[Reglamento del DL 1149] Mediante el DS 016-2013-IN, publicado el 17NOV2013, se aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo 1149; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa. Artículo 77.- Requisitos para solicitar el pase a la situación de disponibilidad.
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TÍTULO III
SITUACIÓN POLICIAL
CAPÍTULO V
SITUACIÓN DE DISPONIBILIDAD
Artículo 77. Requisitos para solicitar el pase a la situación de disponibilidad
Art. 77 | El personal puede pasar a la situación de disponibilidad a su solicitud, cumpliendo los siguientes requisitos: a. Presentar la solicitud por conducto regular. b. No estar sometido a investigación administrativa disciplinaria por infracción muy grave. c. Estar comprendido dentro de los alcances de los artículos 65, 67 y 68 de la Ley. Caso contrario, deberán adecuarse a lo preceptuado en el artículo 69 de la precitada norma. |




