[Reglamento del DL 1149] Mediante el DS 016-2013-IN, publicado el 17NOV2013, se aprobó el Reglamento del DL 1149; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente en el Artículo 27. Definiciones.
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TÍTULO II
PROCESOS TÉCNICOS DE LA CARRERA DEL PERSONAL POLICIAL
CAPÍTULO IV
EMPLEO Y CARGA
Artículo 27. Definiciones
Art. 27 | El empleo es la condición laboral del personal de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad, en función de su categoría y grado. El cargo es el puesto laboral específico establecido en el Cuadro de Organización, Cuadro de Personal y el Clasificador de Cargos, que se asigna al personal con empleo, de acuerdo a las Listas de Rendimiento Profesional o Técnico, especialidades funcionales, antigüedad y necesidad del servicio. |



