L-102: Infracción leve del régimen disciplinario de la PNP [Ley 30714]

[Tabla de Infracciones] Mediante el DS N° 016-2025-IN, se aprobó la nueva Tabla de Infracciones de la Ley del Régimen de Disciplinario de la PNP. Código de infracción L-102. CONTRA LA IMAGEN INSTITUCIONAL. 


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Infracción L-102. Sanción Leve del Régimen Disciplinario PNP Ley 30714

INFRACCIÓN L-102

L-102

Incumplir obligaciones alimentarias.De 8 a 10 días de Sanción Simple

 

ELEMENTOS CONFIGURATIVOS: Se requiere para su configuración la verificación de uno de los siguientes presupuestos:

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(i) Que, el efectivo policial Incumpla sus obligaciones familiares alimentarias.

 

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL

  • L-102. «La pensión de alimentos rige desde el día siguiente a la notificación de la demanda; por ello, el cargo del juzgado es necesario para determinar si el investigado incurrió en la infracción por incumplimiento de obligaciones alimentarias» Clic aquí: https://jurispol.pe/m54o
  • L-102. «El efectivo policial detenido por deuda alimentaria que cancela las pensiones devengadas y regulariza su situación jurídica queda exento de responsabilidad administrativa» Clic aquí: https://jurispol.pe/1j3g
  • L-102. «Si no existe sentencia firme que declare las obligaciones alimenticias, no se puede confirmar el incumplimiento de las mismas» Clic aquí: https://jurispol.pe/df80
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