Directiva que establece normas para la formulación, aprobación y actualización de los perfiles de puestos en la PNP [Directiva 01-2018-PNP/SECEJE/DIRREHUM-DIVTAHUM]

[Directivas PNP] Mediante la RE N° 267-2018-SECEJE-PNP/SEC, de fecha 29 de octubre de 2018, a través de la Comandancia General de la PNP, se aprobó Directiva 01-2018-PNP/SECEJE/DIRREHUM-DIVTAHUM «Directiva que establece normas para la formulación, aprobación y actualización de los perfiles de puestos en la PNP» ⇒DESCARGA AQUÍ⇐


Lee también:

RESOLUCIÓN EJECUTIVA N° 267-2018-SECEJE-PNP/SEC

VISTO: El Informe N° 044-2018-DIRREHUM-PNP/DIVTAHUM-SEC del 26 de Octubre del 2018, mediante el cual, la División de Talento Humano de la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú recomienda que la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú remita a la Secretaría Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú la Directiva «Normas para la formulación, aprobación y actualización de los perfiles de puestos en la Policía Nacional del Perú.

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CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1267 se aprueba la Ley de la Policía Nacional del Perú cuyo objeto se orienta a establecer y normar la estructura, organización, competencias, funciones y atribuciones de la Institución Policial, así como sus regímenes especiales, y a través de la Primera Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N° 1318 se modificó la naturaleza de la Policía Nacional del Perú como una institución del Estado con calidad de órgano ejecutor que depende del Ministerio del Interior, con competencia administrativa y autonomía operativa para el ejercicio de la función policial en todo el territorio nacional, en el marco de lo previsto en el articulo 166 de la Constitución Política del Perú:

Que, con el Decreto Supremo N° 026-2017-IN se aprueba el reglamento del Decreto Legislativo N° 1267 con la finalidad de establecer y normar la estructura orgánica de la Institución Policial, así como su organización interna y, funciones generales y específicas de los órganos y unidades orgánicas que la conforman;

Que, la Secretaría General del Ministerio del Interior a través de la Resolución N° 108-2018-IN/SG definió a la Policía Nacional del Perú como entidad pública Tipo B para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos

Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Directiva N° 004-2017-SERVIR/GDSRH de Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación de Manual de Perfiles de Puestos aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 312-2017-SERVIR/PE establece que en tanto sean aprobados los formatos de perfiles de puestos adecuados a las carreras especiales por las autoridades competentes en un plazo máximo de TRES (03) años, se aplica el Capitulo III y el Anexo 01 de la misma que se refiere al Diseño de Perfiles de Puestos en regímenes distintos al de la Ley del Servicio Civil,

Que, los Perfiles de Puestos se constituyen como una herramienta de gestión de recursos humanos que provee la información estructurada acerca de la ubicación de un puesto dentro de la estructura orgánica, su objetivo y funciones principales; así como también los requisitos y exigencias que se demandan para que una persona pueda conducirse y desempeñarse adecuadamente dentro de la organización;

Que, mediante Informe N» 148-2018-SECEJE-PNP/DIRPLAINS-DIVMOD del 29 de agosto del 2018, la División de Modernización y Desarrollo Institucional de la Dirección de Planeamiento Institucional de la Policía Nacional del Perú propone la Directiva «Normas para la formulación, aprobación y actualización de los perfiles de puestos en la Policía Nacional del Perú, la misma que establece las normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria sobre la elaboración y aprobación de los perfiles de puestos para los regímenes laborales de la Policía Nacional del Perú para contar con perfiles de puestos ajustados a las necesidades de los servicios que presta la Institución Policial;

Que, mediante el Informe N° 289-2018-DIRREHUM PNP /SEC, de fecha 27 de Octubre de 2018, la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú sugiere la aprobación de la Directiva «Normas para la formulación, aprobación y actualización de los perfiles de puestos en la Policía Nacional del Perú

Que, mediante el Informe N° 047-2018-COMGEN-PNP/SECEJE-SEC-UAT, de fecha 27 de Octubre de 2018, la Unidad de Asesoría Técnica de la Secretaria Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú, emite opinión favorable a la propuesta de directiva;

Que mediante Resolución de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú Nº 041-2018-COMGEN/EMG-PNP de fecha 17 de octubre de 2018, el Comandante General de la Policía Nacional del Perú, delegó en el Secretario Ejecutivo de la Policía Nacional del Perú, la función de aprobar Directivas y Lineamientos de carácter especifico a fin de regular el funcionamiento administrativo de la Institución Policial para la implementación de los Sistemas Administrativos relacionados al Presupuesto, Contabilidad, Tesorería, Abastecimiento y Personal;

Lo propuesto por el Coronel de la Policía Nacional del Perú, Director de la Dirección de Planeamiento Institucional de la Policía Nacional del Perú:

Lo opinado por el General de la Policía Nacional del Perú, Director de la Dirección Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú

SE RESUELVE:

Artículo 1. Aprobar la Directiva «Normas para la formulación, aprobación y actualización de los perfiles de puestos en la Policía Nacional del Perú, la misma que como anexo forma parte de la presente Resolución.

Articulo 3. Encargar a la Dirección Tecnología de la Información y Comunicaciones y la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, la publicación de la presente Resolución en la página web de la Institución Policial (www.pnp.gob) y en el portal web del Sistema Integrado de Gestión de la Carrera (Águila 6), respectivamente.

DIRECTIVA N° 01-2018-PNP/SECEJE/DIRREHUM-DIVTAHUM

RE N° 267-2018-SECEJE-PNP/SEC

NORMAS PARA LA FORMULACIÓN, APROBACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE LOS PERFILES DE PUESTOS EN LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ

I. OBJETO

Establecer las normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria sobre la elaboración y aprobación de los perfiles de puestos para los regímenes laborales de la Policía Nacional del Perú (PNP).

II. FINALIDAD

Contar con perfiles de puestos ajustados a las necesidades de los servicios que presta la PNP a través de su personal que permita gestionar los procesos técnicos del Decreto Legislativo N° 1149 Ley de la Carrera y Situación Policial (DL 1149), y en lo que corresponda a su personal civil bajo los regímenes del Decreto Legislativo N° 276 Carrera Administrativa (DL 276) y el Decreto Legislativo N° 1057 en el marco de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil (LSC).

III. ALCANCE

Las disposiciones contenidas en la presente Directiva son de cumplimiento obligatorio para todos los órganos y/o unidades orgánicas de la Institución Policial contemplados en el Decreto Supremo N° 026-2017-IN Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267 Ley de la Policía del Perú (Reglamento PNP).

IV. RESPONSABILIDADES

4.1 Los órganos y las unidades orgánicas son responsables de elaborar y visar los perfiles de puestos.

4.2 La Dirección de Recursos Humanos (DIRREHUM) brinda el acompañamiento técnico a los órganos y unidades orgánicas en la elaboración de los perfiles; los revisa para asegurar que su contenido sea coherente, que las funciones del puesto se encuentren enmarcadas dentro de las funciones generales de su dependencia, y que no se presente duplicidad; y los aprueba mediante informe favorable.

4.3 La Dirección de Planeamiento Institucional (DIRPLAINS) a través de la División de Modernización y Desarrollo Institucional (DIVMOD) es responsable de emitir opinión favorable en relación a la validación de la coherencia y alineamiento de los perfiles de puestos al Reglamento PNP.

4.4 La DIRREHUM PNP es responsable de la formalización de la incorporación de los perfiles de puestos mediante Resolución de Secretaría Ejecutiva.

V. BASE LEGAL

5.1 Constitución Política del Perú. [Clic aquí]

5.2 Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público.

5.3 Ley N° 30057 Ley del Servicio Civil, modificatorias y Reglamentos.

5.4 Decreto Legislativo N° 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público.

5.5 Decreto Legislativo N° 1057 Decreto Legislativo que regula el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios.

5.6 Decreto Legislativo N° 1149, Ley de la Carrera y Situación Policial y reglamento. [Clic aquí]

5.7 Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú. [Clic aquí]

5.8 Decreto Supremo N° 026-2017-IN, Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú. [Clic aquí]

5.9 Decreto Supremo N° 054-2018-PCM que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado.

5.10 Resolución Ministerial N° 115-2015-IN que aprueba la Directiva N° 02-2015-IN-DGPP «Lineamientos aplicables para la Formulación, Tramitación y Aprobación de Directivas del Ministerio del Interior».

5.11 Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 238-2014-SERVIR/PE que aprueba la Directiva N° 002-2014-SERVIR/GDSRH «Normas para la Gestión del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos en las entidades públicas». 

5.12 Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 312-2017-SERVIR/PE que aprueba la Directiva N° 004-2017-SERVIR/GDSRH «Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Perfiles de Puestos – MPP».

5.13 Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 313-2017-SERVIR/PE que aprueba la «Guía Metodológica para el Diseño de Perfiles de Puestos para entidades públicas, aplicable a regímenes distintos a la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil» y la «Guía Metodológica para la elaboración del Manual de Perfiles de Puestos, aplicable al régimen de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil».

5.14 Resolución de Secretaría General N° 108-2018-IN/SG que define a la Policía Nacional del Perú como entidad pública Tipo B del Ministerio del Interior para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos.

VI. DISPOSICIONES GENERALES

6.1 El Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos cuenta con SIETE subsistemas, entre ellos el Subsistema de organización del trabajo y su distribución, en donde, se definen las características y condiciones del ejercicio de las funciones, así como los requisitos de idoneidad de las personas llamadas a desempeñarlas.

6.2 El Subsistema de organización del trabajo y su distribución tiene dos procesos: Diseño de Puestos y Administración de Puestos.

6.3 El proceso de Diseño de Puestos comprende la descripción y análisis de los puestos identificados y la elaboración de los Perfiles de Puestos.

6.4 Los Perfiles de Puestos se constituyen en un instrumento de gestión del Sistema de Gestión de Recursos Humanos para la Institución Policial que proporciona información técnica valiosa a los procesos técnicos del DL 1149 y los procesos de la LSC relacionada al DL 276 y al DL 1057.

6.5 Entiéndase al Perfil de Puesto como la información estructura respecto de la ubicación de un puesto dentro de la estructura orgánica, misión, funciones, así como también los requisitos y exigencias que demanda para que una persona pueda conducirse y desempeñarse adecuadamente en un puesto. En el ANEXO 1 de la presente Directiva se encuentra el único Formato del Perfil de Puestos a utilizar en la Institución Policial.

6.6 Los procesos técnicos del DL 1149 son Inicio de Carrera, Capacitación, Especialización y Perfeccionamiento, Empleo y Cargo, Evaluación del Desempeño, Incentivos, Ascensos y Término de la carrera.

6.7 Los procesos de la LSC relacionados al DL 276 y al DL 1057 son la Selección, Vinculación, Inducción, Periodo de Prueba, Desplazamiento, Evaluación de Desempeño, Administración de Puestos, Capacitación y Progresión en la Carrera, según corresponda.

6.8 La única referencia de estructura orgánica y/o unidades orgánicas es el Decreto Supremo N° 026-2017-IN Reglamento del Decreto Legislativo 1267 Ley de la Policía Nacional del Perú (Reglamento PNP).

6.9 Los Perfiles de Puestos no pueden ser empleados para crear nuevos órganos o unidades orgánicas distintas a las contenidas en el Reglamento PNP.

VII. DISPOSICIONES ESPECIFICAS

7.1 Del proceso de formulación de los perfiles de puestos

7.1.1. El titular de cada órgano de tercer nivel organizacional (revisar el ANEXO 2) designa al encargado de recursos humanos o el especialista que tenga experiencia en Recursos Humanos, Planeamiento o Modernización de la Gestión Pública (Encargado RRHH) de su dependencia la formulación y/o modificación de los Perfiles de Puestos del órgano, a través de un Memorando (ANEXO 3), con copia a la DIRREHUM y a la DIVMOD, asimismo, remite a todo el personal a su cargo un Memorando Múltiple que disponga la colaboración y participación de estos en la elaboración de los perfiles de puestos con su respectiva Lista Nominal de Enterado (ANEXO 4).

7.1.2. Los órganos de primer y segundo nivel realizan sus perfiles de puestos considerando las unidades orgánicas que se encuentran a su cargo (revisar el ANEXO 2), sin considerar los órganos de tercer nivel a su cargo. Y utilizan los documentos descritos en el numeral 7.1.1 (ANEXOS 3 y 4).

7.1.3. En el caso de órganos de tercer nivel organizacional que cuenten con más TRES unidades orgánicas o cuenten con más de CINCUENTA colaboradores, entre efectivos policiales y civiles, pueden designar a un equipo para la formulación de los perfiles de su dependencia policial, cuyos integrantes deben tener experiencia en Recursos Humanos, Planeamiento o Modernización de la Gestión Pública. Este equipo debe tener la proporción de UNO por cada CINCUENTA colaboradores o de UNO por cada unidad orgánica, según discreción del titular de la dependencia policial. En ambos casos, utilizan los documentos descritos en el numeral 7.1.1 (ANEXOS 3 y 4).

7.1.4. Tanto al encargado de recursos humanos o especialista del numeral 7.1.1 como al equipo conformado del numeral 7.1.3 se les denominará «Encargado RRHH» y utiliza la Guía Metodológica para la elaboración de Perfiles de Puestos (ANEXO 5) que comprende los siguientes pasos:

7.1.4.1. Identificación del puesto

7.1.4.2. Revisión de la información sobre el puesto

7.1.4.3. Elaboración de las funciones del puesto, identificación de las funciones principales y elaboración de las coordinaciones principales,

7.1.4.4. Elaboración de la misión del puesto

7.1.4.5. Establecimiento de los requisitos del puesto,

7.1.4.6. Revisión de la coherencia de la información del puesto

7.1.4.7. Validación del perfil del puesto.

7.1.5. La validación del perfil del puesto se realiza mediante visación con la jefatura del órgano y/o unidad orgánica, según sea el caso. Si es unidad orgánica requiere adicionalmente la validación por visación de la jefatura del órgano.

7.1.6. Si la jefatura mediata e inmediata superior tiene observaciones y/o recomendaciones sobre los perfiles de puestos debe consignarlos por escrito para que el encargado RRHH realice las modificaciones pertinentes.

7.1.7. Validados los perfiles de puestos, el encargado RRHH compendia el trabajo realizado a través del Informe Sustentatorio pertinente y remite el mismo a la DIRREHUM.

7.2 Del proceso de revisión y aprobación de los perfiles de puestos

7.2.1. La DIRREHUM revisa la pertinencia y congruencia de los perfiles de puesto elaborados según las responsabilidades descritas en el numeral 4.2 y los aprueba mediante las visaciones e informe pertinentes para remitirlo a la DIRPLAINS.

7.2.2. La DIRPLAINS a través de la DIVMOD emite la opinión favorable siempre y cuando los perfiles de puestos cumplan con la coherencia y alineamiento según el Reglamento PNP. Caso contrario, formula las observaciones mediante informe correspondiente para las modificaciones del caso.

7.3 Del proceso de formalización de los Perfiles de Puestos

7.3.1. La Dirección de Asesoría Jurídica emite el dictamen pertinente siempre y cuando no encuentre inexactitudes con el marco normativo policial. Caso contrario, toda observación es trasladada mediante informe al órgano o unidad orgánica para que tome las acciones del caso.

7.3.2. De no existir observación, la Secretaría Ejecutiva formaliza la incorporación de los Perfiles de Puestos mediante Resolución de Secretaría Ejecutiva (ANEXO 16).

7.4 Del proceso de actualización y/o modificación

7.4.1. Supuestos de actualización y/o modificación de los perfiles de puestos son los siguientes:

7.4.1.1. Cuando se modifique el Reglamento PNP.

7.4.1.2. Cuando existan variaciones en las funciones y/o requisitos en los perfiles de puestos.

7.4.1.3. Cuando lo disponga la Dirección General de la PNP.

7.4.2. Los órganos para modificar sus perfiles de puestos cumplen los pasos descritos en el 7.1, 7.2, y 7.3 de la presente Directiva, señalando en el Informe Sustentatorio las diferencias entre el perfil de puesto a modificar y la propuesta de modificación.

VIII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Toda referencia al Manual de Organización y Funciones a partir de la vigencia de la presente directiva se entiende como Manual de Perfil de Puestos.

IX. VIGENCIA

La presente Directiva, entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación.

X. ANEXOS

10.1 Anexo N° 1: Formato de Perfil del Puesto

10.2 Anexo N° 2: Cuadro resumen de la estructura orgánica según Reglamento PNP

10.3 Anexo N° 3: Modelo de Memorando de designación para el responsable (o equipo) de la formulación de los perfiles de puestos

10.4 Anexo N° 4: Modelo de Memorando Múltiple para el personal de la dependencia policial para la formulación de los perfiles de puestos

10.5 Anexo N° 5: Guía metodológica para el diseño de Perfiles de Puestos

10.6 Anexo N° 6: Formato de datos de Inicio

10.7 Anexo N° 7: Identificación preliminar de puestos y de interlocutor referente al puesto

10.8 Anexo N° 8: Formato de identificación de las funciones principales del puesto

10.9 Anexo N° 9: Esquema de redacción de las funciones del puesto

10.10 Anexo N° 10: Lista de verbos sugeridos

10.11 Anexo N° 11: Tabla de puntuación de funciones

10.12 Anexo N° 12: Esquema de redacción de la Misión del puesto

10.13 Anexo N° 13: Diccionario de habilidades sugeridas

10.14 Anexo N° 14: Tabla de niveles de conocimiento (Ofimática e Idiomas)

10.15 Anexo N° 15: Flujograma denominado «Formulación y aprobación de perfiles de puestos»

10.16 Anexo N° 16: Modelo de Resolución de Secretaría Ejecutiva

10.17 Anexo N° 17: Estructura de Informe Sustentatorio de Perfiles de Puestos

[CONTINÚA…]

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