Disposiciones Complementarias Transitorias – Primera de la Ley 30714. Aplicación de la norma en el tiempo

[Régimen Disciplinario de la PNP] En virtud de la Ley 30714, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Régimen Disciplinario, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente la Disposición Complementaria Transitoria Primera de la Ley 30714. APLICACIÓN DE LA NORMA EN EL TIEMPO.


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DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS

PRIMERA. APLICACIÓN DE LA NORMA EN EL TIEMPO

PRIMERA

Los procedimientos administrativo-disciplinarios iniciados antes de la vigencia de la presente ley continuarán rigiéndose por la ley que dio inicio al procedimiento administrativo-disciplinario, salvo las normas contenidas en esta ley favorezcan al investigado.

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CORTE SUPREMA

  • «Debe aplicarse la norma más favorable que reconozcan más beneficios o ventajas para el trabajador; optar lo contrario, implicaría desconocer el carácter tuitivo impregnado en el Derecho Laboral peruano.» Casación N° 4616-2017-DEL SANTAClic aquí: https://jurispol.pe/1inp

TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL

  • Acuerdo de Sala Plena N° 001-2025: «Criterios para la aplicación de la norma posterior más favorable, sobre el DS 016-2025-IN que modifica el Reglamento de la Ley 30714.» Clic aquí: https://jurispol.pe/ikh7

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