[Cartilla Temática PNP] Mediante La Dirección de Asesoría jurídica de la PNP, el 03DIC2024, oficializó la elaboración y difusión de la CARTILLA TEMÁTICA PNP 438; como herramienta técnica y especializada de carácter jurídico para el empoderamiento del servicio policial. ⇒DESCARGA AQUÍ⇐
Lee más:
- DL. 1267: Ley de la Policía Nacional del Perú [Actualizado]
- Reglamento del DL 1267, Ley de la PNP [DS 012-2025-IN]
Lineamientos de donaciones provenientes de los convenios de Cooperación Interinstitucional con entidades donantes a favor de la DIRBAP PNP

Base Legal:
- DL 1440, DL del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
- DL 1267, Ley de la PNP y su Reglamento. [Clic aquí]
- Directiva 017-2024-COMGEN PNP-SECEJE-DIRBAP-DIVBASSE aprobada con RCG 288-2024-CG PNPIEMG.
DIRECTIVA N° 017-2024-COMGEN PNPSECEJE-DIRBAP-DIVBASSE aprobada con RCG N° 288-2024-CG PNP/EMG del 05AGO2024
(…)
6. DISPOSICIONES GENERALES.
6.1. Las donaciones de bienes, servicios e inversiones pueden ser solicitadas por las diferentes Unidades Orgánicas de la DIRBAP PNP, para ser presentadas a la Junta de Gestión de Donaciones de la DIRBAP PNP, la cual prioriza según la disponibilidad de donación dineraria.
6.2. El Coordinador Institucional de la DIRBAP PNP remite la solicitud de donaciones priorizadas, coordina con las Entidades donantes y recibe la Carta de Oferta de Donación de acuerdo con lo solicitado.
6.3. La Junta de Gestión de Donaciones de la DIRBAP PNP, revisa la Oferta de donación y deriva el expediente según corresponda a las Unidades Orgánicas de la PNP y coordina con la Junta de Recepción de donaciones de bienes, servicios e inversiones para su verificación, tramite según corresponda y recepción de las donaciones.
6.4. El Coordinador Institucional de la DIRBAP PNP realiza el seguimiento y consolida las Resoluciones de Aceptación de donaciones para el control y cumplimiento de los Convenios vigentes con las Entidades donantes.
7. DISPOSICIONES ESPECIFICAS:
7.1.1. Las Unidades Orgánicas de la DIRBAP PNP consolidan los requerimientos según sus funciones y elabora un informe de viabilidad sustentando que se cumple con los fines institucionales de la DIRBAP PNP.
Asimismo, se debe precisar las cantidades, lugar de entrega, necesidad de instalación de ser necesario, entre otros detalles. La solicitud y el informe son remitidos a la Junta de Gestión de Donaciones de la DIBAP PNP.
7.1.2. La Junta de Gestión de Donaciones de la DIRBAP PNP, de acuerdo con los requerimientos, elabora las EETT & FT y/o TDR, según corresponda y se encarga de realizar el estudio de mercado de las Donaciones de bienes, servicios e inversiones para definir o mejorar el requerimiento y obtener un valor referencial de las donaciones. Estas EETT (Anexo II) & FT (Anexo III) y/o TDR (Anexo IV) deben contar con la validación del área solicitante y especializada según corresponda.
7.1.3. La Junta de Gestión de Donaciones de la DIRBAP PNP, realiza el estudio de mercado de las donaciones de bienes, servicios e inversiones, de acuerdo con las EETT, FT y/o TDR, con el fin de mejorarlas, definirlas y obtener un valor referencia! para ser validadas, debiendo obtener las cotizaciones necesarias, en coordinación con la Entidad donante para la elección del proveedor.
7.1.4. Para el caso de donación de bienes inmuebles: La Junta de Gestión de Donaciones de la DIRBAP PNP coordina con el responsable de DIVINFRA PNP para verificar que el predio solicitado en donación se encuentre necesariamente inscrito en los Registros Públicos sin cargas, gravámenes ni procesos judiciales debiendo obtener:
a) Certificado Registral Inmobiliario del predio o bien inmueble privado, emitido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la fecha de intención de donar.
b) Certificado negativo de gravámenes y cargas del predio a donar.
c) Declaración jurada de la no existencia de procesos judiciales respecto al predio o bien inmueble privado y de no estar incurso en los límites del artículo 1629 del Código Civil.
d) Recibos de servicios del bien inmueble en donación sin deudas pendientes.
[CONTINÚA]




