Artículo VII del Título Preliminar del Reglamento de la Ley 30714.- Interpretación de normas disciplinarias

[Régimen Disciplinario de la PNP] En virtud del Reglamento de la Ley 30714, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Reglamento del Régimen Disciplinario 30714, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. VII del Título Preliminar. Interpretación de normas disciplinarias.


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Artículo VII del Título Preliminar del Reglamento de la Ley 30714.-Interpretación de normas disciplinarias

TÍTULO PRELIMINAR

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo VII. INTERPRETACIÓN DE NORMAS DISCIPLINARIAS 

Art. VII

 

Todas las disposiciones contenidas en el presente Reglamento deben ser interpretadas en el ámbito del derecho administrativo disciplinario. por tanto, en todo aquello que no esté expresamente regulado en la Ley o en el presente Reglamento, son aplicables las normas del procedimiento administrativo sancionador establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

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