[Cartilla Temática PNP] Mediante La Dirección de Asesoría jurídica de la PNP, el 16DIC2023, oficializó la elaboración y difusión de la CARTILLA TEMÁTICA PNP 361-2023, como herramienta técnica y especializada de carácter jurídico para el empoderamiento del servicio policial. ⇒DESCARGA AQUÍ⇐
Lee más:
- DL. 1267: Ley de la Policía Nacional del Perú [Actualizado]
- Actualizado: Nuevo Reglamento del DL 1267, Ley de la PNP [DS 012-2025-IN]
- Ley 30714. Ley que regula el régimen disciplinario de la PNP [Actualizado 2026]

PROCEDIMIENTO POLICIAL ANTE EL DELITO CONTRA LOS RECURSOS NATURALES

1. D.S. N 026-2017-IN, REGLAMENTO DEL D.LEG. N 1267, LEY DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ
Artículo 101. Dirección de Medio Ambiente
La Dirección de Medio Ambiente es el órgano especializado, de carácter técnico y sistémico, normativo y operativo; responsable investigación de los de la delitos ambientales, delitos contra los recursos naturales y delitos de minería ilegal, cometidos en agravio del Estado, actuando bajo la conducción jurídica del fiscal especializado; asi como, planear, comandar, organizar, ejecutar, coordinar, controlar y supervisar las operaciones policiales en el marco de sus funciones en la lucha contra la delincuencia común y el crimen organizado. Tiene competencia a nivel nacional.
Investigación Criminal y está a cargo Depende de la Dirección Nacional de de un Oficial General de Armas de la Policía Nacional del Perú, en situación. de actividad, en el grado de General. La Dirección de Medio Ambiente de la Policia Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
2) Prevenir, combatir, investigar y denunciar a nivel nacional los delitos ambientales cometidos en contra de los recursos naturales (flora, fauna e hidrobiológicos), en el marco de la normativa sobre la materia;
(…)
Articulo 103.- División Contra la Tala Ilegal y Protección de Recursos Naturales
La División contra la Tala Ilegal y Protección de Recursos Naturales es la unidad orgánica de carácter técnico, operativo y especializado; responsable a nivel nacional de prevenir, combatir, investigar y denunciar la comisión de los delitos ambientales en contra de los recursos naturales de flora, fauna silvestre, recursos hidrobiológicos, alteración del paisaje y similares en el ámbito de su competencia, bajo la conducción jurídica del fiscal especializado.
Depende de la Dirección de Medio Ambiente y está a cargo de un Oficial Superior de Armas de la Policia Nacional del Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel.
La División Contra la Tala Ilegal y Protección de Recursos Naturales de la Policia Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
1) Prevenir, investigar y denunciar los delitos ambientales en contra de los recursos naturales de flora, fauna silvestre, recursos hidrobiológicos, alteración del paisaje y similares bajo la conducción jurídica del fiscal, en el ámbito de su competencia;
2) Planear, organizar, controlar y ejecutar los operativos policiales tendientes a prevenir y combatir la comisión de los delitos ambientales en contra de la flora, fauna silvestre, recursos hidrobiológicos, alteración del paisaje y similares en el ámbito de competencia;
3) Coordinar con el Ministerio Público, Ministerio de Agricultura y Riego, Ministerio del Ambiente, Ministerio de la Producción, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y demás autoridades y Entidades competentes, para la ejecución de actividades, y operaciones conjuntas relacionadas con la comisión de delitos ambientales en contra de los recursos naturales a nivel nacional, en el ámbito de su competencia;
4) Coordinar y solicitar información a entidades públicas y privadas con fines de investigación, de conformidad a la normativa legal vigente;
5) Practicar investigaciones solicitud del Ministerio Público, en su condición de unidad orgánica especializada, en el ámbito de su competencia y normativa sobre la materia;
6) Obtener, custodiar, asegurar, trasladar y procesar indicios, evidencias elementos probatorios relacionados con la investigación del SU campo funcional, observando la respectiva cadena de custodia;
7) Brindar apoyo a las entidades y autoridades competentes en el ámbito de su competencia y la normativa legal vigente;
8) Ejecutar y coordinar el apoyo necesario de los diversos órganos de la Policia Nacional del Perú, para el planeamiento y empleo de las fuerzas, en las operaciones conjuntas y simultaneas a nivel nacional, propias del ámbito de su competencia;
9) Informar y emitir opinión técnica sobre asuntos competencia;
10) Asesorar al Director de Medio Ambiente de la Policia Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
11) Las demás funciones que le corresponda de acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director de Medio Ambiente de la Policía Nacional
del Perú le asigne.
[CONTINUA…]
BASE LEGAL:
- DECRETO LEGISLATIVO N 635, CÓDIGO PENAL [Clic aquí]
- D.S. N° 026-2017-IN, REGLAMENTO DEL D.LEG. N° 1267, LEY DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ. [Clic aquí]
- RD N 30-2013-DIRGEN/EMG-PNP, MANUAL DE PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS DE LA PNP.




