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Protocolo de actuación interinstitucional específico para la descarga [DS 010-2018-JUS]
Aprueban Protocolos de Actuación Interinstitucional de carácter sistémico y transversal para la aplicación del Código Procesal Penal
Decreto Supremo Nº 010-2018-JUS
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN INTERINSTITUCIONAL ESPECÍFICO PARA LA DESCARGA
1. Concepto
Dentro del proceso de implementación del Código Procesal Penal, uno de los ejes críticos de actuación lo constituye la descarga de procesos penales previo a su entrada en vigencia en un determinado Distrito Judicial; situación que se vuelve más preocupante cuando a tenor de la Ley Nº 28994, por el cual se modifica el artículo 18º del Decreto Legislativo Nº 958, se establece que si al entrar en vigencia el Código Procesal Penal hubiese denuncias pendientes de calificar o en investigación preliminar se adecuaría a las normas de dicho código, siguiendo la misma suerte aquellas formalizaciones de denuncia que no hayan sido calificadas por el/la Juez/a Penal.
Dicho eje crítico, que evidencia la falta de estrategia común, pone de manifiesto la necesidad de establecer un conjunto de procedimientos interinstitucionales que conduzca a los operadores de justicia a diagnosticar y evaluar de manera conjunta la situación actual del proceso penal así como solucionar problemas detectados, definir criterios consensuados y fijar nuevas metas.
Bajo ese contexto, para fines de implementación del presente protocolo, se entiende por descarga, a aquella actividad interinstitucional de descongestión que posibilite a las instituciones en forma común acelerar, aligerar o disminuir los procesos penales acumulados o pendientes bajo las normas del Código de Procedimientos Penales de 1940, a fin de evitar la sobrecarga procesal y la gran adecuación de casos a las normas del Código Procesal Penal cuando éste último entre en vigencia. Por otro lado, un adecuado proceso de descarga permitirá a las instituciones tener una mayor disponibilidad de sus recursos humanos y órganos jurisdiccionales de cara a la implementación del Código Procesal Penal.
2. Objeto
El presente protocolo pone a disposición una propuesta de trabajo interinstitucional que tiene como objetivo aumentar los niveles de productividad y tiempos de los procesos penales bajo las normas del Código de Procedimientos Penales de 1940, que permita garantizar una adecuada entrada en vigencia del Código Procesal Penal y un proceso de liquidación menos complejo.
3. Base Legal
• Decreto Legislativo que regula el proceso de implementación y transitoriedad del Nuevo Código Procesal Penal (Decreto Legislativo N° 958) [Clic aquí]
• Ley que modifica el artículo 18 del Decreto Legislativo Nº 958 (Ley N° 28994)
• Plan para la Consolidación de la Reforma Procesal Penal (Decreto Supremo N° 003-2014-JUS)
4. Alcance
Por un aspecto metodológico el presente protocolo de descarga, se focaliza en la etapa de investigación preliminar, es decir, el periodo procesal comprendido entre la recepción de la denuncia o el conocimiento de la noticia criminal hasta el auto apertorio de instrucción, sin embargo, ello no quiere decir que iniciado el proceso de descarga (antes de la entrada en vigencia del CPP) se desatienda o no se trabajen en las demás etapas procesales, pues para ello se deberán aplicar los procedimientos del protocolo de liquidación, los cuales se focalizan en las etapas procesales de instrucción, intermedia, juicio oral y ejecución. Dicha segmentación se ha efectuado con la finalidad de proporcionar un protocolo específico (liquidación) a los Distritos Judiciales en los que el Código Procesal Penal ya entró en vigencia y donde se ha dado inicio el proceso de liquidación, pues por obvias razones en dicho proceso solo se atienden expedientes judicializados que hayan pasado el filtro del auto apertorio de instrucción.
Finalmente, se debe precisar que en los Distritos Judiciales donde no se encuentra vigente el Código Procesal Penal se aplicará el protocolo de descarga y liquidación, y donde se encuentra vigente se aplicará solo el protocolo de liquidación.
5. Procedimiento
NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: DESCARGA |
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Base Legal:
• Decreto Legislativo que regula el proceso de implementación y transitoriedad del Nuevo Código Procesal Penal (Decreto Legislativo N° 958) • Ley que modifica el artículo 18 del Decreto Legislativo Nº 958 (Ley N° 28994) • Plan para la Consolidación de la Reforma Procesal Penal (Decreto Supremo N° 003-2014-JUS) |
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DESCARGA |
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SUBPROCESO 01: Competencias y correspondencia territorial entre las unidades o dependencias de las instituciones del Sistema de Justicia Penal. |
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Actores |
• Ministerio Público
• Policía Nacional del Perú • Poder Judicial • Defensa Pública |
Objetivos |
• Facilitar la identificación de interlocutores y el flujo de información entre los operadores.
• Generar predictibilidad sobre las actividades conjuntas investigativas y administrativas. |
Actividades
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1. Mapear el Distrito Judicial y Fiscal, verificando la existencia y localización de: |
Actividades |
existencia y localización de:
a) Unidades Especializadas de la Policía Nacional b) Comisarías c) Fiscalías d) División Médico Legal e) Órganos Jurisdiccionales f) Establecimientos Penitenciarios g) Direcciones Distritales o sub-sedes de la Defensa Pública
2. Realizar un mapeo de la competencia y correspondencia territorial entre dependencias policiales, fiscalías, órganos jurisdiccionales, direcciones distritales, División Médico Legal, y demás unidades o dependencias, de tal manera que pueda ser socializado a la interna de cada institución. 3. Dicho mapeo debe aterrizar en un cuadro demostrativo en el que se identifiquen todas las Dependencias Policiales, Fiscalías, Órganos Jurisdiccionales y demás unidades del Distrito Judicial o Fiscal, precisando claramente algunos aspectos que resulten de importancia, por ejemplo: a) Qué unidades especializadas o comisarías trabajarán con fiscalías y viceversa; dicha información deberá ser socializada con el Poder Judicial, para una mejor gestión. b) Especialidad de algunas dependencias o unidades para atender determinados asuntos o diligencias.
4. Otros asuntos competenciales de interés para los fines de agilidad, efectividad y eficacia de la investigación o de trámites judiciales. |
SUBPROCESO 02: Cuantificar el recurso humano con el que se iniciará el proceso de descarga |
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Actores |
• Ministerio Público
• Policía Nacional del Perú. • Poder Judicial • Defensa Pública |
Objetivos |
Cuantificar los órganos jurisdiccionales (jueces/zas), fiscalías (fiscales), defensores/ as públicos/as, efectivos policiales de investigación y personal asociado, que inician y se involucran en el proceso de descarga. |
Actividades
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En un cuadro demostrativo, se debe cuantificar |
Actividades |
• Nº de órganos jurisdiccionales, jueces/zas y personal asociado.
• Nº de fiscalías, fiscales y personal asociado. • Nº de efectivos policiales de investigación y personal asociado. • Nº de defensores/as públicos/as y personal asociado. |
SUBPROCESO 03: Sinceramiento de la carga procesal o elaboración de inventarios |
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Actores |
• Ministerio Público
• Policía Nacional del Perú. • Poder Judicial • Defensa Pública |
Objetivos
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Conocer la carga procesal existente en cada institución como punto de partida para el desarrollo del proceso de descarga. |
Actividades |
1. Se debe elaborar formatos conjuntos para recabar información o elaborar el inventario.
2. Inventariar la carga existente en cada institución, teniendo en cuenta el siguiente alcance:
a. Ministerio Público: por Fiscalía o despacho fiscal b. Policía Nacional del Perú: por Comisaría o Unidad Especializada c. Poder Judicial: por órgano jurisdiccional d. Defensa Pública: por Dirección Distrital. 3. Para realizar el inventario, cada operador debe identificar la carga procesal a partir de la documentación física obrante en su despacho, oficina o dependencia. 4. Inventario en la Policía Nacional: se levanta el inventario en una fecha de corte determinada, la cual da inicio al proceso de descarga, debiendo clasificarse como mínimo de la siguiente manera: a. Cantidad global o total de denuncias e investigaciones (cuantificar los delitos de mayor incidencia). b. Procedencia: • De parte • De oficio c. Estado del trámite de las denuncias • Cantidad de denuncias nuevas (sin atención) • Cantidad de denuncias sin disposición que abre investigación. |
Actividades |
• Cantidad de investigaciones derivadas por parte del Ministerio Público
• Cantidad de Investigaciones en giro – Plazo vencido – Plazo por vencer
• Investigaciones culminadas pendientes de remitir o devolver al Ministerio Público. 5. Inventario en el Ministerio Público: se levanta el inventario en una fecha de corte determinada, la cual, de inicio al proceso de descarga, debiendo clasificarse como mínimo de la siguiente manera
a. Cantidad global o total de denuncias e investigaciones (cuantificar los delitos de mayor incidencia). b. Procedencia
• De parte • De Oficio • Remitidas por la Policía Nacional
c. Estado del trámite
• Cantidad de denuncias nuevas (sin atención, ni calificación) • Cantidad de denuncias investigadas en el despacho fiscal o en trámite de investigación
– Plazo vencido – Plazo por vencer
• Cantidad de denuncias o investigaciones derivadas a la Policía Nacional
– Plazo vencido – Plazo por vencer
• Atestados o partes policiales pendientes de calificar (con formalización de denuncia o no) • Archivos provisionales. • Cantidad de archivos con recurso de queja
• Archivos provisionales. • Cantidad de archivos con recurso de queja.
6. Inventario en el Poder Judicial: se levanta el inventario en una fecha de corte determinada, la cual da inicio al proceso de descarga, debiendo clasificarse como mínimo de la siguiente manera
a. Cantidad de requerimiento de audiencia de presentación de cargos, pendientes de programar. b. Cantidad de procesos en etapa de instrucción. c. Cantidad de procesos en despacho para resolver (emitir sentencia). d. Cantidad de procesos en juicio oral. |
SUBPROCESO 04: Autodiagnóstico Situacional (tiempos y producción) | |
Actores |
• Ministerio Público
• Policía Nacional del Perú. • Poder Judicial |
Objetivos
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• Obtener el tiempo promedio de duración de la etapa de investigación preliminar y de los tiempos utilizados en los procedimientos de dicha etapa.
• Identificar cuellos de botella que motiven que los procedimientos se retrasen o prolonguen en exceso (tiempo), así como identificar las causas que lo originan. • Obtener los valores históricos de producción y su promedio. • Obtener una base empírica que justifique la toma de decisiones. |
Alcances |
Mapeo de tiempos: el mapeo de tiempos debe realizarse en función de la etapa de investigación preliminar.
1. Elaborar un formato (cuadro xcel) que describa los distintos procedimientos o actos ejecutados por cada operador. 2. Dicho formato debe iniciar con la noticia criminal o denuncia de parte y culminar con la emisión del auto que abre instrucción o con el archivo. 3. Consignar en el formato las fechas de presentación, emisión, recepción, remisión, delegación y devolución de los distintos actos o procedimientos. 4. Seleccionar una debida cantidad de expedientes para realizar el mapeo (muestra representativa), teniendo en consideración la incidencia delictual o aquellos casos que mayormente congestionan la etapa preliminar. 5. Elaborar un cuadro comparativo de los distintos delitos seleccionados, a fin de determinar el promedio de duración de la investigación preliminar por cada uno de ellos. 6. Después de realizadas dichas acciones, se puede obtener el tiempo promedio de duración de la investigación preliminar. |
SUBPROCESO 05: Socialización y Comunicación de los resultados a la interna del Ministerio Público, Poder Judicial, Policía Nacional y Defensa Pública. | |
Actores |
• Ministerio Público
• Policía Nacional del Perú. • Poder Judicial • Defensa Pública |
Objetivos
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• Sensibilizar al operador fiscal, policial, judicial y defensores/as públicos/as sobre los índices de producción, tiempos empleados, recursos utilizados y cuellos de botella. |
Actividades |
1. Establecer un Plan de Comunicación y Sensibilización en cada una de las instituciones en el que se incluyan mecanismos para difundir:
a) Los cuellos de botella identificados en el trimestre o semestre. b) Las acciones correctivas que se pondrán en marcha.
2. De ser el caso, en cada institución se debe coordinar la realización de inducciones o capacitaciones sobre los nuevos procedimientos, criterios y correctivos adoptados o establecidos |
SUBPROCESO 06: Optimización de los estándares de producción y de tiempos, así como efectuar el seguimiento |
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Actores |
• Ministerio Público
• Policía Nacional del Perú. • Poder Judicial |
Objetivos
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• Aumentar la producción y optimizar el uso de los tiempos. • Incrementar los niveles de descarga procesal |
Actividades |
1. Elaborar un cronograma de metas trimestrales o semestrales (periodo optativo), sobre la base de los resultados detectados en tiempos y producción histórica. 2. Realizar el seguimiento de los resultados esperados:
a) Utilizar el mismo formato de tiempos (Excel) para efectuar el seguimiento del cumplimiento de las metas establecidas. b) Realizar un comparativo de producción entre el último periodo laborado con el periodo histórico de producción descrito en el punto 4.2.
3. Informar del seguimiento a la Comisión Distrital de Implementación, que a su vez comunica sobre los mismos a la Secretaría Técnica de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal y a los Equipos Técnicos de Implementación Interinstitucionales. |
SUGERENCIAS Y RECOMENDACIONES
1. Cada Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal deberá cumplir con aplicar el presente protocolo.
2. Se recomienda a cada una de las instituciones del Sistema de Administración de Justicia Penal implementar dentro de las gestiones internas la contratación de personal para la descarga.
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