Artículo 69. Consejo de Calificación.- Reglamento de la Ley de la PNP [DS 012-2025-IN]

[Reglamento de la Ley de la PNP] Mediante el DS 012-2025-IN, publicado el 05NOV2025, se aprobó el Reglamento de la Ley de la Policía Nacional del Perú; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa. Artículo 69. Consejo de Calificación.


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TÍTULO II

DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

CAPÍTULO VI

ÓRGANOS CONSULTIVOS

Artículo 69. Consejo de Calificación

Art. 69

69.1 El Consejo de Calificación tiene por finalidad evaluar y proponer el pase a la situación de retiro por Renovación de Cuadros del personal de la Policía Nacional del Perú, conforme a la normatividad sobre la materia.

69.2 Es presidido por el Comandante General e integrado por Oficiales Generales de la Policía Nacional del Perú, en situación de actividad.

 

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