[Régimen Disciplinario de la PNP] En virtud del Reglamento de la Ley 30714, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Reglamento del Régimen Disciplinario 30714, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 102. Competencia de la Oficina de Asuntos Internos.
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CAPÍTULO IV
ACCIONES PREVIAS
Artículo 102. COMPETENCIA DE LA OFICINA DE ASUNTOS INTERNOS
Art. 102 | La Oficina de Asuntos Internos tiene competencia para investigar infracciones graves y muy graves, previa evaluación de la trascendencia o gravedad de los hechos a investigar, en los siguientes supuestos: 1. Investigaciones a oficiales generales. 2. Investigaciones extraordinarias de oficio. 3. Investigaciones por disposición expresa del Ministro del Interior. |




