Artículo 36. Asignación de cargos de los Suboficiales de Armas y de Servicios.- Reglamento de la Ley de la Carrera del Personal de la PNP [DS 016-2013-IN]

[Reglamento del DL 1149] Mediante el DS 016-2013-IN, publicado el 17NOV2013, se aprobó el Reglamento del DL 1149; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente en el Artículo 36. Asignación de cargos de los Suboficiales de Armas y de Servicios.


Lee más:

TÍTULO II

PROCESOS TÉCNICOS DE LA CARRERA DEL PERSONAL POLICIAL

CAPÍTULO IV

EMPLEO Y CARGA

Artículo 36. Asignación de cargos de los Suboficiales de Armas y de Servicios

Art. 36

La asignación de los cargos de los Suboficiales de Armas y de Servicios se realiza mediante los siguientes criterios:

a. Los Suboficiales de Armas en los grados de Suboficiales de Tercera hasta Técnico de Segunda, deberán ser asignados a unidades operativas. En los demás grados pueden desempeñarse en unidades operativas o administrativas.

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b. Los Suboficiales de servicios serán asignados en cargos que tengan relación directa con la especialidad o carrera técnica, con la que fueron dados de alta. En ningún caso pueden comandar subunidades operativas.

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