[Reglamento del DL 1149] Mediante el DS 016-2013-IN, publicado el 17NOV2013, se aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo 1149; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa. Artículo 70.- Permisos.
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TÍTULO III
SITUACIÓN POLICIAL
CAPÍTULO II
VACACIONES, LICENCIAS Y PERMISOS
Artículo 70. Permisos
Art. 70 | Es la atribución que se confiere al jefe de la unidad para autorizar al personal a ausentarse del servicio por razones debidamente motivadas y justificadas, en los casos que señala la Ley. No están afectos a descuento remunerativo alguno. |



