus familiares, en aspectos éticos y morales; 16) Planificar, dirigir y supervisar el servicio de diseño, impresión y otras actividades relativas a las artes gráficas e imprenta que requiera el Alto Mando de la Policía Nacional del Perú; 17) Fortalecer las capacidades técnicas del personal, garantizando su acreditación en materias de su competencia; así como, formular y aprobar el Plan de Instrucción, anual, conteniendo actividades de preparación física, entrenamiento e instrucción permanente; 18) Administrar los recursos asignados a la Dirección a su cargo, con criterios de eficiencia, eficacia, efectividad y de conformidad con el marco legal vigente; 19) Proponer y formular documentos normativos, orientadores y técnicos de gestión que regulen su funcionamiento administrativo; 20) Emitir opinión técnica en asuntos de su competencia; 21) Asesorar al Alto Mando y a las unidades de organización de la Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y, 22) Cumplir las demás funciones que le correspondan de acuerdo con las disposiciones legales y otras que la Secretaría Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú le asigne. |




