ACTUALIZADO: Nueva tabla de infracciones, sanciones y medidas preventivas de las ordenanzas – ATU [RD 010-2025/DFS]

[Tabla de Infracciones] Mediante la Resolución Directoral N° 010-2025-ATU/DFS, de fecha 19 de febrero de 2025, se aprobó la Nueva Tabla de Equivalencias de tipos infractores entre las Tablas de Infracciones, Sanciones y Medidas Preventivas de las ordenanzas que regulan el servicio de transporte regular de personas en Lima y Callao.


Lee también: 

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

N° 010-2025-ATU/DFS

VISTO: El Informe N° D-000567-2025-ATU/DFS-SF elaborado por la Subdirección de fiscalización y la Subdirección de Sanción; y,

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CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano de Lima y Callao (en adelante, ATU), entidad que tiene como ámbito de competencia planificar, regular, gestionar, supervisar, fiscalizar y promover la eficiente operatividad del Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao;

Que, mediante el articulo 7 del Reglamento de la Ley N° 30900, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2019-MTC, se establece que la ATU tiene competencia para planificar, normar, supervisar, fiscalizar y gestionar el Sistema Integrado de Transporte, el Servicio Público de Transporte Terrestre de Personas, el Servicio Público de Transporte Terrestre de Personas; el Servicio Complementarios al Sistema Integrado de Transporte (en adelante, SIT); la Infraestructura de Transporte en el marco del SIT; Infraestructura Complementaria al SIT; Sistema de Recaudo Único;

Que, sobre el particular, el artículo 9 del Reglamento de la Ley N° 30900, dispone que la función normativa de la ATU consta en aprobar, en el ámbito de su competencia, reglamentos, normas y otros dispositivos legales que correspondan para regular el servicio de transporte terrestre de personas del SIT, que comprende aquellas «normas que regulen la gestión, supervisión y fiscalización de los servicios de transporte terrestre de personas que se prestan dentro del territorio»;

Que, el artículo 93 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ATU, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 155-2024-ATU/PE, establece que: «La Dirección de Fiscalización y Sanción, es el órgano de línea responsable de conducir las acciones de fiscalización para el cumplimiento de la normatividad vigente y la prestación de los servicios en materias de competencia de la ATU, así como la imposición de sanciones por infracciones a la normatividad de la materia. Asimismo, conduce el procedimiento administrativo sancionador, incluyendo los que resulten de las actividades provenientes de la fiscalización posterior, en el marco de su competencia y la normatividad vigente (…)»;

Que, el artículo 11 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 284-2024-ATU/PE dispone delegar, en el director de la Dirección de Fiscalización y Sanción de la ATU, durante el período que comprende el año fiscal 2025, aprobar, modificar y derogar Directivas, Instructivos, Guías, Manuales e instrumentos de gestión de la misma naturaleza, relacionados a materia de sus respectivas competencias;

Que, con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 203-2023-ATU/PE, de fecha 20 de setiembre del 2023, se aprueba el «Reglamento que regula el Régimen Excepcional de otorgamiento o renovación de autorizaciones para la Prestación del Servicio Público de Transporte Regular en el territorio de competencia de la ATU» (en adelante, el Reglamento de Transporte Regular de la ATU);

Que, de acuerdo con su primera disposición complementaria final, el Reglamento de Transporte Regular de la ATU entrará en vigencia una vez aprobado y publicado el TUPA de la ATU que incorpore los procedimientos administrativos de dicho reglamento, a excepción de la Segunda, Quinta, Novena y Décima Tercera Disposición Complementaria Final y la Primera y Cuarta Disposición Complementaria Transitoria, las cuales entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano:

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 174-2024-ATU/PE, se aprobó la modificación del numeral 40 del artículo 5, de los numerales 13.6 y 13.8 del artículo 13, el numeral 16.2 del artículo 16, el artículo 26, la Primera Disposición Complementaria Final, la Segunda y Novena Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento que regula el Régimen Excepcional de otorgamiento o renovación de autorizaciones para la Prestación del Servicio Público de Transporte Regular en el territorio de competencia de la ATU, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 203-2023-ATU/PE»:

Que, con la publicación del Decreto Supremo N° 002-2025-MTC el día 7 de febrero del 2025, que incorpora al Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la ATU, los procedimientos relacionados a la prestación de servicio de transporte regular de personas, entra en vigencia el Reglamento de Transporte Regular de la ATU, el cual consta de la Tabla de infracciones, sanciones y medidas preventivas por inobservancia al reglamento que regula el régimen excepcional de otorgamiento o renovación de autorizaciones para la prestación del servicio público de transporte regular en el territorio de competencia de la ATU, por lo que, quedaría derogada la Tabla de Infracciones, Sanciones y Medidas Preventivas de la Ordenanza N° 1599-MML, Ordenanza N° 040-2019-MPC y Ordenanza N° 007-2019-MPC;

Que, mediante el Informe D-000567-2025-ATU/DFS-SF, tanto la Subdirección de Fiscalización como la Subdirección de Sanción, en atención al principio de predictibilidad, han analizado y comparado las Tablas de Infracciones, Sanciones y Medidas Preventivas de las ordenanzas que regulan el servicio de transporte regular de personas en Lima y Callao y la Tabla de Infracciones y Sanciones del Reglamento del Servicio de Transporte Regular de la ATU;

Que, en el citado informe las subdirecciones han concluido cuáles tipos infractores resultan equivalentes y cuáles no, a fin de que se tome como insumo en el análisis de la aplicación del principio retroactividad benigna, regulado en el articulo 248 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, conforme al anexo I adjunto al referido informe;

Con el visado de la Subdirección de Fiscalización y la Subdirección de Sanción, de conformidad con la Ley N° 30900, Ley de creación de la ATU; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 155-2024-ATU/PE; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 284-2024-ATU/PE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- APROBAR la Tabla de Equivalencias de tipos infractores entre las Tablas de Infracciones, Sanciones y Medidas Preventivas de las ordenanzas que regulan el servicio de transporte regular de personas en Lima y Callao (la Ordenanza N° 1599-MML, Ordenanza N° 040-2019-MPC y Ordenanza N° 007-2019-MPC); y, la Tabla de Infracciones y Sanciones del Reglamento que regula el Régimen Excepcional de otorgamiento o renovación de autorizaciones para la Prestación del Servicio Público de Transporte Regular en el territorio de competencia de la ATU.

Artículo 2.- PONER EN CONOCIMIENTO la presente resolución a la Subdirección de Sanción y la Subdirección de Fiscalización, para las acciones que correspondan en el marco de sus competencias.

Articulo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en la sede digital de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao-ATU (www.atu.gob.pe).

Regístrese, notifíquese, publíquese y cúmplase.

ACTUALIZADO Nueva tabla de infracciones, sanciones y medidas preventivas de las ordenanzas – ATU

 

TABLA DE EQUIVALENCIAS DE TIPOS INFRACTORES ENTRE LAS TABLAS DE INFRACCIONES, SANCIONES Y MEDIDAS PREVENTIVAS DE LAS ORDENANZAS QUE REGULAN EL SERVICIO DE TRANSPORTE REGULAR DE PERSONAS EN LIMA Y CALLAO

 

CÓDIGOS INFRACTORES NUEVA TABLA CONDUCTA GENERAL CONDUCTA INDIVIDUAL CALIFICACIÓN  INFRACTOR MEDIDA PREVENTIVA SANCIÓN PECUNIARIA SANCIÓN NO PECUNIARIA ¿ES EQUIVALENTE?
RE1 Ofertar y/o prestar el Servicio sin contar con la
Autorización de Servicio otorgada por la ATU.
Prestar el Servicio sin contar con la Autorización de Servicio otorgada por la
ATU.
Muy grave Propietario Al vehículo: Internamiento
preventivo del vehículo / Al conductor: Retención de la licencia de conducir
2 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE52 No contestar y/o no responder las solicitudes o
requerimientos de información emitidos por la ATU en cartas y/o documentos en general, dentro del plazo otorgado por la entidad.
No contestar y/o no responder las solicitudes
o requerimientos de información emitidos
por la ATU en cartas y/o documentos en general, dentro del plazo otorgado por la entidad.
Grave Operador 0.1 UTI No EQUIVALENTE
RE32 No cumplir con las medidas preventivas impuestas
por la DFS.
No cumplir con las medidas preventivas impuestas por la DFS Muy grave Operador 0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE32 No cumplir con las medidas preventivas impuestas por la DFS. No cumplir con las medidas preventivas impuestas por la DFS. Muy grave Operador 0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE3 Por abandonar la prestación del Servicio autorizado Por abandonar la prestación del Servicio autorizado Muy grave Operador NO Cancelación de la
Autorización.
EQUIVALENTE
RE3 Por abandonar la prestación del Servicio autorizado Por abandonar la prestación del Servicio autorizado Muy grave Operador NO Cancelación de la
Autorización.
EQUIVALENTE
RE31 No contar con la cantidad de flota requerida dispuesta en la Ficha Técnica para prestar el Servicio autorizado. No contar con la cantidad de flota requerida
dispuesta en la Ficha Técnica para prestar el
Servicio autorizado
Muy grave Operador 1 UIT No EQUIVALENTE
RE9 Prestar el Servicio con un conductor que no cuenta con habilitación Prestar el Servicio con un conductor que nov cuenta con habilitación Muy grave Operador Internamiento preventivo del vehículo. 0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE9 Prestar el Servicio con un conductor que no cuenta con habilitación Prestar el Servicio con un conductor que nov cuenta con habilitación Muy grave Operador Internamiento preventivo del vehículo 0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente que corresponda a la clase y
categoría requerida para el servicio, o que, contando con la misma, esta se encuentra vencida, suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser titular de una licencia de conducir de categoría
profesional establecida en el RSELIC.
c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de
cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción
Permitir la prestación del Servicio con un conductor que no cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente
que corresponda a la clase y categoría requerida para el servicio
Muy grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo. Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente que corresponda a la clase y
categoría requerida para el servicio, o que, contando con la misma, esta se encuentra vencida, suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser titular de una licencia de conducir de categoría
profesional establecida en el RSELIC.
c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de
cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción
Permitir la prestación del Servicio con un conductor que no cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente
que corresponda a la clase y categoría requerida para el servicio
Muy grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente que corresponda a la clase y
categoría requerida para el servicio, o que, contando con la misma, esta se encuentra vencida, suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser titular de una licencia de conducir de categoría
profesional establecida en el RSELIC.
c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de
cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción
Permitir la prestación del Servicio con un conductor que no cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente
que corresponda a la clase y categoría requerida para el servicio
Muy grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente que corresponda a la clase y
categoría requerida para el servicio, o que, contando con la misma, esta se encuentra vencida, suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser titular de una licencia de conducir de categoría
profesional establecida en el RSELIC.
c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de
cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción
Permitir la prestación del Servicio con un conductor que no cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente
que corresponda a la clase y categoría requerida para el servicio
Muy grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente que corresponda a la clase y
categoría requerida para el servicio, o que, contando con la misma, esta se encuentra vencida, suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser titular de una licencia de conducir de categoría
profesional establecida en el RSELIC.
c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de
cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción
Permitir la prestación del Servicio con un conductor que no cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente
que corresponda a la clase y categoría requerida para el servicio
Muy grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente que corresponda a la clase y categoría requerida para el servicio, o que, contando con la misma, esta se encuentra vencida, suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser titular de una licencia de conducir de categoría profesional establecida en el RSELIC. c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción
Permitir la prestación del Servicio con un conductor que se encuentre bajo la
influencia de bebidas alcohólicas, drogas,
estimulantes o disolventes y de cualquier  otro elemento que reduzca la capacidad de reacción
Muy grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente que corresponda a la clase y
categoría requerida para el servicio, o que, contando con la misma, esta se encuentra vencida, suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser titular de una licencia de conducir de categoría
profesional establecida en el RSELIC.
c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de
cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción
Permitir la prestación del Servicio con un conductor que se encuentre bajo la
influencia de bebidas alcohólicas, drogas,
estimulantes o disolventes y de cualquier  otro elemento que reduzca la capacidad de reacción
Muy grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE20 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con la Póliza de Responsabilidad Civil vigente Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con la Póliza de Responsabilidad Civil vigente Muy grave Operador En forma sucesiva:
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT Suspensión de la
habilitación
vehicular por 90
días calendarios
EQUIVALENTE
RE20 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con la Póliza de Responsabilidad Civil vigente Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con la Póliza de Responsabilidad Civil vigente Muy grave Operador En forma sucesiva:
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT Suspensión de la
habilitación
vehicular por 90
días calendarios
EQUIVALENTE
RE19 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con el SOAT o CAT vigente. Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con el SOAT o CAT vigente. Muy grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
1 UIT No EQUIVALENTE
RE19 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con el SOAT o CAT vigente. Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con el SOAT o CAT vigente. Muy grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
1 UIT No EQUIVALENTE
RE19 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con el SOAT o CAT vigente. Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con el SOAT o CAT vigente. Muy grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
1 UIT No EQUIVALENTE
RE19 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con el SOAT o CAT vigente. Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con el SOAT o CAT vigente. Muy grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
1 UIT No EQUIVALENTE
RE16 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuenta con el Certificado de Inspección Técnica Vehicular ordinario y/o complementario vigente. Prestar el Servicio con un vehículo que no cuenta con el Certificado de Inspección
Técnica Vehicular ordinario y complementario vigente.
Muy grave Operador Internamiento preventivo
del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación del
vehículo
0.5 UIT Suspensión de la
habilitación
vehicular por 90
días calendarios
EQUIVALENTE
RE16 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuenta con el Certificado de Inspección Técnica Vehicular ordinario y/o complementario vigente. Prestar el Servicio con un vehículo que no cuenta con el Certificado de Inspección
Técnica Vehicular ordinario y complementario vigente.
Muy grave Operador Internamiento preventivo
del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación del
vehículo
0.5 UIT Suspensión de la
habilitación
vehicular por 90
días calendarios
EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE28 Prestar el Servicio sin cumplir con el itinerario y/o punto inicial o final, establecidos en la ficha técnica. Prestar el Servicio sin cumplir con el
itinerario y punto inicial, establecidos en la
ficha técnica.
Muy grave Operador  – Internamiento
preventivo del vehículo
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
– Retención de licencia de
conducir
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE28 Prestar el Servicio sin cumplir con el itinerario y/o punto inicial o final, establecidos en la ficha técnica. Prestar el Servicio sin cumplir con el
itinerario y punto inicial, establecidos en la
ficha técnica
Muy grave Operador  – Internamiento
preventivo del vehículo
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
– Retención de licencia de
conducir
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE28 Prestar el Servicio sin cumplir con el itinerario y/o punto inicial o final, establecidos en la ficha técnica. Prestar el Servicio sin cumplir con el
itinerario y punto inicial, establecidos en la
ficha técnica
Muy grave Operador  – Internamiento
preventivo del vehículo
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
– Retención de licencia de
conducir
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE28 Prestar el Servicio sin cumplir con el itinerario y/o punto inicial o final, establecidos en la ficha técnica. Prestar el Servicio sin cumplir con el itinerario y punto inicial, establecidos en la
ficha técnica.
Muy grave Operador  – Internamiento
preventivo del vehículo
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
– Retención de licencia de
conducir
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE28 Prestar el Servicio sin cumplir con el itinerario y/o punto inicial o final, establecidos en la ficha técnica. Prestar el Servicio sin cumplir con el itinerario y punto inicial, establecidos en la
ficha técnica.
Muy grave Operador  – Internamiento
preventivo del vehículo
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
– Retención de licencia de
conducir
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE28 Prestar el Servicio sin cumplir con el itinerario y/o punto inicial o final, establecidos en la ficha técnica. Prestar el Servicio sin cumplir con el itinerario y punto inicial, establecidos en la
ficha técnica.
Muy grave Operador  – Internamiento
preventivo del vehículo
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
– Retención de licencia de
conducir
0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE32 No cumplir con las medidas preventivas impuestas por la DFS. No cumplir con las medidas preventivas impuestas por la DFS. Muy grave Operador 0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE9 Prestar el Servicio con un conductor que no cuenta con habilitación Prestar el Servicio con un conductor que no cuenta con habilitación Muy grave Operador Internamiento preventivo
del vehículo.
0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE37 Prestar el Servicio utilizando la vía pública como estacionamiento de vehículos. Prestar el Servicio utilizando la vía pública como estacionamiento de vehículos. Muy grave Operador 0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE37 Prestar el Servicio utilizando la vía pública como estacionamiento de vehículos. Prestar el Servicio utilizando la vía pública como estacionamiento de vehículos. Muy grave Operador 0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE52 No contestar y/o no responder las solicitudes o requerimientos de información emitidos por la ATU en cartas y/o documentos en general, dentro del plazo otorgado por la entidad. No contestar y/o no responder las solicitudes de información emitidos por la ATU en cartas dentro del plazo otorgado por la entidad Grave Operador 0.1 UTI No EQUIVALENTE
RE33 Presentar información falsa o inexacta a la ATU en respuesta a solicitudes o requerimientos de
información formulados en cartas y/o documentos en general dentro del plazo establecido por esta
entidad.
Presentar información inexacta respuesta a solicitudes de información formulados en
cartas dentro del plazo establecido por esta entidad.
Muy grave Operador 0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE8 Prestar el servicio con un vehículo a) cuya habilitación se encuenta en trámite; (ii) que sea de su propiedad y no se encuentre habilitado Prestar el servicio con un vehículo que sea de su propiedad y no se encuentre habilitado Muy grave Operador Internamiento preventivo
del Vehículo
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE5 Prestar el Servicio con un vehículo que no transmite en el Sistema de Control y Monitoreo inalámbrico GPS permanente  del vehículo en ruta,  según lo establecido en el Reglamento y Resolución
Directoral de DIR.
Prestar el Servicio con un vehículo que no transmite en el Sistema de Control y Monitoreo inalámbrico GPS permanente del vehículo en
ruta, según lo establecido en el Reglamento y Resolución Directoral de DIR.
Muy grave Operador 0.5 UIT Suspensión de
la habilitación
vehicular por 60
días calendario
EQUIVALENTE
RE46 Prestar el Servicio sin respetar los pases libres y/o tarifas diferenciadas, aun cuando el usuario presente el carné o documento correspondiente. Prestar el Servicio sin respetar los pases libres y tarifas diferenciadas aun cuando el usuario presente el carné o documento correspondiente. Grave Operador 0.1 UTI No EQUIVALENTE
RE46 Prestar el Servicio sin respetar los pases libres y/o tarifas diferenciadas, aun cuando el usuario presente el carné o documento correspondiente. Prestar el Servicio sin respetar los pases libres aun cuando el usuario presente el carné o documento correspondiente Grave Operador 0.1 UTI No EQUIVALENTE
RE46 Prestar el Servicio sin respetar los pases libres y/o tarifas diferenciadas, aun cuando el usuario presente el carné o documento correspondiente. Prestar el Servicio sin respetar las tarifas diferenciadas aun cuando el usuario presente el carné o documento correspondiente. Grave Operador 0.1 UTI No EQUIVALENTE
RE34 No presentar a la ATU los informes por la ocurrencia de accidentes de tránsito en los plazos establecidos en el presente Reglamento. No presentar a la ATU los informes por la ocurrencia de accidentes de tránsito en los plazos establecidos en el presente Reglamento. Muy grave Operador 0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE49 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con alguno o cualquiera de los elementos de
seguridad y emergencia, siguientes:
a) Conos o triángulos de seguridad.
b) Botiquín de primeros auxilios con los elementos dispuestos por el MTC.
c) Extintor de incendios en óptimo funcionamiento, de acuerdo con la NTP correspondiente.
d) Láminas retrorreflectivas acordes a las especificaciones del RNV
Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con extintor de incendios en óptimo funcionamiento, de acuerdo con la NTP correspondiente. Grave Operador 0.1 UTI No EQUIVALENTE
RE49 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con alguno o cualquiera de los elementos de
seguridad y emergencia, siguientes:
a) Conos o triángulos de seguridad.
b) Botiquín de primeros auxilios con los elementos dispuestos por el MTC.
c) Extintor de incendios en óptimo funcionamiento, de acuerdo con la NTP correspondiente.
d) Láminas retrorreflectivas acordes a las especificaciones del RNV
Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con conos de seguridad. Grave Operador 0.1 UTI No EQUIVALENTE
RE49 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con alguno o cualquiera de los elementos de
seguridad y emergencia, siguientes:
a) Conos o triángulos de seguridad.
b) Botiquín de primeros auxilios con los elementos dispuestos por el MTC.
c) Extintor de incendios en óptimo funcionamiento, de acuerdo con la NTP correspondiente.
d) Láminas retrorreflectivas acordes a las especificaciones del RNV
Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con triángulos de seguridad. Grave Operador 0.1 UTI No EQUIVALENTE
RE49 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con alguno o cualquiera de los elementos de
seguridad y emergencia, siguientes:
a) Conos o triángulos de seguridad.
b) Botiquín de primeros auxilios con los elementos dispuestos por el MTC.
c) Extintor de incendios en óptimo funcionamiento, de acuerdo con la NTP correspondiente.
d) Láminas retrorreflectivas acordes a las especificaciones del RNV
Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con botiquín de primeros auxilios con
los elementos dispuestos por el MTC.
Grave Operador 0.1 UTI No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE4 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con el Sistema de Control y Monitoreo inalámbrico
GPS permanente del vehículo en ruta, según lo establecido en el presente Reglamento
Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con el Sistema de Control y Monitoreo inalámbrico GPS permanente del
vehículo en ruta, según lo establecido en el
presente Reglamento
Operador 0.6 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE47 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con la señalética y/o elementos informativos internos y/o externos, conforme a las características establecidas por la ATU. Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con la señalética y elementos
informativos internos conforme a las
características establecidas por la ATU.
(Según 31.1.23 del Reglamento: contenido
mínimo es el siguiente:
a) La razón social y nombre comercial.
b) El código de la ruta. Asimismo, el número
de la placa de rodaje debe fi gurar en la
parte superior del vehículo en un tamaño
apropiado.
c) El itinerario de la ruta autorizada.
d) Los tarifarios registrados ante la DO.
e) El o los teléfonos del Operador y los que
señale la ATU, para atender quejas, reclamos
o denuncias de los/las Usuarios/as.
f) El letrero visible de día y de noche con la
indicación del origen, destino y código de la
ruta.
g) Código QR informativo en la parte interna
y externa del vehículo, cuya ubicación,
dimensión del largo y ancho, así como la
información contenida defi nidos por la DIR.
h) Otras que pueda definir la ATU de acuerdo
con las condiciones de operación e
implementación gradual del SIT
Muy grave Operador Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicu
0.1 UTI No EQUIVALENTE
RE47 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con la señalética y/o elementos informativos internos y/o externos, conforme a las características establecidas por la ATU. Condicionados a que la DIR emita Resolución aprobando las caracteristicas Grave Operador Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicu
0.1 UTI No EQUIVALENTE
RE47 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con la señalética y/o elementos informativos internos y/o externos, conforme a las características establecidas por la ATU. Condicionados a que la DIR emita Resolución aprobando las caracteristicas Grave Operador Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicu
0.1 UTI No EQUIVALENTE
RE47 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con la señalética y/o elementos informativos internos y/o externos, conforme a las características establecidas por la ATU. Condicionados a que la DIR emita Resolución aprobando las caracteristicas Grave Operador Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicu
0.1 UTI No EQUIVALENTE
RE47 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con la señalética y/o elementos informativos internos y/o externos, conforme a las características establecidas por la ATU. Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con la señalética y elementos
informativos internos conforme a las
características establecidas por la ATU.
(Según 31.1.23 del Reglamento: contenido
mínimo es el siguiente:
a) La razón social y nombre comercial.
b) El código de la ruta. Asimismo, el número
de
la placa de rodaje debe fi gurar en la parte
superior del vehículo en un tamaño
apropiado.
c) El itinerario de la ruta autorizada.
d) Los tarifarios registrados ante la DO.
e) El o los teléfonos del Operador y los que
señale la ATU, para atender quejas, reclamos
o denuncias de los/las Usuarios/as.
f) El letrero visible de día y de noche con la
indicación del origen, destino y código de la
ruta.
g) Código QR informativo en la parte interna
y externa del vehículo, cuya ubicación,
dimensión del largo y ancho, así como la
información contenida defi nidos por la DIR.
h) Otras que pueda definir la ATU de acuerdo
con las condiciones de operación e
implementación gradual del SIT.
Grave Operador Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicu
0.1 UTI No EQUIVALENTE
RE47 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con la señalética y/o elementos informativos internos y/o externos, conforme a las características establecidas por la ATU. Condicionados a que la DIR emita Resolución
aprobando las caracteristicas
Grave Operador Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.1 UTI No EQUIVALENTE
RE47 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con la señalética y/o elementos informativos internos y/o externos, conforme a las características establecidas por la ATU. Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con la señalética y elementos
informativos internos conforme a las
características establecidas por la ATU.
(Según 31.1.23 del Reglamento: contenido
mínimo es el siguiente:
a) La razón social y nombre comercial.
b) El código de la ruta. Asimismo, el número
de la placa de rodaje debe fi gurar en la
parte superior del vehículo en un tamaño
apropiado.
c) El itinerario de la ruta autorizada.
d) Los tarifarios registrados ante la DO.
e) El o los teléfonos del Operador y los que
señale la ATU, para atender quejas, reclamos
o denuncias de los/las Usuarios/as.
f) El letrero visible de día y de noche con la
indicación del origen, destino y código de la
ruta.
g) Código QR informativo en la parte interna
y externa del vehículo, cuya ubicación,
dimensión del largo y ancho, así como la
información contenida defi nidos por la DIR.
h) Otras que pueda definir la ATU de acuerdo
con las condiciones de operación e
implementación gradual del SIT
Grave Operador Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular.
0.1 UTI No EQUIVALENTE
RE21 Prestar el Servicio con un vehículo que no tiene señalizado dos (2) asientos más cercanos a la
puerta de acceso del vehículo para uso preferente de las personas con movilidad reducida, adultos
mayores, mujeres gestantes y mujeres u hombres con bebés en brazos
Prestar el Servicio con un vehículo que no
tiene señalizado dos (2) asientos más
cercanos a la puerta de acceso del vehículo
para uso preferente de las personas con
movilidad reducida, adultos mayores,
mujeres gestantes y mujeres u hombres con
bebés en brazos.
Muy grave Operador 0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE07 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con un limitador de velocidad y/o éste no se encuentre programado según lo establecido en el Reglamento. Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con un limitador de velocidad según
lo establecido en el Reglamento.
Muy grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento preventivo del vehículo. – Suspensión precautoria de la habilitación vehicular.
0.5 UIT EQUIVALENTE
RE07 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con un limitador de velocidad y/o éste no se encuentre programado según lo establecido en el Reglamento. Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con un limitador de velocidad según
lo establecido en el Reglamento
Muy grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento preventivo del vehículo. – Suspensión precautoria de la habilitación vehicular.
0.5 UIT EQUIVALENTE
RE7 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con un limitador de velocidad y/o éste no se encuentre programado según lo establecido en el Reglamento. Prestar el Servicio con un vehículo con un
limitador de velocidad que no se encuentre
programado según lo establecido en el
Reglamento
Muy grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento preventivo del vehículo. – Suspensión precautoria de la habilitación vehicular.
0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X Conducta se mantiene en R35 pero cambia a responsable el Conductor NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE70 Prestar el Servicio con un vehículo que no tiene señalizada las salidas de emergencia Prestar el Servicio con un vehículo que no
tiene señalizada las salidas de emergencia
Leve Operador 0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE38 Prestar el Servicio con uno o más vehículos cuyas características físicas y registrables no coincidan
con lo señalado en la tarjeta de identificación vehicular
Prestar el Servicio con uno o más vehículos
cuyas características físicas y registrables no
coincidan con lo señalado en la tarjeta de
identificación vehicular.
Muy grave Operador En forma sucesiva:
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
1 UIT No EQUIVALENTE
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría
profesional vigente que corresponda a la clase y categoría requerida para el servicio, o que, contando con la misma, esta se encuentra vencida,
suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado. b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser
titular de una licencia de conducir de categoría profesional establecida en el RSELIC.
c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de
cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción.
Permitir la prestación del Servicio con un
conductor que sobrepase el límite de edad
máximo para ser titular de una licencia de
conducir de categoría profesional
establecida en el RSELIC.
Muy grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE47 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con la señalética y/o elementos informativos internos y/o externos, conforme a las características establecidas por la ATU. Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con la señalética conforme a las
características establecidas por la ATU.
(Artículo 31.1.23 del Reglamento :e) El o los
teléfonos del Operador y los que
señale la ATU, para atender quejas, reclamos
o denuncias de los/las Usuarios/as.)
Grave Operador Suspensión precautoria
de la habilitación vehicular.
0.1 UTI No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE57 Prestar Servicio con conductores que no cuentan con uniformes. Prestar Servicio con conductores que no
cuentan con uniformes.
Grave Operador 0.1 UTI No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE69 Prestar el Servicio bajo los siguientes supuestos: a) No entregar boleto a los usuarios. b) Expedir los boletos que no correspondan al tipo
de tarifa del usuario o que los datos del boleto no coincidan con los del Operador.
Los datos del boleto no coincidan con los del
Operador.
Leve Operador 0.05 UIT No EQUIVALENTE
RE69 Prestar el Servicio bajo los siguientes supuestos: a) No entregar boleto a los usuarios. b) Expedir los boletos que no correspondan al tipo
de tarifa del usuario o que los datos del boleto no coincidan con los del Operador.
No entregar boleto a los usuarios Leve Operador 0.05 UIT No EQUIVALENTE
RE69 Prestar el Servicio bajo los siguientes supuestos: a) No entregar boleto a los usuarios. b) Expedir los boletos que no correspondan al tipo
de tarifa del usuario o que los datos del boleto no coincidan con los del Operador.
Expedir los boletos que no correspondan al
tipo de tarifa del usuario
Leve Operador 0.05 UIT No EQUIVALENTE
RE69 Prestar el Servicio bajo los siguientes supuestos: a) No entregar boleto a los usuarios. b) Expedir los boletos que no correspondan al tipo
de tarifa del usuario o que los datos del boleto no coincidan con los del Operador.
Expedir los boletos cuyos datos no coincidan
con los del Operador
Leve Operador 0.05 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE47 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con la señalética y/o elementos informativos internos y/o externos, conforme a las
características establecidas por la ATU.
Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con la señalética y/o elementos
informativos internos y/o externos,
conforme a las características establecidas
por la ATU. (Art. 31.1.23 Regl inc d) Los
tarifarios registrados ante la DO)
Grave OPERADOR Suspensión precautoria de
la habilitación vehicular.
0.1 UTI No EQUIVALENTE
RE47 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con la señalética y/o elementos informativos internos y/o externos, conforme a las
características establecidas por la ATU.
Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con la señalética y/o elementos
informativos internos y/o externos,
conforme a las características establecidas
por la ATU. (Art. 31.1.23 Regl inc d) Los
tarifarios registrados ante la DO)
Grave OPERADOR Suspensión precautoria de
la habilitación vehicular
0.1 UTI No EQUIVALENTE
X Conducta permanece en RE71 cambiando a responsable el Conductor NO TIENE
EQUIVALENCIA
X Conducta permanece en RE71 cambiando a responsable el Conductor NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE47 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con la señalética y/o elementos informativos internos y/o externos, conforme a las
características establecidas por la ATU.
Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con la señalética conforme a las
características establecidas por la ATU.
Grave Operador Suspensión precautoria
de la habilitación vehicular
0.1 UTI No EQUIVALENTE
RE47 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con la señalética y/o elementos informativos internos y/o externos, conforme a las
características establecidas por la ATU.
Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con la señalética conforme a las
características establecidas por la ATU
Grave Operador Suspensión precautoria
de la habilitación vehicular
0.1 UTI No EQUIVALENTE
RE47 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con la señalética y/o elementos informativos internos y/o externos, conforme a las
características establecidas por la ATU.
Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con la señalética conforme a las
características establecidas por la ATU.
Grave Operador Suspensión precautoria
de la habilitación vehicular
0.1 UTI No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE26 Por conducir un vehículo habilitado para el prestar el Servicio bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de cualquier otro elemento que reduzca la capacidad
de reacción.
Por conducir un vehículo habilitado para el
prestar el Servicio bajo la influencia de
bebidas alcohólicas
Muy grave Conductor Internamiento preventivo
del vehículo – Retención de licencia de conduc
1 UIT Cancelación de la
licencia de conducir
e inhabilitación
definitiva para
obtener nueva
licencia.
EQUIVALENTE
RE26 Por conducir un vehículo habilitado para el prestar el Servicio bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de cualquier otro elemento que reduzca la capacidad
de reacción.
Por conducir un vehículo habilitado para el
prestar el Servicio bajo la influencia de
drogas, estimulantes o disolvente
Muy grave Conductor Internamiento preventivo
del vehículo – Retención de licencia de conduc
1 UIT Cancelación de la
licencia de conducir
e inhabilitación
definitiva para
obtener nueva
licencia.
EQUIVALENTE
RE13 Atentar contra la integridad física de los fiscalizadores de transporte o a los efectivos policiales durante la realización de sus funciones Atentar contra la integridad física de los
fiscalizadores de transporte durante la
realización de sus funciones.
Muy grave Conductor Al vehículo: En forma sucesiva:
– Internamiento preventivo del vehículo. – Suspensión precautoria de la habilitación
vehicular Al conductor:
Retención de la Licencia
de conducir
1 UIT Cancelación de la
licencia de conducir
e inhabilitación
definitiva para
obtener nueva
licencia.
EQUIVALENTE
RE17 Obstruir las acciones de fiscalización y control realizadas por la ATU durante la prestación del
Servicio y/o darse a la fuga
Obstruir las acciones de fiscalización y
control realizadas por la ATU durante la
prestación del Servicio.
Muy grave Conductor Al conductor:
Retención de la Licencia
de conducir.
En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE17 Obstruir las acciones de fiscalización y control
realizadas por la ATU durante la prestación del Servicio y/o darse a la fuga.
Darse a la fuga. Muy grave Conductor Al conductor:
Retención de la Licencia
de conducir.
En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE35 Durante el Servicio:
a) Embarcar o desembarcar usuarios con el vehículo en movimiento o en paraderos no habilitados, o en situaciones o lugares donde se le
exponga a peligro, de conformidad con lo establecido en las normas de tránsito o transporte vigentes.
b) Circular con las puertas abiertas o que alguna persona sobresalga de la estructura del vehículo. c) Exceder el aforo establecido por el MTC o la ATU.
Durante el servicio, embarcar usuarios con el
vehículo en movimiento de conformidad con
lo establecido en las normas de tránsito o
transporte vigentes.
Muy grave Conductor En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento preventivo del vehículo
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE35 Durante el Servicio:
a) Embarcar o desembarcar usuarios con el vehículo en movimiento o en paraderos no habilitados, o en situaciones o lugares donde se le
exponga a peligro, de conformidad con lo establecido en las normas de tránsito o transporte vigentes.
b) Circular con las puertas abiertas o que alguna persona sobresalga de la estructura del vehículo. c) Exceder el aforo establecido por el MTC o la ATU.
Durante el servicio, embarcar usuarios con el
vehículo en movimiento de conformidad con
lo establecido en las normas de tránsito o
transporte vigentes.
Muy grave Conductor En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento preventivo del vehículo
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE35 Durante el Servicio:
a) Embarcar o desembarcar usuarios con el vehículo en movimiento o en paraderos no habilitados, o en situaciones o lugares donde se le
exponga a peligro, de conformidad con lo establecido en las normas de tránsito o transporte vigentes.
b) Circular con las puertas abiertas o que alguna persona sobresalga de la estructura del vehículo. c) Exceder el aforo establecido por el MTC o la ATU.
Durante el servicio, embarcar usuarios con el
vehículo en movimiento de conformidad con
lo establecido en las normas de tránsito o
transporte vigentes.
Muy grave Conductor En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento preventivo del vehículo
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE35 Durante el Servicio:
a) Embarcar o desembarcar usuarios con el vehículo en movimiento o en paraderos no habilitados, o en situaciones o lugares donde se le
exponga a peligro, de conformidad con lo establecido en las normas de tránsito o transporte vigentes.
b) Circular con las puertas abiertas o que alguna persona sobresalga de la estructura del vehículo. c) Exceder el aforo establecido por el MTC o la ATU.
Durante el servicio, embarcar usuarios con el
vehículo en movimiento de conformidad con
lo establecido en las normas de tránsito o
transporte vigentes.
Muy grave Conductor En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento preventivo del vehículo
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE35 Durante el Servicio:
a) Embarcar o desembarcar usuarios con el vehículo en movimiento o en paraderos no habilitados, o en situaciones o lugares donde se le
exponga a peligro, de conformidad con lo establecido en las normas de tránsito o transporte vigentes.
b) Circular con las puertas abiertas o que alguna persona sobresalga de la estructura del vehículo. c) Exceder el aforo establecido por el MTC o la ATU.
Durante el servicio, embarcar usuarios con el
vehículo en movimiento de conformidad con
lo establecido en las normas de tránsito o
transporte vigentes.
Muy grave Conductor En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento preventivo del vehículo
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE35 Durante el Servicio:
a) Embarcar o desembarcar usuarios con el vehículo en movimiento o en paraderos no habilitados, o en situaciones o lugares donde se le
exponga a peligro, de conformidad con lo establecido en las normas de tránsito o transporte vigentes.
b) Circular con las puertas abiertas o que alguna persona sobresalga de la estructura del vehículo. c) Exceder el aforo establecido por el MTC o la ATU.
Durante el servicio, embarcar usuarios con el
vehículo en movimiento de conformidad con
lo establecido en las normas de tránsito o
transporte vigentes.
Muy grave Conductor En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento preventivo del vehículo
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE35 Durante el Servicio:
a) Embarcar o desembarcar usuarios con el vehículo en movimiento o en paraderos no habilitados, o en situaciones o lugares donde se le
exponga a peligro, de conformidad con lo establecido en las normas de tránsito o transporte vigentes.
b) Circular con las puertas abiertas o que alguna persona sobresalga de la estructura del vehículo. c) Exceder el aforo establecido por el MTC o la ATU.
Durante el servicio, embarcar usuarios con el
vehículo en movimiento de conformidad con
lo establecido en las normas de tránsito o
transporte vigentes.
Muy grave Conductor En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento preventivo del vehículo
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE35 Durante el Servicio:
a) Embarcar o desembarcar usuarios con el vehículo en movimiento o en paraderos no habilitados, o en situaciones o lugares donde se le
exponga a peligro, de conformidad con lo establecido en las normas de tránsito o transporte vigentes.
b) Circular con las puertas abiertas o que alguna persona sobresalga de la estructura del vehículo. c) Exceder el aforo establecido por el MTC o la ATU.
Durante el servicio, embarcar usuarios con el
vehículo en movimiento de conformidad con
lo establecido en las normas de tránsito o
transporte vigentes.
Muy grave Conductor En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento preventivo del vehículo
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE35 Durante el Servicio:
a) Embarcar o desembarcar usuarios con el vehículo en movimiento o en paraderos no habilitados, o en situaciones o lugares donde se le
exponga a peligro, de conformidad con lo establecido en las normas de tránsito o transporte vigentes.
b) Circular con las puertas abiertas o que alguna persona sobresalga de la estructura del vehículo. c) Exceder el aforo establecido por el MTC o la ATU.
Durante el servicio, embarcar usuarios con el
vehículo en movimiento de conformidad con
lo establecido en las normas de tránsito o
transporte vigentes.
Muy grave Conductor En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento preventivo del vehículo
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE35 Durante el Servicio:
a) Embarcar o desembarcar usuarios con el vehículo en movimiento o en paraderos no habilitados, o en situaciones o lugares donde se le
exponga a peligro, de conformidad con lo establecido en las normas de tránsito o transporte vigentes.
b) Circular con las puertas abiertas o que alguna persona sobresalga de la estructura del vehículo. c) Exceder el aforo establecido por el MTC o la ATU.
Durante el servicio, embarcar usuarios con el
vehículo en movimiento de conformidad con
lo establecido en las normas de tránsito o
transporte vigentes.
Muy grave Conductor En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento preventivo del vehículo
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE30 Prestar el Servicio sin permitir el acceso de personas con discapacidad, adultos mayores,
mujeres gestantes, niñas o niños y/o animales de compañía.
Prestar el Servicio sin permitir el acceso de
personas con discapacidad, adultos mayores,
mujeres gestantes, niñas o niños.
Muy grave Conductor 0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE35 Durante el Servicio:
a) Embarcar o desembarcar usuarios con el vehículo en movimiento o en paraderos no habilitados, o en situaciones o lugares donde se le
exponga a peligro, de conformidad con lo establecido en las normas de tránsito o transporte vigentes.
b) Circular con las puertas abiertas o que alguna persona sobresalga de la estructura del vehículo. c) Exceder el aforo establecido por el MTC o la ATU.
Durante el servicio circular con las puertas
abiertas
Muy grave Conductor En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE35 Durante el Servicio:
a) Embarcar o desembarcar usuarios con el vehículo en movimiento o en paraderos no habilitados, o en situaciones o lugares donde se le
exponga a peligro, de conformidad con lo establecido en las normas de tránsito o transporte vigentes.
b) Circular con las puertas abiertas o que alguna persona sobresalga de la estructura del vehículo. c) Exceder el aforo establecido por el MTC o la ATU.
Durante el servicio circular con persona que
sobresalga de la estructura del vehiculo
Muy grave Conductor En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo
0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE14 Agredir físicamente a los usuarios del Servicio. Agredir físicamente a los usuarios del
Servicio.
Muy grave Conductor Al vehículo:
En forma sucesiva:
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular.
Al conductor:
Retención de la licencia de
conducir
1 UIT Cancelación de la
licencia de conducir
e inhabilitación
definitiva para
obtener nueva
licencia.
EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE1 Ofertar y/o prestar el Servicio sin contar con la
Autorización de Servicio otorgada por la ATU.
Prestar el Servicio sin contar con la
Autorización de Servicio otorgada por la
ATU.
Muy grave Propietario/Cond
uctor
Al vehículo: Internamiento
preventivo del vehículo /
Al conductor: Retención
de la licencia de conducir
2 UIT No EQUIVALENTE
RE1 Ofertar y/o prestar el Servicio sin contar con la
Autorización de Servicio otorgada por la ATU.
Prestar el Servicio sin contar con la
Autorización de Servicio otorgada por la
ATU.
Muy grave Propietario/Cond
uctor
Al vehículo: Internamiento
preventivo del vehículo /
Al conductor: Retención
de la licencia de conducir
2 UIT No EQUIVALENTE
RE1 Ofertar y/o prestar el Servicio sin contar con la
Autorización de Servicio otorgada por la ATU.
Prestar el Servicio sin contar con la
Autorización de Servicio otorgada por la
ATU.
Muy grave Propietario/Cond
uctor
Al vehículo: Internamiento
preventivo del vehículo /
Al conductor: Retención
de la licencia de conducir
2 UIT No EQUIVALENTE
RE1 Ofertar y/o prestar el Servicio sin contar con la
Autorización de Servicio otorgada por la ATU.
Prestar el Servicio sin contar con la
Autorización de Servicio otorgada por la
ATU.
Muy grave Propietario/Cond
uctor
Al vehículo: Internamiento
preventivo del vehículo /
Al conductor: Retención
de la licencia de conducir
2 UIT No EQUIVALENTE
RE1 Ofertar y/o prestar el Servicio sin contar con la
Autorización de Servicio otorgada por la ATU.
Prestar el Servicio sin contar con la
Autorización de Servicio otorgada por la
ATU.
Muy grave Propietario/Cond
uctor
Al vehículo: Internamiento
preventivo del vehículo /
Al conductor: Retención
de la licencia de conducir
2 UIT No EQUIVALENTE
RE1 Ofertar y/o prestar el Servicio sin contar con la
Autorización de Servicio otorgada por la ATU.
Prestar el Servicio sin contar con la
Autorización de Servicio otorgada por la
ATU.
Muy grave Propietario/Cond
uctor
Al vehículo: Internamiento
preventivo del vehículo /
Al conductor: Retención
de la licencia de conducir
2 UIT No EQUIVALENTE
RE1 Ofertar y/o prestar el Servicio sin contar con la
Autorización de Servicio otorgada por la ATU.
Prestar el Servicio sin contar con la
Autorización de Servicio otorgada por la
ATU.
Muy grave Propietario/Cond
uctor
Al vehículo: Internamiento
preventivo del vehículo /
Al conductor: Retención
de la licencia de conducir
2 UIT No EQUIVALENTE
RE1 Ofertar y/o prestar el Servicio sin contar con la
Autorización de Servicio otorgada por la ATU.
Prestar el Servicio sin contar con la
Autorización de Servicio otorgada por la
ATU.
Muy grave Propietario/Cond
uctor
Al vehículo: Internamiento
preventivo del vehículo /
Al conductor: Retención
de la licencia de conducir
2 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE17 Obstruir las acciones de fiscalización y control realizadas por la ATU durante la prestación del Servicio y/o darse a la fuga Obstruir las acciones de fiscalización y
control realizadas por la ATU durante la prestación
del Servicio y/o darse a la fuga
Muy grave Conductor Al conductor:
Retención de la Licencia
de conducir.
En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo de
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE17 Obstruir las acciones de fiscalización y control realizadas por la ATU durante la prestación del Servicio y/o darse a la fuga Obstruir las acciones de fiscalización y
control realizadas por la ATU durante la prestación
del Servicio y/o darse a la fuga
Muy grave Conductor Al conductor:
Retención de la Licencia
de conducir.
En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo de
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE17 Obstruir las acciones de fiscalización y control realizadas por la ATU durante la prestación del Servicio y/o darse a la fuga Obstruir las acciones de fiscalización y
control realizadas por la ATU durante la prestación
del Servicio y/o darse a la fuga
Muy grave Conductor Al conductor:
Retención de la Licencia
de conducir.
En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo de
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE17 Obstruir las acciones de fiscalización y control realizadas por la ATU durante la prestación del Servicio y/o darse a la fuga Obstruir las acciones de fiscalización y
control realizadas por la ATU durante la prestación
del Servicio y/o darse a la fuga
Muy grave Conductor Al conductor:
Retención de la Licencia
de conducir.
En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo de
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE17 Obstruir las acciones de fiscalización y control realizadas por la ATU durante la prestación del Servicio y/o darse a la fuga Obstruir las acciones de fiscalización y
control realizadas por la ATU durante la prestación
del Servicio y/o darse a la fuga
Muy grave Conductor Al conductor:
Retención de la Licencia
de conducir.
En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo de
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE17 Obstruir las acciones de fiscalización y control realizadas por la ATU durante la prestación del Servicio y/o darse a la fuga Obstruir las acciones de fiscalización y
control realizadas por la ATU durante la prestación
del Servicio y/o darse a la fuga
Muy grave Conductor Al conductor:
Retención de la Licencia
de conducir.
En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo de
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE17 Obstruir las acciones de fiscalización y control realizadas por la ATU durante la prestación del Servicio y/o darse a la fuga Obstruir las acciones de fiscalización y
control realizadas por la ATU durante la prestación
del Servicio y/o darse a la fuga
Muy grave Conductor Al conductor:
Retención de la Licencia
de conducir.
En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo de
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE17 Obstruir las acciones de fiscalización y control realizadas por la ATU durante la prestación del Servicio y/o darse a la fuga Obstruir las acciones de fiscalización y
control realizadas por la ATU durante la prestación
del Servicio y/o darse a la fuga
Muy grave Conductor Al conductor:
Retención de la Licencia
de conducir.
En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo de
0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente que corresponda a la clase y categoría requerida para el servicio, o que, contando con la misma, esta se encuentra vencida, suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser titular de una licencia de conducir de categoría profesional establecida en el RSELIC. c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción.
Permitir la prestación del Servicio con un
conductor que no cuente con Licencia de
Conducir de categoría profesional vigente
que corresponda a la clase y categoría
requerida para el servicio
Muy grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente que corresponda a la clase y categoría requerida para el servicio, o que, contando con la misma, esta se encuentra vencida, suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser titular de una licencia de conducir de categoría profesional establecida en el RSELIC. c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción.
Permitir la prestación del Servicio con un
conductor que no cuente con Licencia de
Conducir de categoría profesional vigente
que corresponda a la clase y categoría
requerida para el servicio
Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente que corresponda a la clase y categoría requerida para el servicio, o que, contando con la misma, esta se encuentra vencida, suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser titular de una licencia de conducir de categoría profesional establecida en el RSELIC. c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción.
Permitir la prestación del Servicio con un
conductor que no cuente con Licencia de
Conducir de categoría profesional vigente
que corresponda a la clase y categoría
requerida para el servicio
Muy grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE9 Prestar el Servicio con un conductor que no cuenta con habilitación Prestar el Servicio con un conductor que no
cuenta con habilitación
Muy grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE17 Obstruir las acciones de fiscalización y control realizadas por la ATU durante la prestación del servicio y/o darse a la fuga. Obstruir las acciones de fiscalización y
control realizadas por la ATU durante la
prestación del servicio y/o darse a la fuga.
Muy grave conductor Al conductor:
Retención de la Licencia
de conducir.
En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE49 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con alguno o cualquiera de los elementos de seguridad y emergencia, siguientes:
a) Conos o triángulos de seguridad.
b) Botiquín de primeros auxilios con los elementos dispuestos por el MTC.
c) Extintor de incendios en óptimo funcionamiento, de acuerdo con la NTP correspondiente. d) Láminas retrorreflectivas acordes a las especificaciones del RNV.
Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con extintor de incendios en óptimo
funcionamiento, de acuerdo con la NTP
correspondiente.
Grave Operador No EQUIVALENTE
RE49 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con alguno o cualquiera de los elementos de seguridad y emergencia, siguientes:
a) Conos o triángulos de seguridad.
b) Botiquín de primeros auxilios con los elementos dispuestos por el MTC.
c) Extintor de incendios en óptimo funcionamiento, de acuerdo con la NTP correspondiente. d) Láminas retrorreflectivas acordes a las especificaciones del RNV.
Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con extintor de incendios en óptimo
funcionamiento, de acuerdo con la NTP
correspondiente.
Grave Operador No EQUIVALENTE
RE49 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con alguno o cualquiera de los elementos de seguridad y emergencia, siguientes:
a) Conos o triángulos de seguridad.
b) Botiquín de primeros auxilios con los elementos dispuestos por el MTC.
c) Extintor de incendios en óptimo funcionamiento, de acuerdo con la NTP correspondiente. d) Láminas retrorreflectivas acordes a las especificaciones del RNV.
Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con conos de seguridad.
Grave Operador No EQUIVALENTE
RE49 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con alguno o cualquiera de los elementos de seguridad y emergencia, siguientes:
a) Conos o triángulos de seguridad.
b) Botiquín de primeros auxilios con los elementos dispuestos por el MTC.
c) Extintor de incendios en óptimo funcionamiento, de acuerdo con la NTP correspondiente. d) Láminas retrorreflectivas acordes a las especificaciones del RNV.
Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con triángulos de seguridad.
Grave Operador No EQUIVALENTE
RE49 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con alguno o cualquiera de los elementos de seguridad y emergencia, siguientes:
a) Conos o triángulos de seguridad.
b) Botiquín de primeros auxilios con los elementos dispuestos por el MTC.
c) Extintor de incendios en óptimo funcionamiento, de acuerdo con la NTP correspondiente. d) Láminas retrorreflectivas acordes a las especificaciones del RNV.
Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con botiquín de primeros auxilios con
los elementos dispuestos por el MTC.
Grave Operador No EQUIVALENTE
RE49 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con alguno o cualquiera de los elementos de seguridad y emergencia, siguientes:
a) Conos o triángulos de seguridad.
b) Botiquín de primeros auxilios con los elementos dispuestos por el MTC.
c) Extintor de incendios en óptimo funcionamiento, de acuerdo con la NTP correspondiente. d) Láminas retrorreflectivas acordes a las especificaciones del RNV.
Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con láminas retrorreflectivas acordes
a las especificaciones del RNV.
Grave Operador No EQUIVALENTE
RE49 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con alguno o cualquiera de los elementos de seguridad y emergencia, siguientes:
a) Conos o triángulos de seguridad.
b) Botiquín de primeros auxilios con los elementos dispuestos por el MTC.
c) Extintor de incendios en óptimo funcionamiento, de acuerdo con la NTP correspondiente. d) Láminas retrorreflectivas acordes a las especificaciones del RNV.
Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con láminas retrorreflectivas acordes
a las especificaciones del RNV.
Grave Operador 0.1 UTI No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE7 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con un limitador de velocidad y/o éste no se encuentre programado según lo establecido en el
Reglamento
Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con un limitador de velocidad y éste
no se encuentre programado según lo
establecido en el Reglamento
Muy grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del
vehículo.
– Suspensión precautoria
de la
habilitación vehicular.
0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente que corresponda a la clase y
categoría requerida para el servicio, o que, contando con la misma, esta se encuentra vencida,
suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser titular de una licencia de conducir de categoría profesional establecida en el RSELIC.
c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de
cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción
Permitir la prestación del Servicio con un
conductor que no cuente con Licencia de
Conducir de categoría profesional vigente
que corresponda a la clase y categoría
requerida para el servicio
Muy Grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente que corresponda a la clase y
categoría requerida para el servicio, o que, contando con la misma, esta se encuentra vencida,
suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser titular de una licencia de conducir de categoría profesional establecida en el RSELIC.
c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de
cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción
Permitir la prestación del Servicio con un
conductor que no cuente con Licencia de
Conducir de categoría profesional vigente
que corresponda a la clase y categoría
requerida para el servicio
Muy Grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente que corresponda a la clase y
categoría requerida para el servicio, o que, contando con la misma, esta se encuentra vencida,
suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser titular de una licencia de conducir de categoría profesional establecida en el RSELIC.
c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de
cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción
Permitir la prestación del Servicio con un
conductor que no cuente con Licencia de
Conducir de categoría profesional vigente
que corresponda a la clase y categoría
requerida para el servicio
Muy Grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente que corresponda a la clase y
categoría requerida para el servicio, o que, contando con la misma, esta se encuentra vencida,
suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser titular de una licencia de conducir de categoría profesional establecida en el RSELIC.
c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de
cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción
Permitir la prestación del Servicio con un
conductor que no cuente con Licencia de
Conducir de categoría profesional vigente
que corresponda a la clase y categoría
requerida para el servicio
Muy Grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente que corresponda a la clase y
categoría requerida para el servicio, o que, contando con la misma, esta se encuentra vencida,
suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser titular de una licencia de conducir de categoría profesional establecida en el RSELIC.
c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de
cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción
Permitir la prestación del Servicio con un
conductor que no cuente con Licencia de
Conducir de categoría profesional vigente
que corresponda a la clase y categoría
requerida para el servicio
Muy Grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente que corresponda a la clase y
categoría requerida para el servicio, o que, contando con la misma, esta se encuentra vencida,
suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser titular de una licencia de conducir de categoría profesional establecida en el RSELIC.
c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de
cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción
Permitir la prestación del Servicio con un
conductor que no cuente con Licencia de
Conducir de categoría profesional vigente
que corresponda a la clase y categoría
requerida para el servicio
Muy Grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente que corresponda a la clase y
categoría requerida para el servicio, o que, contando con la misma, esta se encuentra vencida,
suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser titular de una licencia de conducir de categoría profesional establecida en el RSELIC.
c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de
cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción
Permitir la prestación del Servicio con un
conductor que no cuente con Licencia de
Conducir de categoría profesional vigente
que corresponda a la clase y categoría
requerida para el servicio
Muy Grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor
que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente que corresponda a la clase y
categoría requerida para el servicio, o que, contando con la misma, esta se encuentra vencida, suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser titular de una licencia de conducir de categoría
profesional establecida en el RSELIC.
c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de
cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción
Permitir la prestación del Servicio con un
conductor que no cuente con Licencia de
Conducir de categoría profesional vigente
que corresponda a la clase y categoría
requerida para el servicio
Muy Grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor
que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente que corresponda a la clase y
categoría requerida para el servicio, o que, contando con la misma, esta se encuentra vencida, suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser titular de una licencia de conducir de categoría
profesional establecida en el RSELIC.
c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de
cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción
Permitir la prestación del Servicio con un
conductor que no cuente con Licencia de
Conducir de categoría profesional vigente
que corresponda a la clase y categoría
requerida para el servicio
Muy Grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor
que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente que corresponda a la clase y
categoría requerida para el servicio, o que, contando con la misma, esta se encuentra vencida, suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser titular de una licencia de conducir de categoría
profesional establecida en el RSELIC.
c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de
cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción
Permitir la prestación del Servicio con un
conductor que no cuente con Licencia de
Conducir de categoría profesional vigente
que corresponda a la clase y categoría
requerida para el servicio
Muy Grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor
que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente que corresponda a la clase y
categoría requerida para el servicio, o que, contando con la misma, esta se encuentra vencida, suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser titular de una licencia de conducir de categoría
profesional establecida en el RSELIC.
c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de
cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción
Permitir la prestación del Servicio con un
conductor que no cuente con Licencia de
Conducir de categoría profesional vigente
que corresponda a la clase y categoría
requerida para el servicio
Muy Grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor
que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente que corresponda a la clase y
categoría requerida para el servicio, o que, contando con la misma, esta se encuentra vencida, suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser titular de una licencia de conducir de categoría
profesional establecida en el RSELIC.
c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de
cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción
Permitir la prestación del Servicio con un
conductor que no cuente con Licencia de
Conducir de categoría profesional vigente
que corresponda a la clase y categoría
requerida para el servicio
Muy Grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor
que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente que corresponda a la clase y
categoría requerida para el servicio, o que, contando con la misma, esta se encuentra vencida, suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser titular de una licencia de conducir de categoría
profesional establecida en el RSELIC.
c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de
cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción
Permitir la prestación del Servicio con un
conductor que no cuente con Licencia de
Conducir de categoría profesional vigente
que corresponda a la clase y categoría
requerida para el servicio
Muy Grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor
que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente que corresponda a la clase y
categoría requerida para el servicio, o que, contando con la misma, esta se encuentra vencida, suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser titular de una licencia de conducir de categoría
profesional establecida en el RSELIC.
c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de
cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción
Permitir la prestación del Servicio con un
conductor que no cuente con Licencia de
Conducir de categoría profesional vigente
que corresponda a la clase y categoría
requerida para el servicio
Muy Grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor
que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente que corresponda a la clase y
categoría requerida para el servicio, o que, contando con la misma, esta se encuentra vencida, suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser titular de una licencia de conducir de categoría
profesional establecida en el RSELIC.
c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de
cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción
Permitir la prestación del Servicio con un
conductor que no cuente con Licencia de
Conducir de categoría profesional vigente
que corresponda a la clase y categoría
requerida para el servicio
Muy Grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor
que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente que corresponda a la clase y
categoría requerida para el servicio, o que, contando con la misma, esta se encuentra vencida, suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser titular de una licencia de conducir de categoría
profesional establecida en el RSELIC.
c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de
cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción
Permitir la prestación del Servicio con un
conductor que no cuente con Licencia de
Conducir de categoría profesional vigente
que corresponda a la clase y categoría
requerida para el servicio
Muy Grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor
que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría profesional vigente que corresponda a la clase y
categoría requerida para el servicio, o que, contando con la misma, esta se encuentra vencida, suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser titular de una licencia de conducir de categoría
profesional establecida en el RSELIC.
c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de
cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción
Permitir la prestación del Servicio con un
conductor que no cuente con Licencia de
Conducir de categoría profesional vigente
que corresponda a la clase y categoría
requerida para el servicio
Muy Grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
x NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE28 Prestar el Servicio sin cumplir con el itinerario y/o punto inicial o final, establecidos en la ficha técnica. Prestar el Servicio sin cumplir con el
itinerario y punto inicial, establecidos en la
ficha técnica.
Muy grave Operador Internamiento
preventivo del vehículo
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
– Retención de licencia de
conducir
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE28 Prestar el Servicio sin cumplir con el itinerario y/o punto inicial o final, establecidos en la ficha técnica. Prestar el Servicio sin cumplir con el
itinerario y punto inicial, establecidos en la
ficha técnica.
Muy grave Operador Internamiento
preventivo del vehículo
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
– Retención de licencia de
conducir
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE28 Prestar el Servicio sin cumplir con el itinerario y/o punto inicial o final, establecidos en la ficha técnica. Prestar el Servicio sin cumplir con el
itinerario y punto inicial, establecidos en la
ficha técnica.
Muy grave Operador Internamiento
preventivo del vehículo
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
– Retención de licencia de
conducir
0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE35 Durante el Servicio:
a) Embarcar o desembarcar usuarios con el vehículo en movimiento o en paraderos no habilitados, o en situaciones o lugares donde se le
exponga a peligro, de conformidad con lo establecido en las normas de tránsito o transporte vigentes.
b) Circular con las puertas abiertas o que alguna persona sobresalga de la estructura del vehículo.
c) Exceder el aforo establecido por el MTC o la ATU
Durante el servicio, embarcar usuarios con el
vehículo en movimiento de conformidad con
lo establecido en las normas de tránsito o
transporte vigentes.
Muy grave Conductor En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo
0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE35 Durante el Servicio:
a) Embarcar o desembarcar usuarios con el vehículo en movimiento o en paraderos no habilitados, o en situaciones o lugares donde se le
exponga a peligro, de conformidad con lo establecido en las normas de tránsito o transporte vigentes.
b) Circular con las puertas abiertas o que alguna persona sobresalga de la estructura del vehículo.
c) Exceder el aforo establecido por el MTC o la ATU
Durante el servicio, embarcar usuarios con el
vehículo en movimiento de conformidad con
lo establecido en las normas de tránsito o
transporte vigentes.
Muy grave Conductor En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE28 Prestar el Servicio sin cumplir con el itinerario y/o punto inicial o final, establecidos en la ficha técnica. Prestar el Servicio sin cumplir con el
itinerario y punto inicial, establecidos en la
ficha técnica.
Muy grave Operador Internamiento
preventivo del vehículo
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
– Retención de licencia de
conducir
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE28 Prestar el Servicio sin cumplir con el itinerario y/o punto inicial o final, establecidos en la ficha técnica. Prestar el Servicio sin cumplir con el
itinerario y punto inicial, establecidos en la
ficha técnica.
Muy grave Operador Internamiento
preventivo del vehículo
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
– Retención de licencia de
conducir
0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE1 Ofertar y/o prestar el Servicio sin contar con la Autorización de Servicio otorgada por la ATU. Prestar el Servicio sin contar con la
Autorización de Servicio otorgada por la
ATU.
Muy grave Conductor Al vehículo: Internamiento
preventivo del vehículo /
Al conductor: Retención
de la licencia de conducir
1 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE35 Durante el Servicio:
a) Embarcar o desembarcar usuarios con el vehículo en movimiento o en paraderos no habilitados, o en situaciones o lugares donde se le
exponga a peligro, de conformidad con lo establecido en las normas de tránsito o transporte vigentes.
b) Circular con las puertas abiertas o que alguna persona sobresalga de la estructura del vehículo.
c) Exceder el aforo establecido por el MTC o la ATU.
Exceder el aforo establecido por el MTC o la
ATU.
Muy grave Conductor En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del
vehículo
0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE47 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con la señalética y/o elementos informativos internos y/o externos, conforme a las
características establecidas por la ATU
Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con la señalética conforme a las
características establecidas por la ATU.
Grave Operador Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.1 UTI No EQUIVALENTE
RE30 Prestar el Servicio sin permitir el acceso de personas con discapacidad, adultos mayores, mujeres gestantes, niñas o niños y/o animales de compañía. Prestar el Servicio sin permitir el acceso de
niñas o niños
Muy Grave Conductor 0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE30 Prestar el Servicio sin permitir el acceso de personas con discapacidad, adultos mayores, mujeres gestantes, niñas o niños y/o animales de compañía. Prestar el Servicio sin permitir el acceso de
niñas o niños
Muy Grave Conductor 0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE30 Prestar el Servicio sin permitir el acceso de personas con discapacidad, adultos mayores, mujeres gestantes, niñas o niños y/o animales de compañía. Prestar el Servicio sin permitir el acceso de
niñas o niños
Muy Grave Conductor 0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE61 Abastecer de combustible o cargar los vehículos durante la prestación del Servicio Abastecer de combustible durante la
prestación del Servicio.
Grave Conductor 0.1 UTI No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE14 Agredir físicamente a los usuarios del Servicio. Agredir físicamente a los usuarios del
Servicio.
Muy Grave Conductor Al vehículo:
En forma sucesiva:
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular.
Al conductor:
Retención de la licencia de
conducir
1 UIT No EQUIVALENTE
RE35 Durante el Servicio:
a) Embarcar o desembarcar usuarios con el
vehículo en movimiento o en paraderos no
habilitados, o en situaciones o lugares donde se le exponga a peligro, de conformidad con lo
establecido en las normas de tránsito o transporte vigentes.
b) Circular con las puertas abiertas o que alguna
persona sobresalga de la estructura del vehículo.
c) Exceder el aforo establecido por el MTC o la ATU.
Durante el servicio, embarcar o desembarcar
usuarios en situaciones o lugares donde se le exponga al peligro.
Muy Grave Conductor En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE35 Durante el Servicio:
a) Embarcar o desembarcar usuarios con el
vehículo en movimiento o en paraderos no
habilitados, o en situaciones o lugares donde se le exponga a peligro, de conformidad con lo
establecido en las normas de tránsito o transporte vigentes.
b) Circular con las puertas abiertas o que alguna
persona sobresalga de la estructura del vehículo.
c) Exceder el aforo establecido por el MTC o la ATU.
Durante el servicio, embarcar o desembarcar
usuarios en situaciones o lugares donde se le exponga al peligro.
Muy Grave Conductor En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE35 Durante el Servicio:
a) Embarcar o desembarcar usuarios con el
vehículo en movimiento o en paraderos no
habilitados, o en situaciones o lugares donde se le exponga a peligro, de conformidad con lo
establecido en las normas de tránsito o transporte vigentes.
b) Circular con las puertas abiertas o que alguna
persona sobresalga de la estructura del vehículo.
c) Exceder el aforo establecido por el MTC o la ATU.
Durante el servicio, embarcar o desembarcar
usuarios en situaciones o lugares donde se le exponga al peligro.
Muy Grave Conductor En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE35 Durante el Servicio:
a) Embarcar o desembarcar usuarios con el
vehículo en movimiento o en paraderos no
habilitados, o en situaciones o lugares donde se le exponga a peligro, de conformidad con lo
establecido en las normas de tránsito o transporte vigentes.
b) Circular con las puertas abiertas o que alguna
persona sobresalga de la estructura del vehículo.
c) Exceder el aforo establecido por el MTC o la ATU.
Durante el servicio, embarcar o desembarcar
usuarios en situaciones o lugares donde se le exponga al peligro.
Muy Grave Conductor En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo
0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE37 Prestar el Servicio utilizando la vía pública como estacionamiento de vehículos Prestar el Servicio utilizando la vía pública como estacionamiento de vehículos. Muy Grave Operador 0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE13 Atentar contra la integridad física de los
fiscalizadores de transporte o a los efectivos
policiales durante la realización de sus funciones
Atentar contra la integridad física de los
fiscalizadores de transporte o a los efectivos
policiales durante la realización de sus
funciones
MUY GRAVE CONDUCTOR Al vehículo:
En forma sucesiva:
– Internamiento
preventivo del
vehículo. – Suspensión precautoria de la
habilitación vehicular
Al conductor: Retención de la Licencia
de conducir.
1 UIT Cancelación de la
licencia de conducir
e inhabilitación
definitiva para
obtener nueva
licencia.
EQUIVALENTE
RE16 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuenta con el Certificado de Inspección Técnica Vehicular ordinario y/o complementario vigente. Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuenta con el Certificado de Inspección
Técnica Vehicular ordinario y
complementario vigente.
MUY GRAVE Operador Internamiento preventivo
del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación del
vehículo
0.5 UIT Suspensión de la
habilitación
vehicular por 90
días calendarios
EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE45 Prestar el Servicio con un vehículo que:
a) No cuente con un dispositivo electrónico
instalado en el salón del vehículo, que informe
sobre la velocidad que marca el velocímetro.
b) No cuente con cinturones de seguridad de tres (3) puntos en el asiento del/de la conductor/a y de dos (2) puntos, como mínimo, en los asientos que se encuentren en la primera fila del vehículo, que cumplan con lo dispuesto en el RNV y en la NTP
293.003.1974.
Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con un dispositivo electrónico
instalado en el salón del vehículo, que
informe sobre la velocidad que marca el
velocímetro.
Grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular.
0.1 UTI No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE38 Prestar el Servicio con uno o más vehículos cuyas características físicas y registrables no coincidan con lo señalado en la tarjeta de identificación vehicular Prestar el Servicio con uno o más vehículos
cuyas características físicas y registrables no coincidan con lo señalado en la tarjeta de
identificación vehicular.
MUY GRAVE En forma sucesiva:
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
1 UIT No EQUIVALENTE
RE38 Prestar el Servicio con uno o más vehículos cuyas características físicas y registrables no coincidan con lo señalado en la tarjeta de identificación vehicular Prestar el Servicio con uno o más vehículos
cuyas características físicas y registrables no coincidan con lo señalado en la tarjeta de
identificación vehicular.
MUY GRAVE En forma sucesiva:
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
1 UIT No EQUIVALENTE
RE38 Prestar el Servicio con uno o más vehículos cuyas características físicas y registrables no coincidan con lo señalado en la tarjeta de identificación vehicular Prestar el Servicio con uno o más vehículos
cuyas características físicas y registrables no coincidan con lo señalado en la tarjeta de
identificación vehicular.
MUY GRAVE En forma sucesiva:
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
1 UIT No EQUIVALENTE
RE38 Prestar el Servicio con uno o más vehículos cuyas características físicas y registrables no coincidan con lo señalado en la tarjeta de identificación vehicular Prestar el Servicio con uno o más vehículos
cuyas características físicas y registrables no coincidan con lo señalado en la tarjeta de
identificación vehicular.
MUY GRAVE En forma sucesiva:
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
1 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE32 No cumplir con las medidas preventivas impuestas por la DFS No cumplir con las medidas preventivas
impuestas
Muy Grave Operador No 0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE19 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con el SOAT o CAT vigente. Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con el SOAT o CAT vigente.
Muy Grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
1 UIT No EQUIVALENTE
RE19 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con el SOAT o CAT vigente. Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con el SOAT o CAT vigente.
Muy Grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
1 UIT No EQUIVALENTE
RE3 Por abandonar la prestación del Servicio
autorizado
Por abandonar la prestación del Servicio
autorizado
Muy Grave Operador NO Cancelación de la
Autorización.
EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE43 No comunicar a la ATU, en un plazo no mayor de cinco (05) días calendarios, cualquier modificación de la información que fue proporcionada al momento de solicitar la autorización o renovación de la autorización del Servicio. No comunicar a la ATU, en un plazo no
mayor de cinco (05) días calendarios,
cualquier modificación de la información
que fue proporcionada al momento de
solicitar la autorización del Servicio
Grave Operador 0.1 UTI No EQUIVALENTE
RE43 No comunicar a la ATU, en un plazo no mayor de cinco (05) días calendarios, cualquier modificación de la información que fue proporcionada al momento de solicitar la autorización o renovación de la autorización del Servicio. No comunicar a la ATU, en un plazo no
mayor de cinco (05) días calendarios,
cualquier modificación de la información
que fue proporcionada al momento de
solicitar la autorización del Servicio
Grave Operador 0.1 UTI No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría
profesional vigente que corresponda a la clase y categoría requerida para el servicio, o que,
contando con la misma, esta se encuentra vencida, suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser
titular de una licencia de conducir de categoría
profesional establecida en el RSELIC.
c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas
alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción.
Permitir la prestación del Servicio con un
conductor que cuente con Licencia de
Conducir que corresponda a la clase y
categoría requerida para el servicio, que se
encuentra vencida
Muy Grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría
profesional vigente que corresponda a la clase y categoría requerida para el servicio, o que,
contando con la misma, esta se encuentra vencida, suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser
titular de una licencia de conducir de categoría
profesional establecida en el RSELIC.
c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas
alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción.
Permitir la prestación del Servicio con un
conductor que sobrepase el límite de edad
máximo para ser titular de una licencia de
conducir de categoría profesional
establecida en el RSELIC.
Muy Grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE24 Prestar el servicio con conductores que excedieron las jornadas máximas de conducción establecidas en el RNAT Prestar el servicio con conductores que
excedieron las jornadas máximas de
conducción establecidas en el RNAT
Muy Grave Operador No 1 UIT No EQUIVALENTE
RE9 Prestar el Servicio con un conductor que no cuenta con habilitación Prestar el Servicio con un conductor que no
cuenta con habilitación
Muy Grave Operador Internamiento preventivo
del vehículo.
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE9 Prestar el Servicio con un conductor que no cuenta con habilitación Prestar el Servicio con un conductor que no
cuenta con habilitación
Muy Grave Operador Internamiento preventivo
del vehículo.
0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE25 No contar y/o mantener el RUC activo No contar y/o mantener el RUC activo Muy grave operador Suspensión precautoria
del servicio
1 UIT No EQUIVALENTE
RE25 No contar y/o mantener el RUC activo No contar y/o mantener el RUC activo Muy grave operador Suspensión precautoria
del servicio
2 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE47 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con la señalética y/o elementos informativos internos y/o externos, conforme a las características establecidas por la ATU. Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con la señalética conforme a las
características establecidas por la ATU. (Art.
33.1.23 Reglamento)
Grave Operador Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular.
0.1 UTI No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE20 Prestar el servicio con un vehiculo que no
cuente con la poliza de responsabilidad civil
vigente
Prestar el servicio con un vehiculo que no
cuente con la poliza de responsabilidad civil
vigente
Muy grave Operador En forma sucesiva:
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
0.5 UIT Suspension de la
habilitación
vehicular por 90
días calendario
EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE9 Prestar el Servicio con un conductor que no
cuenta con habilitación
Prestar el Servicio con un conductor que no
cuenta con habilitación
Muy grave Operador Internamiento preventivo
del vehículo.
0.5 UIT No EQUIVALENTE
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría
profesional vigente que corresponda a la clase y categoría requerida para el servicio, o que,
contando con la misma, esta se encuentra vencida, suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser
titular de una licencia de conducir de categoría
profesional establecida en el RSELIC.
c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas
alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción.
Permitir la prestación del Servicio con un
conductor que no cuente con Licencia de
Conducir de categoría profesional vigente
que corresponda a la clase y categoría
requerida para el servicio
Muy Grave Operador En forma sucesiva:
– Interrupción de viaje.
– Retención del vehículo.
– Internamiento
preventivo del vehículo.
– Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular
0.5 UIT No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría
profesional vigente que corresponda a la clase y categoría requerida para el servicio, o que,
contando con la misma, esta se encuentra vencida, suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser
titular de una licencia de conducir de categoría
profesional establecida en el RSELIC.
c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas
alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción.
Permitir la prestación del Servicio con un
conductor que no cuente con Licencia de
Conducir de categoría profesional vigente
que corresponda a la clase y categoría
requerida para el servicio
Muy Grave Operador EQUIVALENTE
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría
profesional vigente que corresponda a la clase y categoría requerida para el servicio, o que,
contando con la misma, esta se encuentra vencida, suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser
titular de una licencia de conducir de categoría
profesional establecida en el RSELIC.
c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas
alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción.
Permitir la prestación del Servicio con un
conductor que no cuente con Licencia de
Conducir de categoría profesional vigente
que corresponda a la clase y categoría
requerida para el servicio
Muy Grave Operador EQUIVALENTE
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría
profesional vigente que corresponda a la clase y categoría requerida para el servicio, o que,
contando con la misma, esta se encuentra vencida, suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser
titular de una licencia de conducir de categoría
profesional establecida en el RSELIC.
c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas
alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción.
Permitir la prestación del Servicio con un
conductor que no cuente con Licencia de
Conducir de categoría profesional vigente
que corresponda a la clase y categoría
requerida para el servicio
Muy Grave Operador EQUIVALENTE
RE22 Permitir la prestación del Servicio con un conductor que:
a) No cuente con Licencia de Conducir de categoría
profesional vigente que corresponda a la clase y categoría requerida para el servicio, o que,
contando con la misma, esta se encuentra vencida, suspendida, cancelada, retenida, inhabilitado.
b) Sobrepase el límite de edad máximo para ser
titular de una licencia de conducir de categoría
profesional establecida en el RSELIC.
c) Se encuentre bajo la influencia de bebidas
alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción.
Permitir la prestación del Servicio con un
conductor que no cuente con Licencia de
Conducir de categoría profesional vigente
que corresponda a la clase y categoría
requerida para el servicio
Muy Grave Operador EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE47 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con la señalética y/o elementos informativos internos y/o externos, conforme a las características establecidas por la ATU. Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con la señalética y elementos
informativos internos conforme a las
características establecidas por la ATU. (Art.
35,1,23 del Reglamento)
Grave Operador Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular.
0.1 UTI No EQUIVALENTE
RE47 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con la señalética y/o elementos informativos internos y/o externos, conforme a las características establecidas por la ATU. Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con la señalética y elementos
informativos internos conforme a las
características establecidas por la ATU. (Art.
35,1,23 del Reglamento)
Grave Operador Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular.
0.1 UTI No EQUIVALENTE
RE47 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con la señalética y/o elementos informativos internos y/o externos, conforme a las características establecidas por la ATU. Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con la señalética y elementos
informativos internos conforme a las
características establecidas por la ATU. (Art.
35,1,23 del Reglamento)
Grave Operador Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular.
0.1 UTI No EQUIVALENTE
RE47 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con la señalética y/o elementos informativos internos y/o externos, conforme a las características establecidas por la ATU. Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con la señalética y elementos
informativos internos conforme a las
características establecidas por la ATU. (Art.
35,1,23 del Reglamento)
Grave Operador Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular.
0.1 UTI No EQUIVALENTE
RE47 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con la señalética y/o elementos informativos internos y/o externos, conforme a las características establecidas por la ATU. Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con la señalética y elementos
informativos internos conforme a las
características establecidas por la ATU. (Art.
35,1,23 del Reglamento)
Grave Operador Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular.
0.1 UTI No EQUIVALENTE
RE47 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con la señalética y/o elementos informativos internos y/o externos, conforme a las características establecidas por la ATU. Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con la señalética y elementos
informativos internos conforme a las
características establecidas por la ATU. (Art.
35,1,23 del Reglamento)
Grave Operador Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular.
0.1 UTI No EQUIVALENTE
RE47 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con la señalética y/o elementos informativos internos y/o externos, conforme a las características establecidas por la ATU. Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con la señalética y elementos
informativos internos conforme a las
características establecidas por la ATU. (Art.
35,1,23 del Reglamento)
Grave Operador Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular.
0.1 UTI No EQUIVALENTE
RE47 Prestar el Servicio con un vehículo que no cuente con la señalética y/o elementos informativos internos y/o externos, conforme a las características establecidas por la ATU. Prestar el Servicio con un vehículo que no
cuente con la señalética y elementos
informativos internos conforme a las
características establecidas por la ATU. (Art.
35,1,23 del Reglamento)
Grave Operador Suspensión precautoria
de la habilitación
vehicular.
0.1 UTI No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE69 Prestar el Servicio bajo los siguientes supuestos:
a) No entregar boleto a los usuarios.
b) Expedir los boletos que no correspondan al tipo de tarifa del usuario o que los datos del boleto no coincidan con los del Operador.
No entregar boleto a los usuarios. Leve Operador 0.05 UIT No EQUIVALENTE
RE21 Prestar el Servicio con un vehículo que no tiene señalizado dos (2) asientos más cercanos a la puerta de acceso del vehículo para uso preferente de las personas con movilidad reducida, adultos mayores, mujeres gestantes y mujeres u hombres con bebés en brazos. Prestar el Servicio con un vehículo que no tiene señalizado dos (2) asientos más cercanos a la puerta de acceso del vehículo para uso preferente de las personas con movilidad reducida, adultos mayores, mujeres gestantes y mujeres u hombres con bebés en brazos. Muy Grave Operador 0.05 UIT No EQUIVALENTE
RE21 Prestar el Servicio con un vehículo que no tiene señalizado dos (2) asientos más cercanos a la puerta de acceso del vehículo para uso preferente de las personas con movilidad reducida, adultos mayores, mujeres gestantes y mujeres u hombres con bebés en brazos. Prestar el Servicio con un vehículo que no tiene señalizado dos (2) asientos más cercanos a la puerta de acceso del vehículo para uso preferente de las personas con movilidad reducida, adultos mayores, mujeres gestantes y mujeres u hombres con bebés en brazos. Muy Grave Operador 0.05 UIT No EQUIVALENTE
RE21 Prestar el Servicio con un vehículo que no tiene señalizado dos (2) asientos más cercanos a la puerta de acceso del vehículo para uso preferente de las personas con movilidad reducida, adultos mayores, mujeres gestantes y mujeres u hombres con bebés en brazos. Prestar el Servicio con un vehículo que no tiene señalizado dos (2) asientos más cercanos a la puerta de acceso del vehículo para uso preferente de las personas con movilidad reducida, adultos mayores, mujeres gestantes y mujeres u hombres con bebés en brazos. Muy Grave Operador 0.05 UIT No EQUIVALENTE
RE21 Prestar el Servicio con un vehículo que no tiene señalizado dos (2) asientos más cercanos a la puerta de acceso del vehículo para uso preferente de las personas con movilidad reducida, adultos mayores, mujeres gestantes y mujeres u hombres con bebés en brazos. Prestar el Servicio con un vehículo que no tiene señalizado dos (2) asientos más cercanos a la puerta de acceso del vehículo para uso preferente de las personas con movilidad reducida, adultos mayores, mujeres gestantes y mujeres u hombres con bebés en brazos. Muy Grave Operador 0.05 UIT No EQUIVALENTE
X
X
X
X
X
X
RE60 Prestar Servicio  embarcando y desembarcando usuarios en paraderos no habilitados y/o sobrepasando el tiempo máximo de parada. Prestar Servicio embarcando y
desembarcando usuarios en paraderos no
habilitados
Grave Operador 0.1 UTI No EQUIVALENTE
X NO TIENE
EQUIVALENCIA
RE69 Prestar el Servicio bajo los siguientes supuestos:
a) No entregar boleto a los usuarios.
b) Expedir los boletos que no correspondan al tipo de tarifa del usuario o que los datos del boleto no coincidan con los del Operador.
Expedir los boletos CON datos del boleto no
coincidan con los del Operador.
Leve Operador No 0.05 UIT No EQUIVALENTE
RE31 No contar con la cantidad de flota requerida
dispuesta en la Ficha Técnica para prestar el
Servicio autorizado.
No contar con la cantidad de flota requerida
dispuesta en la Ficha Técnica para prestar el
Servicio autorizado.
Muy grave Operador No 1 UIT (X VEHICULO
FALTANTE)
No EQUIVALENTE

 

⇒DESCARGA AQUÍ⇐  «ACTUALIZADO Nueva tabla de infracciones, sanciones y medidas preventivas de las ordenanzas – ATU»

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