Artículo 66.- Definición.- Reglamento de la Ley de la Carrera del Personal de la PNP [DS 016-2013-IN]

[Reglamento del DL 1149] Mediante el DS 016-2013-IN, publicado el 17NOV2013, se aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo 1149; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa. Artículo 66.- Definición.


Lee más:

TÍTULO III

SITUACIÓN POLICIAL

CAPÍTULO I

DEFINICIÓN Y CALIFICACIÓN

Artículo 66. Definición

Art. 66

El personal se puede encontrar en las siguientes situaciones:

a. Situación de actividad, que es la condición en que el personal de la Policía Nacional del Perú se encuentra dentro del servicio sea en cuadros o fuera de cuadros.

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b. Situación de disponibilidad, que es la condición transitoria en que se encuentra el personal de la Policía Nacional del Perú, fuera del servicio, por un período máximo de dos (02) años.

c. Situación de retiro, que es la condición del personal que se encuentra apartado definitivamente del servicio policial. Es de carácter irreversible.

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