[Régimen Disciplinario de la PNP] En virtud del Reglamento de la Ley 30714, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Reglamento del Régimen Disciplinario 30714, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. VII del Título Preliminar. Interpretación de normas disciplinarias.
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TÍTULO PRELIMINAR
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo VII. INTERPRETACIÓN DE NORMAS DISCIPLINARIAS
Art. VII | Todas las disposiciones contenidas en el presente Reglamento deben ser interpretadas en el ámbito del derecho administrativo disciplinario. por tanto, en todo aquello que no esté expresamente regulado en la Ley o en el presente Reglamento, son aplicables las normas del procedimiento administrativo sancionador establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. |
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
- Principio de razonabilidad: «La sanción administrativa disciplinaria debe ser la más idónea y de menor afectación posible a los derechos de los implicados en el caso». STC 00240-2025-PA-TC. Clic aquí:https://jurispol.pe/lupb
CORTE SUPREMA
- «Debe aplicarse la norma más favorable que reconozcan más beneficios o ventajas para el trabajador; optar lo contrario, implicaría desconocer el carácter tuitivo impregnado en el Derecho Laboral peruano». Casación 4616-2017-DEL SANTA. Clic aquí: https://jurispol.pe/1inp
- «Para que opere el principio de aplicación benigna de la ley por ser más favorable al administrado, debe verificarse que los supuestos de hecho del tipo disciplinario sean los mismos, y por tanto no puede aplicarse una consecuencia jurídica distinta para un tipo disciplinario distinto al procesado y sancionado». Casación 17896-2022-PIURA. Clic aquí: https://jurispol.pe/?p=20618
CORTE SUPERIOR
- «PJ Declara nula la sanción por Violencia contra la mujer (conviviente) maltrato físico y psicológico de la ley 30364; al no aplicarse la norma más favorable al administrado». Exp. 01791-2023 CSJ CUSCO. Clic aquí: https://jurispol.pe/sl47
TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL
- Principios de razonabilidad y proporcionalidad: «Constituyen un límite a la potestad sancionadora del empleador, que garantiza que la medida disciplinaria impuesta guarde correspondencia con los hechos». Resolución 222-2025-IN/TDP/3S. Clic aquí: https://jurispol.pe/6u1i
LEGISLACIÓN POLICIAL
- «Interpretación de las normas disciplinarias. Definición de acciones previas y numerales reubicados». Cartilla temática PNP 041-2025. Clic aquí: https://jurispol.pe/v4jy



