Cartilla temática PNP 376-2024: DL 1611 -DL que aprueba medidas especiales para la prevención e investigación del delito de extorsión y delitos conexos, así como para la modificación del código penal, aprobado mediante dl 635 y del código procesal penal, aprobado por DL 957

[Cartilla Temática PNP] Mediante La Dirección de Asesoría jurídica de la PNP, el 05ENE2024 , oficializó la elaboración y difusión de la CARTILLA TEMÁTICA 376-2024, «DL 1611 -DL que aprueba medidas especiales para la prevención e investigación del delito de extorsión y delitos conexos, así como para la modificación del código penal, aprobado mediante dl 635 y del código procesal penal, aprobado por DL 957»; como herramienta técnica y especializada de carácter jurídico para el empoderamiento del servicio policial. ⇒DESCARGA AQUÍ⇐


DL 1611 -DL que aprueba medidas especiales para la prevención e investigación del delito de extorsión y delitos conexos, así como para la modificación del código penal, aprobado mediante dl 635 y del código procesal penal, aprobado por DL 957

«DL 1611 -DL que aprueba medidas especiales para la prevención e investigación del delito de extorsión y delitos conexos, así como para la modificación del código penal, aprobado mediante dl 635 y del código procesal penal, aprobado por DL 957»

BASE LEGAL: 

  • DECRETO LEGISLATIVO N° 635, CÓDIGO PENAL. [Clic aquí]
  • DECRETO LEGISLATIVO N° 957, NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL. [Clic aquí]
  • DECRETO LEGISLATIVO N° 1180-QUE ESTABLECES BENENFICIO DE RECOMPENSA.

DECRETO LEGISLATIVO Nº 1611 – DECRETO LEGISLATIVO QUE APRUEBA MEDIDAS ESPECIALES PARA LA PREVENCIÓN E INVESTIGACIÓN DEL DELITO DE EXTORSIÓN Y DELITOS CONEXOS, ASÍ COMO PARA LA MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO PENAL, APROBADO MEDIANTE DECRETO LEGISLATIVO Nº 635 Y DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL, APROBADO POR DECRETO LEGISLATIVO Nº 957

Artículo 1. Objeto

El presente decreto legislativo tiene por objeto aprobar medidas especiales para la prevención e investigación del delito de extorsión y delitos conexos, así como modificar el  Código Penal, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 635 y del Código Procesal Penal, aprobado por Decreto Legislativo Nº 957.

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Artículo 2. Ámbito de Aplicación

2.1. El presente Decreto Legislativo se aplica en todo el territorio de la República, incluyendo espacios geográficos delimitados como áreas, recintos o zonas de exclusión, o de régimen especial administrativo u otros ámbitos, o el ciberespacio, salvo las actuaciones en propiedad privada, que exigen mandato judicial y con la única exclusión de recintos protegidos por inmunidad diplomática.

2.2. Se aplica sobre circunstancias, efectos, objetos, instrumentos o medios que se asocian con los presuntos autores o víctimas del delito de extorsión y delitos conexos, detectados a través de aparatos, sistemas o tecnología para la identificación, individualización, rastreo, geoposición, geolocalización o ubicación de personas, datos físicos o lógicos, o cualquier elemento material de convicción para la probanza del delito o elemento virtual hallado en el ciberespacio.

[CONTINUA…]

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