Artículo 96 del Reglamento de la Ley 30714.- Formalidad de las sanciones por infracciones leves

[Régimen Disciplinario de la PNP] En virtud del Reglamento de la Ley 30714, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Reglamento del Régimen Disciplinario 30714, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 96. Formalidad de las sanciones por infracciones leves.


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CAPÍTULO III

DEL PROCEDIMIENTO POR INFRACCIONES LEVES

Artículo 96. FORMALIDAD DE LAS SANCIONES POR INFRACCIONES LEVES 

Art. 96

La sanción por infracción leve que se impone conforme a lo previsto en el artículo 22 de la Ley, debe reunir los requisitos y adecuarse a los formatos que, para tal efecto, apruebe la Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú. Dichos formatos no deben afectar la debida motivación de las resoluciones

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