G-71: Infracción grave del régimen disciplinario de la PNP [Ley 30714]

[Tabla de Infracciones] Mediante el DS N° 016-2025-IN, se aprobó la nueva Tabla de Infracciones de la Ley del Régimen Disciplinario de la PNP. Código de infracción G-71.– CONTRA LA IMAGEN INSTITUCIONALL. 


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Infracción G-71. Sanción grave del Régimen Disciplinario PNP Ley 30714

INFRACCIÓN G-71

G-71

Agredir físicamente al personal de la Policía Nacional del Perú, causando lesiones leves, salvo en legítima defensa; o causar daños materiales a sus bienes por un monto superior al 50% de la UIT.De 10 a 15 días de Sanción de Rigor

 

ELEMENTOS CONFIGURATIVOS: Se requiere para su configuración la verificación de uno de los siguientes presupuestos:

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(i) Que, el efectivo policial, agreda físicamente al personal de la Policía Nacional del Perú, causando lesiones leves, salvo en legítima defensa.

(ii) Que, el efectivo policial, agreda físicamente al personal de la Policía Nacional del Perú, causando daños materiales a sus bienes por un monto superior de 50% de la UIT.

 

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL

  • G-71. «Confirmación de la sanción por infracciones muy graves debidamente acreditadas» Clic aquí: https://jurispol.pe/ionv
  • G-71. «Ratificación de sanción disciplinaria al haberse acreditado infracciones muy graves» Clic aquí: https://jurispol.pe/ayo5
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