[Tabla de Infracciones] Mediante el DS N° 016-2025-IN, se aprobó la nueva Tabla de Infracciones de la Ley del Régimen de Disciplinario de la PNP. Código de infracción L-102.– CONTRA LA IMAGEN INSTITUCIONAL.
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INFRACCIÓN L-102
L-102 | Incumplir obligaciones alimentarias. | De 8 a 10 días de Sanción Simple |
| ELEMENTOS CONFIGURATIVOS: Se requiere para su configuración la verificación de uno de los siguientes presupuestos: (i) Que, el efectivo policial Incumpla sus obligaciones familiares alimentarias. |
JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL
- L-102. «La pensión de alimentos rige desde el día siguiente a la notificación de la demanda; por ello, el cargo del juzgado es necesario para determinar si el investigado incurrió en la infracción por incumplimiento de obligaciones alimentarias» Clic aquí: https://jurispol.pe/m54o
- L-102. «El efectivo policial detenido por deuda alimentaria que cancela las pensiones devengadas y regulariza su situación jurídica queda exento de responsabilidad administrativa» Clic aquí: https://jurispol.pe/1j3g
- L-102. «Si no existe sentencia firme que declare las obligaciones alimenticias, no se puede confirmar el incumplimiento de las mismas» Clic aquí: https://jurispol.pe/df80




