[Reglamento del DL 1149] Mediante el DS 016-2013-IN, publicado el 17NOV2013, se aprobó el Reglamento del DL 1149; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente en el Artículo 36. Asignación de cargos de los Suboficiales de Armas y de Servicios.
Lee más:
- DL 1149. Ley de la Carrera y Situación del Personal de la PNP [Actualizado 2025]
- Reglamento del DL 1149. Ley de la Carrera del Personal de la PNP [DS 016-2013-IN]
- TUO del DL 1149 ley de la carrera y situación del personal de la PNP [DS 006-2024-IN]
TÍTULO II
PROCESOS TÉCNICOS DE LA CARRERA DEL PERSONAL POLICIAL
CAPÍTULO IV
EMPLEO Y CARGA
Artículo 36. Asignación de cargos de los Suboficiales de Armas y de Servicios
Art. 36 | La asignación de los cargos de los Suboficiales de Armas y de Servicios se realiza mediante los siguientes criterios: a. Los Suboficiales de Armas en los grados de Suboficiales de Tercera hasta Técnico de Segunda, deberán ser asignados a unidades operativas. En los demás grados pueden desempeñarse en unidades operativas o administrativas. b. Los Suboficiales de servicios serán asignados en cargos que tengan relación directa con la especialidad o carrera técnica, con la que fueron dados de alta. En ningún caso pueden comandar subunidades operativas. |




