[Tabla de Infracciones] Mediante el DS N° 016-2025-IN, se aprobó la nueva Tabla de Infracciones de la Ley del Régimen de Disciplinario de la PNP. Código de infracción L-92.– CONTRA EL SERVICIO POLICIAL.
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INFRACCIÓN L-92
L-92 | Disponer la realización de actividades ajenas a la función policial o aceptar su ejecución en instalaciones policiales, salvo causa justificada. | De 8 a 10 días de Sanción Simple |
| ELEMENTOS CONFIGURATIVOS: Se requiere para su configuración la verificación de uno de los siguientes presupuestos: (i) Que, el efectivo policial acepte la ejecución de actividades ajenas a la función policial. (ii) Que, el desarrollo de estas actividades se produzca dentro de instalaciones policiales. |
JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL
- L-92. «Permitir que un efectivo policial en retiro visite a un detenido, teniendo en conocimiento el grado de enemistad; es una actividad ajena en las instalaciones policiales» Clic aquí: https://jurispol.pe/u4i4
- L-92. «Para la configuración del primer presupuesto, se requiere que el administrado participe en la intervención policial y se registren diligencias a la función policial» Clic aquí: https://jurispol.pe/v5ij




