[Cartilla Temática PNP] Mediante La Dirección de Asesoría jurídica de la PNP, el 09ABR2024 , oficializó la elaboración y difusión de la CARTILLA TEMÁTICA 396-2024, «Sistema Nacional de Abastecimiento»; como herramienta técnica y especializada de carácter jurídico para el empoderamiento del servicio policial. ⇒DESCARGA AQUÍ⇐
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Sistema Nacional de Abastecimiento

SISTEMA NACIONAL DE ABASTECIMIENTO
1. DECRETO LEGISLATIVO N° 1439, D.LEG. DEL SISTEMA NACIONAL DE ABASTECIMIENTO
CAPÍTULO II ÁMBITO INSTITUCIONAL
Artículo 4.- Sistema Nacional de Abastecimiento
4.1. El Sistema Nacional de Abastecimiento es el conjunto de principios, procesos, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos para la provisión de los bienes, servicios y obras, a través de las actividades de la Cadena de Abastecimiento Público, orientadas al logro de los resultados, con el fin de lograr un eficiente y eficaz empleo de los recursos públicos.
4.2. La Cadena de Abastecimiento Público es el conjunto de actividades interrelacionadas que abarca desde la programación hasta la disposición final, incluyendo las actividades involucradas en la gestión de adquisiciones y administración de bienes, servicios y ejecución de obras para el cumplimiento de la provisión de servicios y logro de resultados, en las entidades del Sector Público. No comprende lo regulado por la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y sus normas complementarias y conexas.
4.3. El Sistema Nacional de Abastecimiento se regula de manera centralizada en lo técnico normativo, correspondiendo a las entidades del Sector Público la ejecución descentralizada de las actividades comprendidas en el Sistema.
4.4. El Sistema Nacional de Abastecimiento se rige por el Decreto Legislativo, su Reglamento y sus normas complementarias.
Artículo 5.- Conformación
El Sistema Nacional de Abastecimiento está compuesto por:
1. La Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas, quien ejerce la rectoría.
2. El Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado.
3. La Central de Compras Públicas.
4. Las áreas involucradas en la gestión de la Cadena de Abastecimiento Público.
Artículo 6.- Dirección General de Abastecimiento
6.1. La Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas es el ente rector del Sistema Nacional de Abastecimiento. Ejerce sus atribuciones y su vinculación con los conformantes del Sistema y de la Administración Financiera del Sector Público, según las normas que la regula.
6.2. Son funciones de la Dirección General de Abastecimiento:
1. Ejercerla máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Abastecimiento, dictando normas relacionadas con su ámbito de competencia.
2. Programar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar la gestión de las actividades que componen el Sistema Nacional de Abastecimiento.
3. Aprobar la normatividad y los procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Abastecimiento.
4. Emir las directivas y normas complementarias referidas a la estandarización e integración en la prestación de los servicios de mantenimiento, alquiler de locales, seguro, seguridad, distribución, almacenamiento y otras actividades relacionadas al Sistema.
5. Establecer las disposiciones para la identificación, selección y sistematización de buenas prácticas en las diferentes actividades que desarrolla, a fin de promover la mejora continua de sus actividades.
6. Conducir y promover la operatividad, articulación e integración del Sistema Nacional de Abastecimiento con las entidades del Sector Público.
7. Emir opinión vinculante en materia del Sistema Nacional de Abastecimiento.
8. Difundir la normatividad del Sistema Nacional de Abastecimiento, así como desarrollar y promover acciones de capacitación y la certificación de los responsables de las áreas involucradas en la gestión de la Cadena de Abastecimiento Público.
9. Mantener actualizada y sistematizada la normatividad del Sistema Nacional de Abastecimiento.
10. Definir los sistemas de información e informáticos del Sistema Nacional de Abastecimiento.
11. Emir las directivas correspondientes para efectuar el monitoreo y evaluación del desempeño del Sector Público sobre la base de la gestión por resultados, en lo concerniente al Sistema Nacional de Abastecimiento.
12. Proponer la delegación o encargo de funciones a los organismos públicos integrantes del Sistema Nacional de Abastecimiento.
Artículo 7.- Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado
El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, encargado de supervisar el cumplimento de la normativa de contrataciones del Estado, promoviendo las mejores prácticas en los procesos de contratación de bienes, servicios y obras, de acuerdo a lo establecido en su marco normativo y en el presente Decreto Legislativo.
Artículo 8.- Central de Compras Públicas
La Central de Compras Públicas es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, encargado de promover estrategias y mecanismos que aseguren la eficiencia en la contratación pública, de acuerdo a lo establecido en su marco normativo y en el presente Decreto Legislativo.
Artículo 9.- Áreas involucradas en la gestión de la Cadena de Abastecimiento Público
9.1. Las áreas involucradas en la gestión de la Cadena de Abastecimiento Público son responsables de la programación y gestión del abastecimiento y la ejecución de las actividades del Sistema, de conformidad con la normativa emitida por la Dirección General de Abastecimiento.
9.2. Son funciones de las áreas involucradas en la gestión de la Cadena de Abastecimiento Público, según corresponda, las siguientes:
1. Gestionar y ejecutar las actividades comprendidas en el Sistema Nacional de Abastecimiento.
2. Proponer normas, lineamientos y directivas de gestión interna en el ámbito institucional sobre la operatividad y las actividades a su cargo.
3. Programar, dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de las actividades de la Cadena de Abastecimiento Público.
4. Coordinar, programar, ejecutar, supervisar e informar transparentemente los procesos de contratación de bienes, servicios y obras requeridos por la entidad del Sector Público.
5. Coordinar, consolidar y elaborar la programación de los bienes, servicios y obras, requeridos por las entidades del Sector Público en sus respectivos cuadros de necesidades.
6. Coordinar, formular y programar el plan anual de contrataciones.
7. Administrar los activos fijos y consolidar la información sobre su estado de conservación.
8. Planificar y conducir las actividades de almacenamiento y distribución.
9. Gestionar y ejecutar los actos de adquisición, administración, disposición, registro y supervisión de los bienes.
10. Realizar coordinaciones y acciones de mantenimiento, conservación y seguridad sobre los bienes de uso de las entidades del Sector Público.
11. Otras actividades propias del Sistema Nacional de Abastecimiento.
9.3. Los responsables y servidores pertenecientes a las áreas involucradas en la gestión de la Cadena de Abastecimiento Público son profesionales, técnicos o personal capacitado, según los requerimientos de las actividades relacionadas al Sistema y conforme a lo que establece el Reglamento.
9.4. La máxima autoridad administrativa de la entidad del Sector Público es responsable de la implementación del Sistema Nacional de Abastecimiento, en el marco de las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo, su Reglamento y normas complementarias.
[CONTINÚA]




