|Directiva PNP| La Comandancia General de la PNP, mediante la RCG N°. 443-2025-CG PNP/COMOPPOL, de fecha 05 de junio de 2025, aprobó «Directiva de Lineamientos para la emisión de la licencia de conducir policial electrónica, por primera vez, por renovación, por reactivación, por duplicado, por recategorización y actualización en el grado, en el sistema informático de licencias policiales (SILP) de la PNP»
Lee también:
- Corte Suprema: Suboficiales si pueden conducir vehículos particulares con brevete Militar [Casación 21464-2023-LIMA]
- Directiva para la asignación y uso de vehículos policiales [RD 287-2017-DIRGEN/SUB.DG-PNP]
- Cartilla temática PNP 265-2022 Uso de vehículos Policiales
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 166° de la Constitución Política del Perú establece que la Policía Nacional del Perú tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y del privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras; asimismo el artículo 168 de la carta magna establece que las leyes y reglamentos respectivos determina la organización, las funciones, las especialidades, la preparación y el empleo; y norman la disciplina de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional;
Que el artículo I del Título Preliminar del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que dicha norma regula la estructura, organización, competencias, funciones y atribuciones de la Policía Nacional del Perú, así como sus regímenes especiales; asimismo, el artículo II define a la Institución Policial como una Institución del Estado con calidad de órgano ejecutor, que depende del Ministerio del Interior, con competencia administrativa y autonomía operativa para el ejercicio de la función policial en todo el territorio nacional, en el marco de lo previsto en el artículo 166 de la Constitución Política del Perú;
Que, el artículo 9º del Decreto Legislativo Nº 1267, modificado por el Decreto Legislativo N° 1604, Ley de la Policía Nacional del Perú, señala que la Comandancia General es el órgano de Comando de más alto nivel de la Policía Nacional del Perú, encargado de planificar, organizar, dirigir y supervisar el desarrollo de la gestión administrativa y operativa de la Policía Nacional del Perú para el ejercicio de la función policial en todo el territorio nacional;
Que, el primer párrafo del artículo 10º del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, modificado por el Decreto Legislativo N° 1604 determina que el Comando de Operaciones Policiales de la Policía Nacional del Perú, es el órgano encargado de planificar, coordinar, formular, comandar, supervisar, ejecutar y evaluar las operaciones policiales de orden y seguridad e investigación criminal con competencia a nivel nacional;
Que, la presente directiva tiene por finalidad la automatización del proceso de emisión de licencias digitales, mejorando la eficiencia administrativa y facilitar la tramitación remota, asegurando la trazabilidad, transparencia y la correcta validación de los documentos emitidos;
Que, mediante Directiva Nº 19-2021-COMGEN PNP/SECEJE-DIRPLAINS-DIVMDI, aprueba «Lineamientos aplicables para la formulación, aprobación o modificación de dispositivos legales y documentos normativos u orientadores de la Policía Nacional del Perú»;
Que, mediante Informe Nº 210-2025-SECEJE-PNP/DIRPLAINS-DIVMDI del 02 de abril de 2025, la División de Modernización y Desarrollo Institucional de la Dirección de Planeamiento Institucional de la Policía Nacional del Perú, concluye que el proyecto de «Directiva de Lineamientos para la emisión de la licencia de conducir policial electrónica, por primera vez, por renovación, por reactivación, por duplicado, por recategorización y actualización en el grado, en el sistema informático de licencias policiales (SILP) de la Policía Nacional del Perú», resulta viable;
Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión Nº 352-2025- EMG PNP/DIRINVGESCON-DIVDIAANPRO del 09 de mayo de 2025, emitido por la División de Investigación y Gestión del Conocimiento del Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú, opina que resulta viable, la propuesta del proyecto de «Directiva de Lineamientos para la emisión de la licencia de conducir policial electrónica, por primera vez, por renovación, por reactivación, por duplicado, por recategorización y actualización en el grado, en el sistema informático de licencias policiales (SILP) de la Policía Nacional del Perú»;
Que, mediante Informe N° 35-2025-COMOPPOL-PNP/DIVSEEPI del 15 de mayo de 2025, emitido por la División de Supervisión, Evaluación de Estrategias y Planes institucionales del Comando de Operaciones Policiales, opina que resulta viable aprobar el proyecto de “Directiva de Lineamientos para la emisión de la licencia de conducir policial electrónica, por primera vez, por renovación, por reactivación, por duplicado, por recategorización y actualización en el grado, en el sistema informático de licencias policiales (SILP) de la Policía Nacional del Perú”;
Lo dictaminado por la Dirección de Asesoría Jurídica de la Policía Nacional del Perú, mediante Dictamen Legal Nº 334-2025-SECEJE/DIRASJUR-DIVDJPN del 14 de abril de 2025;
Lo propuesto por el Teniente General de la Policía Nacional del Perú, Jefe del Comando de Operaciones Policiales de la Policía Nacional del Perú, y;
Lo opinado por el Teniente General de la Policía Nacional del Perú, Jefe de Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la «Directiva de Lineamientos para la emisión de la licencia de conducir policial electrónica, por primera vez, por renovación, por reactivación, por duplicado, por recategorización y actualización en el grado, en el sistema informático de licencias policiales (SILP) de la Policía Nacional del Perú», que como anexo forma parte de la presente resolución.
Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial de la Policía Nacional del Perú, el cumplimiento de la presente Resolución.
Artículo 3.- Disponer que el Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú, ejerza el control del cumplimiento de la presente Resolución.
Artículo 4º.- Disponer que la Dirección de Comunicación e Imagen Institucional de la Policía Nacional del Perú y la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, publiquen la presente resolución en la página web de la institución (www.policia.gob.pe), y en el Sistema Integrado de Gestión de la Carrera del personal de la Policía Nacional del Perú (https://sigcpd.polida.gob.pe). respectivamente.
DIRECTIVA Nº -2025-COMOPPOL-DIRNOS-PNP/DIRTTSV-SEC-OELCP
RCG Nº443-2025-CG PNP/COMOPPOL del 05 JUN 2025.
«LINEAMIENTOS PARA LA EMISIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR POLICIAL ELECTRÓNICA, POR PRIMERA VEZ, POR RENOVACIÓN, POR REACTIVACIÓN, POR DUPLICADO, POR RECATEGORIZACIÓN, Y ACTUALIZACIÓN EN EL GRADO, EN EL SISTEMA INFORMÁTICO DE LICENCIAS POLICIALES (SILP) DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ».
I. OBJETO
La presente directiva tiene como objeto establecer los lineamientos, mecanismos de control y normas técnicas necesarias para la emisión,
gestión, validación y control de licencias de conducir digitales a través del Sistema Informático de Licencias Policiales (SILP). Así como garantizar que las licencias se emitan de manera eficiente, segura, y conforme al marco normativo vigente, asegurando la validez legal, autenticidad, integridad y confidencialidad de los documentos generados.
II. FINALIDAD
La presente Directiva tiene como finalidad la automatización del proceso de emisión de licencias digitales, mejorando la eficiencia administrativa y facilitando la tramitación remota asegurando la trazabilidad, transparencia, y la correcta validación de los documentos emitidos.
III. ALCANCE
Las disposiciones contenidas en la presente Directiva son de aplicación y cumplimiento obligatorio para todo el personal de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad que requiera obtener, renovar o actualizar una licencia de conducir en formato digital. Asimismo, abarca a las unidades y dependencias encargadas de la supervisión, emisión, control y auditoría de los lineamientos y documentos digitales generados por el Sistema Informático de Licencias Policiales – SILP.
IV. RESPONSABILIDAD
La Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú (IG-PNP).– Supervisa a nivel nacional el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente Directiva, en el ámbito de su competencia, e investigando y estableciendo la responsabilidad administrativa disciplinaria en caso se detecte la comisión de infracciones al régimen disciplinario en la Policía Nacional del Perú en la expedición, cumplimiento y tramitación de la licencia de conducir policial electrónica, en la plataforma del SILP.
V. BASE LEGAL
5.1 Constitución Política del Perú: Proporciona el marco general de derechos fundamentales y el deber de las instituciones públicas de garantizar el cumplimiento de las leyes.
5.2 Ley N°30714 «Ley que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, modificado por el Decreto Legislativo N°1583”.
5.3 Ley Nº27269 «Ley de Firmas y Certificados Digitales»: Regula la utilización de firmas digitales y certificados electrónicos, garantizando la autenticidad, integridad y valor jurídico de los documentos emitidos electrónicamente.
5.4 Ley N°29733 «Ley de Protección de Datos Personales»: Regula el tratamiento, protección y confidencialidad de los datos personales en el ámbito público y privado.
5.5 Decreto Legislativo Nº 1318 «Ley que Regula la Formación Profesional de la PNP»: Norma que regula los aspectos relacionados con la capacitación y evaluación del personal policial.
5.6 Decreto Legislativo Nº 1267 «Ley de la Policía Nacional del Perú»: Regula las funciones de la PNP y establece el marco normativo que rige sus operaciones.
5.7 Decreto Legislativo Nº 1412 «Ley Marco de Gobierno Digital»: Promueve la transformación digital en el sector público, fomentando la interoperabilidad de los sistemas informáticos y la adopción detecnologías para mejorar la gestión de servicios digitales.
5.8 Decreto Supremo Nº007-2016-MTC «Reglamento Nacional de Emisión de Licencias de Conducir»: Regula la emisión de licencias de conducir en todo el país, aplicable a la PNP.
5.9 Decreto Supremo Nº052-2008-PCM «Reglamento de la Ley de Firmas y Certificados Digitales»: Establece los procedimientos y requisitos para el uso de firmas electrónicas en documentos digitales oficiales.
VI. DISPOSICIONES GENERALES
6.1 Principios que Rigen la Emisión de Licencias Digitales
El proceso de emisión de licencias digitales en el SILP se basa en los siguientes principios fundamentales:
6.1.1 Legalidad: Las licencias digitales emitidas a través del SILP
tienen la misma validez jurídica que las licencias físicas, en virtud de la Ley Nº27269 sobre Firmas y Certificados Digitales. La firma electrónica del Director garantiza la autenticidad y la legalidad del documento emitido, asegurando su reconocimiento en todo el país.
6.1.2 Seguridad de la Información; El SILP emplea mecanismos avanzados de seguridad digital para proteger la información personal y documental de los solicitantes. Los documentos son encriptados y validados mediante firmas electrónicas, lo que garantiza su integridad y autenticidad, evitando alteraciones o falsificaciones.
6.1.3 Trazabilidad y Transparencia; Cada etapa del proceso, desde la solicitud hasta la emisión de la licencia, queda registrada automáticamente en el sistema, permitiendo una trazabilidad completa de las acciones realizadas. Esto facilita la supervisión y auditoría de los trámites, garantizando la transparencia durante todo el proceso.
6.1.4 Eficiencia Administrativa; La digitalización del proceso permite reducir significativamente los tiempos de tramitación, eliminando la necesidad de documentos físicos. El personal de la PNP puede gestionar sus solicitudes de forma rápida y segura, accediendo al SILP desde cualquier lugar autorizado.
6.1.5 Interoperabilidad; El SILP está integrado con otros sistemas clave de la PNP, como el Sistema de Denuncias Policiales (SIDPOL), el Sistema integrado de Gestión de Carrera Policial (SIGCP), la base de datos de la Dirección de Salud Policial (DIRSAPOL) y el Sistema de Licencias de Conducir por Puntos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). Esto asegura que los datos sean consistentes y actualizados automáticamente entre plataformas, lo que facilita la verificación de la información.
6.2 Acceso al Sistema
El acceso al Sistema Informático de Licencias Policiales (SILP) está limitado al personal autorizado mediante su número de CIP y clave de intranet. Este acceso se realiza a través del portal oficial; (Clic aquí) https://sistemas.policia.gob.pe/licenciadigital/login. garantizando que el proceso sea seguro y controlado. Cada acción dentro del sistema es registrada para asegurar la trazabilidad y el control de accesos, lo que previene usos no autorizados de la información.
6.3 Procedimientos de Validación y Firma Electrónica
El SILP opera con un sistema automatizado de validación que revisa la integridad de los documentos subidos, como la ficha médica y el acta de evaluación, antes de que el solicitante complete su solicitud. Una vez validados, los documentos son firmados digitalmente por el solicitante y, posteriormente, por el Director.
Firma Electrónica del Solicitante: El solicitante valida su solicitud mediante la firma digital, utilizando su clave de intranet. Esta firma constituye una declaración jurada que asegura la veracidad de la información proporcionada y la asunción de responsabilidad administrativa.
Firma Electrónica del Director: Tras la revisión de los documentos, el Director procede a firmar digitalmente la licencia, lo que garantiza su validez jurídica y autenticidad.
6.4 Verificación en Línea de Licencias
El SILP ofrece una herramienta de verificación en línea para comprobar la validez de las licencias emitidas, A través del portal https://sistemas,policia,gob,pe/licenciadigital/ConsultaLicencia, cualquier autoridad o entidad interesada puede verificar la autenticidad y vigencia de las licencias digitales emitidas por la PNP, Esta función garantiza la transparencia y permite que las licencias puedan ser validadas en tiempo real por terceros, asegurando la seguridad y autenticidad de los documentos.
VII. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
Para la emisión de las licencias de conducir digitalizadas se han establecido roles que tienen que ser asumidos por las unidades policiales que a continuación se detallan:
7.1 Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicación (DIRTIC): Es responsable del diseño, mantenimiento, soporte técnico y seguridad digital del SILP, así como de la implementación de las firmas electrónicas que garantizan la validez jurídica de las licencias emitidas,
7.2 Dirección de Recursos Humanos (DIRREHUM): Es responsable de conducir y supervisar la administración y gestión del personal policial asignado a los órganos de la Policía Nacional del Perú, dentro del Sistema Integrado de Gestión de la Carrera Policial (SIGCP).
7.3 Dirección de Educación y Doctrina (DIREDDOC): Certifica que los solicitantes hayan cumplido con los cursos de manejo y pruebas requeridas para la obtención, revalidación, reactivación y recategorización de la licencia de conducir policial. Además, valida los programas de capacitación continua.
7.4 Dirección de Tránsito y Seguridad Vial (DIRTTSV): Es la encargada de coordinar y ejecutar el proceso de emisión de licencias digitales. Esta dirección supervisa que los solicitantes cumplan con los requisitos documentales y que los lineamientos sigan la normativa vigente.
7.5 Dirección de Salud Policial (DIRSAPOL): Es la encargada de emitir las constancias de culminación de Fichas de Evaluación Médicas Anual (FEMA) de los solicitantes. Estas fichas son obligatorias para la obtención, revalidación, reactivación y recategorización de la licencia de conducir policial, y su validez se verifica automáticamente en el Sistema Integrado de Gestión de la Carrera Policial.
7.6 Requisitos para la Emisión de Licencias Digitales
7.6.1 Primera Emisión:
-
-
-
-
-
-
- Acta de Evaluación de Manejo expedida por la Unidad Académica de Conductores (UNIACCON) o la Escuela de Motociclismo Policial (ESMOPOL) y/o Instructores/Evaluador adscritos a la secretaría de las Regiones Policiales o Frente Policial.
- Ficha Médica emitida por la Dirección de Salud Policial (DIRSAPOL) que certifique la aptitud psicosomática.
- Declaración Jurada firmada electrónicamente por el solicitante, asegurando que la información proporcionada es veraz.
-
-
-
-
-
7.6.2 Renovación o Reactivación:
-
-
-
-
-
-
- Acta de Evaluación de Manejo vigente.
- Ficha Médica actualizada.
- La licencia podrá renovarse dentro de los 60 días anteriores a la fecha de vencimiento.
-
-
-
-
-
7.6.3 Duplicado (Robo o Pérdida):
-
-
-
-
-
-
- Denuncia Policial registrada en el Sistema de Denuncias Policiales (SIDPOL).
- La solicitud debe incluir la clase y categoría de la licencia en la denuncia, para evitar errores en la emisión del duplicado.
-
-
-
-
-
7.6.4 Recategorización:
-
-
-
-
-
-
- Curso Avanzado de Conductores registrado en el Sistema Integrado de Gestión de Carrera Policial (SIGCP).
- La recategorización solo es aplicable a personal con
licencia vigente, quienes deben registrar su solicitud en el sistema. - En caso de que el curso no esté registrado en SIGCP, no se podrá procesar el trámite.
-
-
-
-
-
7.6.5 Actualización de Grado:
-
-
-
-
-
-
- Grado actualizado en el Sistema Integrado de Gestión de Carrera Policial (SIGCP).
- El solicitante debe registrar la solicitud de actualización en el SILP, y se valida automáticamente con los datos del SIGCP.
- El trámite de actualización de grado solo es posible si el grado ya ha sido registrado en el sistema; de lo contrario, no se puede procesar el trámite.
-
-
-
-
-
7.7 Procedimiento para la Solicitud de Licencias
7.7.1 Acceso al Sistema: El personal PNP ingresará al SILP con su número de CIP y clave intranet, seleccionando el tipo de trámite a realizar (primera emisión, renovación, duplicado).
7.7.2 Carga de Documentos: El sistema requiere que el solicitante suba los documentos en formato PDF, incluyendo la ficha médica y el acta de evaluación. Estos documentos son validados automáticamente en el sistema, mediante firma digital.
7.7.3 Validación y Firma Electrónico: El solicitante debe validar su solicitud mediante la firma digital, utilizando su clave intranet. Esta acción constituye una declaración jurada sobre la veracidad de la información proporcionada.
7.7.4 Revisión por el Evaluador: El revisor asignado lleva a cabo una verificación exhaustiva de la validez y autenticidad de los documentos presentados por el solicitante. Si se detecta observaciones o inconsistencias, el sistema generará una notificación automática al solicitante, quien deben subsanar los errores o completar la información requerida en un plazo máximo de 15 días calendario. Este proceso garantiza que la revisión sea eficaz y que el solicitante tenga la oportunidad de corregir cualquier inconveniente de manera oportuna.
7.7.5 Aprobación Final y Verificación en Línea: Una vez que los documentos hayan sido revisados y aprobados, el Director procede a la firma digital de la licencia, completando el proceso. La licencia se encuentra disponible para descarga inmediata a través del portal del SILP (https://sistemas.policia.gob.pe/licenciadigital/login). Además, la licencia se verifica en línea a través del portal https://sistemas.policia.gob.pe/licenciadigital/ConsultaLicencia, lo que permite a terceros validar su autenticidad y vigencia en tiempo real.
VII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
8.1 Auditoría y Seguimiento
La Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú lleva a cabo
auditorías sobre el funcionamiento del SILP, para garantizar que los lineamientos se realicen conforme a lo establecido en esta directiva y asegurar la integridad de los datos.
8.2 Actualización de la Directiva
Cualquier modificación o actualización de esta directiva debe ser aprobada por la Comandancia General y publicada en los canales oficiales correspondientes.
8.3 Difusión y Publicación
8.3.1 Difundir y publicar la presente Directiva a todas las unidades PNP y en portal web del Sistema Integrado de Gestión de la Carrera Policial (SIGCP).
8.3.2 A partir del día siguiente de la publicación de la presente Directiva, el personal PNP debe solicitar el cambio de la Licencia de Conducir Policial vigente de formato físico a Electrónico, a fin que registre en la base de datos del Sistema Informático de Licencias Policiales (SILP).
8.3.3. Para la correcta aplicación de la presente Directiva, se anexa los formatos correspondientes y el Manual de Usuario, que forma parte de la misma.
8.4 Sistema Informático de Licencias de Policiales Las licencias de conducir policiales en formato digital que fueron emitidas a través del (SILP) antes de la aprobación de la Directiva son consideradas como válidas.
IX. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS
9.1 Capacitación del Personal
La DIRTTSV organiza, capacita de forma periódica y virtual, al personal de la PNP sobre el uso del (SILP), asegurando el adecuado manejo del sistema y el conocimiento pleno de los lineamientos de solicitud y emisión de licencias digitales.
9.2 Auditorías y Control
Se realiza auditorías internas periódicas para verificar que los lineamientos de emisión de licencias digitales, cumplen con las normativas establecidas, y para garantizar que no haya irregularidades en el uso del SILP.
9.3 Interoperabilidad con Otros Sistemas
El Sistema Informático de Licencias Policiales (SILP) está integrado con otros sistemas de gestión, como el Sistema de Denuncias Policiales (SIDPOL), el Sistema de Gestión de Carrera Policial (SIGCP), la base de datos de la Dirección de Salud Policial (DIRSAPOL) y el Sistema de Licencias de Conducir por Puntos (SLCP) del MTC, para agilizar los trámites y garantizar la interoperabilidad de la información.
X. VIGENCIA
La presente Directiva entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Portal Web del Sistema Integrado de Gestión de la Carrera Policial (SIGCP), administrado por la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú.
XI. ANEXOS
11.1 ANEXO I
Formato de la Licencia de Conducir Policial Electrónica para vehículo
mayor (AUTO), generado por el SILP.
11.2 ANEXO II
Formato de la Licencia de Conducir Policial Electrónica para vehículo
menor (MOTO), generado por el SILP.
11.3ANEXO III
Manual de Usuario del SILP.