[TUO del DL 1149] Mediante el DS 006-2024-IN, publicado el 13JUL2024, se aprobó el TUO del DL 1149; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa, concretamente en el Artículo 26. Escalafón Policial.
Lee más:
- DL 1149. Ley de la Carrera y Situación del Personal de la PNP [Actualizado 2025]
- Reglamento del DL 1149. Ley de la Carrera del Personal de la PNP [DS 016-2013-IN]
- TUO del DL 1149 ley de la carrera y situación del personal de la PNP [DS 006-2024-IN]

TITULO II
DE LA CARRERA PERSONAL
CAPÍTULO IV
EMPLEO Y CARGO
Artículo 26.- Escalafón Policial
Art. 26 | El escalafón policial es el registro en el que se inscribe al personal en situación de actividad, tomando en cuenta su categoría, jerarquía, grado y antigüedad. El procedimiento para la ubicación del personal en su respectivo escalafón se establece en el reglamento de la presente norma. |
LEGISLACIÓN POLICIAL
- «Codificación, sistematización, registro y ejecución de las resoluciones» Cartilla Temática 041-BC-2025. Clic aquí: https://jurispol.pe/jzkr



