[Régimen Disciplinario de la PNP] En virtud de la Ley 30714, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Régimen Disciplinario, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente la Disposición Complementaria Final – Quinta. Elaboración de información estadística
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DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
Quinta. Elaboración de información estadística
QUINTA | Los órganos del Sistema Disciplinario Policial tienen la obligación y responsabilidad de remitir la información estadística que se genere por la tramitación de denuncias y expedientes administrativos disciplinarios, para lo cual la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la Policía Nacional del Perú, con el apoyo de la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú o la que haga sus veces, en coordinación con la Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú, elaboran la plataforma informática para el seguimiento de los expedientes. |



