[Reglamento de la Ley de la PNP] Mediante el DS 012-2025-IN, publicado el 05NOV2025, se aprobó el Reglamento de la Ley de la Policía Nacional del Perú; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa. Artículo 280. Estructura de la Dirección de Policía Comunitaria.
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TÍTULO II
DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
CAPÍTULO VIII
ÓRGANOS DE LÍNEA
SUBCAPÍTULO II
DIRECCIÓN NACIONAL DE ORDEN Y SEGURIDAD
Artículo 280. Estructura de la Dirección de Policía Comunitaria
Art. 280 | 280.1 La Dirección de Policía Comunitaria para el cumplimiento de sus funciones cuenta con las subunidades orgánicas siguientes: a) División de Programas de Participación Comunitaria; b) División de Programas de Promoción de Valores; c) División de Proyectos Especiales de Policía Comunitaria; y, d) División de Inteligencia de Policía Comunitaria. |




