[Reglamento de la Ley de la PNP] Mediante el DS 012-2025-IN, publicado el 05NOV2025, se aprobó el Reglamento de la Ley de la Policía Nacional del Perú; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa. Artículo 72. Dirección de Asesoría Jurídica.
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TÍTULO II
DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
CAPÍTULO VII
ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN INTERNA
SUBCAPÍTULO I
ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO
Artículo 72. Dirección de Asesoría Jurídica
Art. 72 | 72.1 La Dirección de Asesoría Jurídica de la Policía Nacional del Perú es el órgano de asesoramiento responsable de asesorar en materia legal, absolver consultas jurídicas, emitir opinión y recomendaciones en asuntos de carácter jurídico al Alto Mando y demás órganos de la Policía Nacional del Perú; así como, emitir pronunciamiento respecto de la legalidad de actos remitidos para su opinión. 72.2 Asimismo, está encargada de coordinar, planificar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades de asesoría jurídica del personal de la Policía Nacional del Perú, de conformidad con la normativa sobre la materia. La Dirección de Asesoría Jurídica dirige el Sistema Jurídico Policial. 72.3 Depende de la Secretaría Ejecutiva y está a cargo de un Oficial General de Servicios Abogado de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad, en el grado de General. 72.4 La Dirección de Asesoría Jurídica tiene las funciones siguientes: 1) Asesorar y absolver consultas que le sean formuladas por el Alto Mando y demás órganos que conforman la Policía Nacional del Perú, en aspectos jurídicos y legales relacionados con el funcionamiento de la institución policial y con el ejercicio de la función policial; 2) Instruir los criterios técnicos normativos y de interpretación en la Policía Nacional del Perú; en el marco de la legislación concerniente a la institución policial y normas conexas; 3) Consolidar y supervisar las actividades jurídicas de asesoramiento, opinión jurídica e informes solicitados por el Alto Mando y los órganos de la Policía Nacional del Perú; 4) Planificar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades jurídicas del Sistema Jurídico Policial a nivel nacional; en el ámbito de su competencia funcional; 5) Revisar, proponer, visar y dar trámite según corresponda a los dispositivos normativos, resoluciones, directivas y documentos que le sean derivados de materia de su competencia; 6) Revisar y visar los proyectos de acuerdos, contratos y convenios que propongan los órganos de la Policía Nacional del Perú; 7) Orientar la correcta aplicación de la normativa legal vigente concerniente a la Policía Nacional del Perú en el desarrollo de la función policial a nivel nacional; 8) Emitir opinión jurídica sobre los proyectos de Ley y demás normas y dispositivos que son materia de competencia de la Policía Nacional del Perú; 9) Supervisar la sistematización y difusión de la normativa legal concerniente a la Policía Nacional del Perú; 10) Emitir dictámenes sobre reclamaciones y recursos administrativos que deban ser resueltos por el Alto Mando de la Policía Nacional del Perú, cuando le sean requeridos; 11) Proponer y formular el Plan de Trabajo Anual de la Dirección de Asesoría Jurídica, articulado con el Plan Operativo Anual, Planes Generales y Planes de Operaciones de la Policía Nacional del Perú; así como, al Plan Operativo Institucional del Ministerio del Interior y al presupuesto institucional; ejecutando y controlando su cumplimiento; 12) Determinar y gestionar el cuadro de necesidades y recursos de la Dirección de Asesoría Jurídica, articulado a los programas presupuestales y otras categorías presupuestarias que financien la programación anual de actividades y operaciones policiales en materias de su competencia; 13) Fortalecer las capacidades técnicas del personal, garantizando su acreditación en materias de su competencia; así como, formular y aprobar el Plan de Instrucción, anual, conteniendo actividades de preparación física, entrenamiento e instrucción permanente; 14) Proponer e implementar los indicadores de desempeño, cuantitativos y cualitativos, que midan el logro de los resultados alcanzados por las subunidades orgánicas bajo su comando; 15) Administrar los recursos asignados a la Dirección a su cargo, con criterios de eficiencia y eficacia, de conformidad con el marco legal vigente; 16) Formular y proponer documentos normativos, orientadores y técnicos de gestión sobre asuntos de su competencia; 17) Emitir opinión legal sobre asuntos de su competencia; y, 18) Cumplir las demás funciones que le correspondan de acuerdo con las disposiciones legales y otras que la Secretaría Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú le asigne. |




