Manual de becas de la PNP [RD 861-2011-DIRGEN/DIREDUD]

[Manuales PNP] Mediante la RD Nº 861-2011-DIRGEN/DIREDUD, de fecha 14 de noviembre de 2011, a través de la Dirección General de la PNP, se aprobó el «Manual de becas de la PNP» ⇒DESCARGA AQUÍ⇐


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ÍNDICE

TÍTULO I GENERALIDADES

CAPÍTULO I Finalidad, Contenido, Alcance

CAPÍTULO II PRINCIPIOS DOCTRINARIOS

CAPÍTULO III POLÍTICAS O NORMAS DE OPERACIÓN

CAPÍTULO IV DESCRIPCIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS

BECAS PARA CURSOS EQUIVALENTES AL INAEP

BECAS PARA CURSOS EQUIVALENTES AL COEM Y CAC

BECAS PARA CURSOS DE CAPACITACION Y ESPECIALIZACION

BECAS PARA CURSOS DE FORMACIÓN

 

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MANUAL DE BECAS DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ

RD Nº 861-2011-DIRGEN/DIREDUD

CAPÍTULO I

GENERALIDADES

A. Finalidad

Establecer normas y procedimientos para designar personal policial idóneo (que reúna las competencias necesarias), para que representen como becarios o invitados, en forma adecuada a la Policia Nacional del Perú, en los Cursos que se dictan en el país o en el extranjero, con objetividad, transparencia y equidad.

B. Objetivos

1. Complementar las actividades educativas de la Dirección de Educación y Doctrina, posibilitando que los policías con mayores méritos, tengan acceso a estudios en entidades de educación superior nacionales e internacionales.

2. Especializar al personal policial, a fin de que configuren cuadros altamente capacitados para el mejor desempeño de sus funciones.

3. Propiciar la innovación en la función policial, así como la aplicación en nuestro país de buenas prácticas que se empleen en otras entidades policiales y no policiales del mundo.

4. Motivar e incentivar la labor del personal policial, fortaleciendo sus competencias en el ejercicio profesional.

C. Contenido

El presente Manual contiene las normas y procedimientos generales y específicos que regulan la selección y nombramiento del Personal de la Policía Nacional Perú para participar, en calidad de becarios o invitados en los cursos de Formación, Capacitación, Especialización y Perfeccionamiento desarrollados en Escuelas Policiales del extranjero, Universidades, Institutos Tecnológicos Superiores y Escuelas Superiores de las Fuerzas Armadas del Perú o del extranjero.

D. Alcance

Las normas del presente Manual, comprenden a la totalidad de Oficiales, Suboficiales y Especialistas de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad.

E. Base Legal

1. Constitución Política del Perú del año 1993. [Clic aquí]

2. Ley Nº 28044 Ley General de Educación, sus modificatorias y su reglamento.

3. Ley N° 23733- Ley Universitaria y sus modificatorias.

4. Ley N° 28740 del SINEACE y su reglamento DS 018 2007 ED.

5. Ley N° 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General.

6. Ley N° 27238-Ley de la Policía Nacional del Perú y su reglamento. [ACTUALIZADO: Clic aquí]  [Reglamento Clic aquí] 

7. Ley N° 28857-Ley del Régimen de Personal.

8. Ley Nº 29356-Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú. [ACTUALIZADO: Clic aquí]

9. RM N° 0173-87-IN/DM del 22DIC87 – Creación del sistema Educativo Policial (SEP).

10. RM N° 0495-2009-IN/PNP del 10JUL2009-Aprueba el Reglamento de Régimen de Educación de la Policia Nacional del Perú.

F. Definición de términos

1. Beca

Se entiende por Beca a los incentivos temporales de carácter personal e intransferible provenientes de una entidad cooperante que pueden consistir en uno o varios de los siguientes beneficios:

a. Exoneración total o parcial de los costos de matrícula del curso o programa para el que se obtenga el beneficio.

b. Otros beneficios que conceda la entidad cooperante que ofrece la Beca (gastos de viaje, impuestos de salida al exterior, estipendio de manutención, pago de material bibliográfico, entre otros).

2. Beca integral

Es aquella que cubre la totalidad de los gastos de participación del becario en el curso o programa de capacitación.

3. Beca parcial

Es aquella que cubre parte de los gastos de participación del becario en el curso o programa de capacitación. El becario deberá asumir los gastos no cubiertos por la entidad cooperante.

4. Convalidación

Proceso administrativo que realizan las instituciones educativas de similar nivel mediante el cual se establece equivalencia académica respecto a las asignaturas, objetivos, contenidos y creditaje, de los Planes de Estudio que administran.

CAPÍTULO II

PRINCIPIOS DOCTRINARIOS PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS

Para el otorgamiento de Becas se ponderará, según la naturaleza y contenidos de la actividad educativa propuesta, los siguientes criterios:

A. Propiciar la participación del personal policial en forma equitativa, transparente y objetiva.

B. Los estudios a cuya realización se oriente la beca, deben tener una vinculación objetivamente apreciable con la función Policial.

C. Las becas serán otorgadas teniendo en cuenta el campo funcional en que se desempeña el personal policial.

D. Las becas constituyen un medio de incentivar la meritocracia en la Policia Nacional del Perú y por lo tanto se otorgan por concurso de méritos.

E. Para efectos de Becas destinadas a Unidades Policiales específicas, se solicitará la opinión de los Directores o Jefes de dichas dependencias.

F. La selección de candidatos se realizará por estricto orden de mérito.

CAPÍTULO V

DEL COMITÉ DE BECAS

A. El personal de la Policía Nacional del Perú realizará estudios en calidad de becarios en centros académicos y/o organismos extrainstitucionales nacionales o extranjeros, previa autorización de la Dirección General de la PNP, a propuesta de un Comité de Becas que se conformará de la siguiente manera.

1. Gral. PNP Director de Educación y Doctrina de la PNP (Presidente)

2. Crnl. PNP Jefe Estado Mayor de la DIREDUD

3. Crnl. PNP Sub Director Académico de la DIREDUD

4. Crnl. PNP representante de la IG-PNP.

5. Crnl. PNP representante de la DIRREHUM.

6. Crnl. PNP Secretario DIREDUD (Secretario).

B. El Comité de Becas, convocará a un representante del órgano de gestión académica y/o de la Unidad policial que tenga relación directa con la beca a otorgarse, el cual actuara con voz y voto en las decisiones que se tomen.

C. Las decisiones del Comitè de Becas son inapelables.

D. Son funciones de la Comité de Becas las siguientes:

1. Aprobar la participación del personal policial en becas nacionales e internacionales, en procura de aprovechar al máximo la cooperación externa en el campo educativo, siempre que las ofertas sean necesarias para el mejor desarrollo de la función policial.

2. Difundir las becas disponibles.

3. Seleccionar al personal policial que debe participar en las becas ofertadas, para lo que debe:

a. Revisar los Legajos del personal PNP postulante.

b. Formular el cuadro de mérito respectivo aplicando los factores y/o valores establecidos en el presente Manual.

c. Remitir a la Dirección General de la Policia Nacional del Perú el informe correspondiente, adjuntando el cuadro de mérito formulado de acuerdo a las normas establecidas en el presente Manual.

E. De las Funciones de los Integrantes del Comité de Becas

1. Del Presidente

a. Cumplir y hacer cumplir el presente manual

b. Presidir las sesiones del comité

c. Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias

d. Disponer con el Secretario del Comité, la agenda para cada

e. sesión

f. Disponer las comunicaciones que sea menester despachar en

g. cumplimiento a los acuerdos del comité

h. Representar al comité ante cualquier autoridad

i. Hacer uso del voto dirimente en caso necesario

2. De los Miembros del Comité

a. Asistir puntualmente a las sesiones del comité y participar en las deliberaciones para el mejor logro de los acuerdos

b. Aprobar o desaprobar las mociones sometidas a consideración, fundamentando, si es necesario su posició

c. Opinar sobre los aspectos relacionados con las funciones del comité

d. Velar para que se cumplan los acuerdos del comité, así como el presente reglamento

3. Del Secretario del Comité

a. Citar a sesiones ordinarias y/o extraordinarias, según los acuerdos del comité o a lo dispuesto por la mayoría de sus integrantes

b. Redactar el acta de cada sesión, dando cumplimiento a todos los acuerdos adoptados en sesión

c. Llevar debidamente ordenado, el archivo del comité

d. En coordinación con el Presidente, preparar la agenda a desarrollar en la sesión

CAPÍTULO VI

PROCEDIMIENTOS GENERALES PARA LA ADJUDICACIÓN DE BECAS

A. De la Convocatoria

1. La Sub Dirección Académica de la DIREDUD informarà al Comitè la oferta de becas de capacitación, y proyectará la convocatoria conteniendo los requisitos y el cronograma de postulación. La convocatoria de becas será presentada al Comité de Becas para su aprobación.

2. Aprobada la convocatoria, ésta se publicarà en la página web de la Policía Nacional del Perú.

B. La convocatoria contendrá:

1. Los requisitos y condiciones en que se otorgarán las becas.

2. El número de becas por otorgarse.

3. Período que cubren las becas,

4. Fecha, hora y lugar para la presentación de la documentación.

5. Los requisitos que deben cumplir los candidatos a becario.

C. Sólo serán consideradas las solicitudes de los postulantes que diligencien y remitan oportunamente al

D. Sub Dirección Académica de la DIREDUD la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.

E. La documentación presentada por los postulantes será recibida por el Sub Dirección Académica de la DIREDUD, el cual procederá a la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria y elaborará el cuadro consolidado de postulantes, remitiéndolo al Comité de Becas con no menos de tres (3) días de anticipación a la fecha en que se tiene prevista la evaluación.

F. El Presidente del Comité de Becas convocará a sesión de sus miembros, quienes procederán a la evaluación y pre-selección según los Criterios para la Evaluación de Postulantes establecidos en coordinación con la entidad cooperante.

G. El Secretario prepararà el Cuadro de Orden de Mérito y el Acta de Pre-Selección de Postulantes.

H. El Comité de Becas remitirà a la Dirección General el resultado del procesa de Selección de postulantes, debidamente sustentado, para su aprobación y expedición de la Resolución de autorización respectiva.

I. La Dirección General, a través del Sub Dirección Académica de la DIREDUD, dispondrá la publicación del Cuadro de Mérito de Final, a través de la página web de la Policía Nacional del Perú.

CAPÍTULO XX

PROCEDIMIENTOS ESPECÍFICOS PARA LA ADJUDICACIÓN DE BECAS

A. BECAS PARA CURSOS EQUIVALENTES AL INAEP

1. El Director General de la Policía Nacional del Perú, con opinión del Director de la DIREDUD, autorizará la participación de los Coroneles Policia Nacional del Perú en calidad de becarios en los cursos que se desarrollan en las Escuelas Policiales del extranjero o en el CAEN que sean equivalentes al PIACIP.

2. La Comité de Becas elegirá como becarios para participar en el Curso de Defensa Nacional y Orden Interno del Centro de Altos Estudios Nacionales o equivalentes del extranjero, a los Oficiales Superiores que hayan ocupado el primer quinto dentro del cuadro de mérito de ingreso al PIACIP-INAEP, siendo cubierto sus puestos por los Oficiales Superiores que continúen en el cuadro de merito final, siempre y cuando se encuentren aprobados.

3. Los Coroneles PNP designados para participar como becarios en el Curso de Defensa Nacional y Orden Interno del Centro de Altos Estudios Nacionales o equivalentes del extranjero, podrán desistir voluntariamente, cediendo su vacante al que le sigue en estricto orden de mérito.

B. BECAS PARA CURSOS EQUIVALENTES AL COEM, CAС У СВТ

1. La Dirección General de la Policía Nacional del Perú, con opinión de la Escuela Superior de Policía, autorizará la participación de Oficiales Policia Nacional del Perú en calidad de becarios en los cursos que desarrollan Escuelas Policiales del extranjero o en los Centros Superiores de la Fuerzas Armadas del Perú, que sean equivalentes al COEM, CAC y CBT que se dictan en la ESUPOL.

2. Los Oficiales designados para participar como becarios en los Cursos que sean equivalentes al COEM, CAC Y CBT que se dictan en la ESUPOL equivalentes del extranjero, podrán desistir voluntariamente, cediendo su vacante al que le sigue en estricto orden de mérito.

3. Participarán en el proceso de selección los Oficiales de la Policia Nacional del Perú que hayan ocupado el primer quinto dentro del cuadro de mérito de ingreso al COEM, CAC y CBT, correspondiente al proceso de admisión del año del concurso.

4. Los Oficiales Policia Nacional del Perú sólo podrán participar en el proceso de selección para seguir cursos equivalentes al COEM, CAC o CBT, que se realicen en el país o extranjero, el año que postularon y/o ingresaron a la ESUPOL, más no en los procesos de selección de años posteriores.

5. La Comité de Becas formulará el cuadro de mérito de conformidad a los factores establecidos tabla valorativa especificada en el anexo xx

C. BECAS PARA CURSOS DE CAPACITACION Y ESPECIALIZACION

1. La Comité de Becas seleccionara Oficiales Policías y de Servicios, Suboficiales y Especialistas, para que en estricto orden de mérito participen en calidad de becarios en los diferentes cursos de capacitación y especialización a seguirse en el país o en el extranjero.

2. Participarán en los procesos de selección los Oficiales Policías y de Servicios, Suboficiales y Especialistas, que presten servicios en Unidades donde sean aplicados los conocimientos por adquirirse.

3. Existen los siguientes impedimentos para acceder a esta clase de Becas:

a. Registrar en los dos (02) años anteriores más de 30 días de arresto simple o haber sido sancionado con arresto de rigor.

b. Tener en los dos últimos años un promedio de calificación anual de 98.00 o menos para Oficiales y 82.00 o menos para Suboficiales y Especialistas.

c. Registrar sentencia con pena privativa de la libertad durante los dos últimos años.

d. Haber sido favorecido con una beca en los últimos dos (02) años.

e. Haber pasado a la situación de disponibilidad en los últimos seis años a la postulación a la beca.

f. Estar sometido a proceso disciplinario.

g. Haber sido desaprobado por deficiencia académica en cursos institucionales o de becas otorgadas.

h. Haber sido desaprobado en los exámenes de admisión a los cursos de la ESUPOL, Cursos de Capacitación y Especialización.

I. Haber tenido licencia por más de sesenta días en los últimos dos años.

J. Haber sido sometido a la ley 12633 por más de cuatro periodos dentro de los dos últimos años anteriores a la postulación de la beca.

D. BECAS PARA CURSOS DE FORMACIÓN

1. La Dirección General de la Policia Nacional del Perú, con opinión de la Escuela de Formación pertinente, autorizará la participación de Cadetes y/o Alumnos en calidad de becarios en las Escuelas de Formación del extranjero equivalentes.

2. Participarán en el proceso de selección los Cadetes y/o Alumnos de la Policia Nacional del Perú que hayan ocupado el primer décimo de su promoción, como resultado del promedio de las notas obtenidas hasta el momento del proceso de selección.

3. Se formulará el Cuadro de Mérito de conformidad a lo establecido en la Tabla Valorativa indicada en el anexo xx

CAPÍTULO XXX

DEL MONITOREO, CONTROL DE RÉPLICAS Y OBLIGACIONES DEL BECARIO

A. El Sub Dirección Académica de la DIREDUD hará el monitoreo y control de las réplicas por parte de los becarios, así como la evaluación de resultados e impacto del programa.

B. Son obligaciones del becario:

1. Cumplir con las normas educativas del curso y/o de la institución académica que lo ofrece, mantener la calidad de alumno regular y aprobar y obtener la certificación correspondiente.

2. Informar periódicamente a la DIREDUD sobre el desarrollo del curso o programa que realiza.

3. Presentar el Informe Final de su participación al Sub Dirección Académica de la DIREDUD.

4. Entregar a la Biblioteca de la DIREDUD un ejemplar del trabajo final que haya realizado.

5. Replicar los conocimientos adquiridos como resultado de la capacitación con la que fue beneficiado, participando en la oportunidad y modalidad que le sea requerida.

C. De la Presentación de Informes

1. En conformidad con lo indicado en el Artículo XX del presente Manual, el becario, dentro de los treinta (30) días posteriores a la culminación de la beca, entregará al Comité de Becas el Informe Final que resuma los conocimientos adquiridos en su capacitación.

2. El Informe Final deberá contener como mínimo: la denominación del evento, lugar, fecha, auspiciador, objetivo y metodología del curso, temario general, evaluación personal del curso, apreciación y sugerencias viables de aplicarse en la Policia Nacional del Perú y copia fedateada del Certificado o Diploma.

3. En caso de no presentar dicha documentación en el plazo señalado, el becario quedará inhabilitado para postular a otra beca y convalidar el curso si fuere el caso.

CAPITULO XXXX DE LA COOPERACIÓN TÉCNICA Y BECAS

La Sub Dirección Académica de la DIREDUD se encargará de efectuar los contactos con instituciones académicas y/o técnicas de primer nivel que oferten becas e invitaciones para la participación en eventos o actividades de carácter académico que favorezcan al Personal Policial.

CAPITULO VIII DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

A. Los gastos que ocasionen el traslado, permanencia y otros de los Oficiales Policia Nacional del Perú que sean acreedores a una invitación o beca para estudiar en Centros Superiores de las Fuerzas Armadas del País o Centros de Estudios Policiales en el extranjero, correrán por cuenta del Estado Peruano, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal y de conformidad a la normatividad vigente.

B. El Oficial Policía Nacional del Perú seleccionado para participar en un curso equivalente al COEM, CAC y CBT que se realicen en el país o el extranjero podrá desistir voluntariamente de seguirlo antes de su incorporación, por motivo justificado. La vacante será cubierta siguiendo el estricto orden del cuadro de mérito respectivo, en este caso, por el Oficial Policía Nacional del Perú que ocupa el puesto inmediato al último seleccionado para seguir un curso en el país o en el extranjero, y así sucesivamente si se presentase varios desistimientos.

C. Las situaciones especiales que no se encuentren contempladas en el presente Manual, serán resueltas aplicando los principios de legalidad, imparcialidad, justicia y equidad.

D. Los postulantes que valiéndose de influencias y/o actos ilegales, pretendan beneficiarse durante el proceso, serán sometidos a una investigación, quedando eliminados del concurso de comprobarse su participación en dichos actos, estableciéndose las medidas disciplinarias correspondientes.

E. Los Oficiales de la Policía Nacional del Perú, que habiendo sido autorizados a seguir cursos de perfeccionamiento en el país o el extranjero y que concluyan en forma satisfactoria los estudios respectivos, podrán convalidarlos con los cursos que desarrolla la Escuela o el Instituto correspondiente, según corresponda, teniendo en cuenta los requisitos establecidos en el Manual de Régimen de Educación respectivo.

F. Si el Oficial de la Policía Nacional del Perú ocupa un lugar de excelencia dentro del primer quinto del cuadro de mérito (de egreso general) correspondiente al curso que ha seguido en la Escuela Policial del extranjero o en el Centro Superior de las Fuerzas Armadas del Perú, también podrá solicitar se le otorgue el puntaje respectivo por haber alcanzado primer quinto de las Escuelas respectivas.

ΑΝΕΧΟ N°01

DEFINICION DE TERMINOS

TABLA VALORATIVA

A. Para la formulación del cuadro de mérito, se tendrà en cuenta los siguientes factores de evaluación:

1. Factor Ingreso ESUPOL (F.IE) (Coeficiente (2.5))

La puntuación del presente Factor se obtendrá multiplicando la nota obtenida por el Oficial en el cuadro de ingreso al COEM, CAC O CBT.
por el coeficiente dos punto cinco (2.5)

2. Factor Formación Académica y Profesional (F.FA y P) (Coeficiente uno (01))

a. Curso de Perfeccionamiento

CAC                                           05 Ptos

CBT                                            05 Ptos

1er quinto CAC                            04 Ptos

1er quinto CBT                            04 Ptos

1er quinto (EO-PNP)                    04 Ptos.

b. Curso de Capacitación y Especialización Profesional
Máximo 3 (2 Ptos. c/u)                         06 Ptos.

c. Estudios Universitarios

Grado Académico de Doctor                   06 Ptos.

Grado Académico de Magíster                 05 Ptos.

Titulo Universitario                                 04 Ptos.

Grado Académico de Bachiller (no se considera el otorgado por la PNP)                               03 Ptos.

d. Profesorado como Oficial

24 meses o más                                    04 Ptos.

De 18 a 23 meses.                                 03 Ptos.

De 11 a 17 meses                                  02 Ptos.

De 06 a 10 meses                                  01 Ptos.

e. Condecoraciones

Esfuerzo Intelectual (Sólo una)                   03 Ptos.

3. Factor Moral y Disciplina (F.MyD) (Coeficiente uno (01))

La puntuación básica asignada para todos los  postulantes es de 100 (CIEN) puntos, de esta puntuación se disminuirá los valores asignados por los aspectos siguientes:

Por cada dia o hora de Arresto Simple     0.5 Ptos.

Por cada correctivo                                0.5 Ptos.

Por cada hora de Arresto de Rigor           3.0 Ptos.

 

DE LA FORMULACIÓN DEL CUADRO DE MÉRITO

1. El cuadro de mérito es el resultante de la evaluación de los factores, cuya nota final (NF) en escala centesimal, se obtendrá mediante la aplicación de la fórmula siguiente:

NF = (F.IEx2.5) + (F.FAYP x 1) + (F.MyDx1) x0.5

2. Ante igualdad de nota entre dos ó más Oficiales Policia Nacional del Perú prevalece el grado y/o la antigüedad de los mismos, cuya verificación se efectuará en el Escalafón de Oficiales Policia Nacional del Perú del año del proceso.

3. En caso de existir reclamos por parte de los Oficiales de la Policía Nacional del Perú, estos deberán ser presentados mediante solicitud fundamentada a la mesa de partes de la DIREDUD, dirigida al Gral. Policía Nacional del Perú Director de Educación y Doctrina de la Policía Nacional del Perú, dentro de las VEINTICUATRO (24) horas de la publicación del cuadro de mérito en cuestión, las peticiones deberán ser resueltas, en el plazo de SETENTA Y DOS (72) horas, mediante RD del DIRGEN-Policia Nacional del Perú.

a. La DIREDUD-Policía Nacional del Perú recibirá las solicitudes de petición, realizará las verificaciones del caso y ejecutará las acciones respectivas para que los Oficiales Policia Nacional del Perú sean nombrados por la DIRGEN-Policía Nacional del Perú como becarios o invitados de los cursos correspondientes, respetando su petición y selección del curso (en el país o en el extranjero), en estricto orden de prelación, según el puesto que hayan ocupado en el cuadro de mérito correspondiente.

ΑΝΕΧΟ 02

TABLA VALORATIVA PARA OFICIALES

A. Para la formulación del cuadro de mérito, se tendrá en cuenta los siguientes factores de evaluación:

1. Factor Examen de Ingreso (F.E.I) (Coeficiente (2.5))
La puntuación del presente Factor se obtendrá multiplicando la nota obtenida por el Oficial en el cuadro de ingreso al Curso al que se postula, por el coeficiente dos punto cinco (2.5)

2. Factor Formación Académica y Profesional (F.FA y P) (Coeficiente uno (01))

a. Curso de Perfeccionamiento

COEM                           05 Ptos

CAC                             05 Ptos

CBT                             05 Ptos

1er quinto COEM           04 Ptos

1er quinto CAC             04 Ptos

1er quinto CBT             04 Ptos

1er quinto (EO-PNP)      04 Ptos

b. Curso de Capacitación y Especialización Profesional
Máximo 3 (2 Ptos. c/u)                          06 Ptos.

C. Estudios Universitarios

Grado Académico de Doctor                    06 Ptos.

Grado Académico de Magíster                 05 Ptos.

Titulo Universitario                                 04 Ptos.

Grado Académico de Bachiller (no se        03 Ptos.
considera el otorgado por la PNP)

d. Profesorado como Oficial

24 meses o más                         04 Ptos.

De 18 a 23 meses                      03 Ptos.

De 11 a 17 meses                      02 Ptos.

De 06 a 10 meses                      01 Pto.

e. Condecoraciones

Esfuerzo Intelectual (Sólo una)               03 Ptos.

Tiempo de servicios (Cada una)              3 Ptos.

Acción Distinguida (Cada una)                03 Ptos

3. Factor Moral y Disciplina (F.MyD) (Coeficiente uno (01))

La puntuación básica asignada para todos los postulantes es de 100 (CIEN) puntos, de esta puntuación se disminuirá los valores asignados por los aspectos siguientes:

Por cada dia o hora de Arresto Simple       0.5 Ptos.

Por cada correctivo                                  0.5 Ptos.

Por cada hora de Arresto de Rigor             3.0 Ptos.

ANEXO 03

TABLA VALORATIVA PARA SUBOFICIALES Y ESPECIALISTAS

A. Para la formulación del cuadro de mérito, se tendrá en cuenta los siguientes factores de evaluación:

1. Factor Examen de Ingreso (F.E.I) (Coeficiente (2.5))
La puntuación del presente Factor se obtendrá multiplicando la nota obtenida por el Oficial en el cuadro de ingreso al Curso al que se postula, por el coeficiente dos punto cinco (2.5)

2. Factor Formación Académica y Profesional (F.FA y P) (Coeficiente uno (01))

1er quinto en la Escuela Técnico Superior 05 Ptos.

3. Curso de Capacitación y Especialización Profesional
Máximo 3 (2 Ptos. c/u)                            06 Ptos.

4. Estudios Universitarios

Grado Académico de Doctor            06 Ptos.

Grado Académico de Magíster          05 Ptos.

Titulo Universitario                         04 Ptos.

Grado Académico de Bachiller (no se 03 Ptos.
considera el otorgado por la PNP)

5. Profesorado

24 meses o más                             04 Ptos.

De 18 a 23 meses                           03 Ptos.

De 11 a 17 meses                           02 Ptos.

De 06 a 10 meses                           01 Pto.

6. Condecoraciones

Esfuerzo Intelectual (Sólo una)            03 Ptos.

Tiempo de servicios (Cada una)            03 Ptos

Acción Distinguida (Cada una)              03 Ptos.

7. Factor Moral y Disciplina (F.MyD) (Coeficiente uno (01))

La puntuación básica asignada para todos los postulantes es de 100 (CIEN) puntos, de esta puntuación se disminuirá los valores asignados por los aspectos siguientes:

Por cada dia o hora de Arresto Simple          0.5 Ptos.

Por cada correctivo                                     0.5 Ptos.

Por cada hora de Arresto de Rigor                3.0 Ptos.

DE LA FORMULACIÓN DEL CUADRO DE MERITO

1. El cuadro de mérito es el resultante de la evaluación de los factores, cuya nota final (NF) en escala centesimal, se obtendrá mediante la aplicación de la fórmula siguiente:

NF= [(F.E.I x 2.5) + (F.FAYP x 1) + (F.MyD x 1)] x

2. Ante igualdad de nota entre dos ó más Oficiales prevalece el grado y/o la antigüedad de los mismos, cuya verificación se efectuará en el Escalafón de Oficiales Policía Nacional del Perú del año del proceso.

3. En caso de existir reclamos por parte de los Oficiales Policia Nacional del Perú estos deberán ser presentados mediante solicitud fundamentada a la mesa de partes de la DIREDUD, dirigida al Gral. Policia Nacional del Perú Director de Educación y Doctrina de la Policia Nacional del Perú dentro de las VEINTICUATRO (24) horas de la publicación del cuadro de mérito en cuestión; las peticiones deberán ser resueltas, en el plazo de SETENTA Y DOS (72) horas, mediante RD del DIRGEN-Policia Nacional del Perú.

DE LA FORMULACIÓN DEL CUADRO DE MÉRITO

4. El cuadro de mérito es el resultante de la evaluación de los factores, cuya nota final (NF) en escala centesimal, se obtendrá mediante la aplicación de la fórmula siguiente:

NF= [(F.E.I x 2.5) + (F.FAYP x 1) + (F.MyD x 1) x Ff  0.5

5. Ante igualdad de nota entre dos ó más Oficiales prevalece el grado y/o la antigüedad de los mismos, cuya verificación se efectuará en el Escalafón de Oficiales Policía Nacional del Perú del año del proceso.

6. En caso de existir reclamos por parte de los Oficiales Policia Nacional del Perú, estos deberán ser presentados mediante solicitud fundamentada a la mesa de partes de la DIREDUD, dirigida al Gral. Policia Nacional del Perú Director de Educación y Doctrina de la Policia Nacional del Perú dentro de las VEINTICUATRO (24) horas de la publicación del cuadro de mérito en cuestión; las peticiones deberán ser resueltas, en el plazo de SETENTA Y DOS (72) horas, mediante RD del DIRGEN-Policia Nacional del Perú.

ANEXO

Para la formulación del cuadro de mérito, se tendrá en cuenta los siguientes factores de evaluación:

1. Factor Rendimiento Académico (F.R.A) (Coeficiente 4)

2. Factor Moral y Disciplina (F.MyD) (Coeficiente 4)

3. Factor Entrevista Personal (F.E.P.) (Coeficiente 2)

NF = (F.R.A x 4) + (F.MyD x 4) + (F.E.P x 2) /10

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