[Régimen Disciplinario de la PNP] En virtud del Reglamento de la Ley 30714, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Reglamento del Régimen Disciplinario 30714, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 31. Conformación de Inspectorías Descentralizadas.
Lee más:
- Ley 30714 Regula el régimen disciplinario de la PNP [Actualizado 2025]
- ACTUALIZADO Reglamento de la Ley 30714 que regula el régimen disciplinario de la PNP [DS 003-2020-IN]
- Modifican diversos artículos del Reglamento de la Ley 30714 y nueva tabla de infracciones [DS 016-2025-IN]
- Nueva Tabla de Infracciones de la ley 30714 que regula el Régimen Disciplinario de la PNP [DS 016-2025-IN]

CAPÍTULO III
ÓRGANOS DE DECISIÓN DEL SISTEMA DISCIPLINARIO POLICIAL
SUBCAPÍTULO I
Inspectorías Descentralizadas
Artículo 31. CONFORMACIÓN DE INSPECTORÍAS DESCENTRALIZADAS
Art. 31
| 31.1. La Inspectoría Descentralizada es el órgano de decisión del Sistema Disciplinario Policial a nivel nacional perteneciente a la Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú. Está conformada por personal policial que resuelve en primera instancia los procedimientos administrativos disciplinarios por la comisión de infracciones graves y muy graves. 31.2. Asumen competencia dentro de la circunscripción territorial local o nacional, que es determinada por resolución de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, a propuesta del Inspector General. 31.3. Depende orgánica y administrativamente del Director de Investigaciones de la Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú y tiene autonomía técnica y funcional en su condición de Órgano Disciplinario. |




