Artículo 13. Secretaría de la Comandancia General .- Reglamento de la Ley de la PNP [DS 012-2025-IN]

[Reglamento de la Ley de la PNP] Mediante el DS 012-2025-IN, publicado el 05NOV2025, se aprobó el Reglamento de la Ley de la Policía Nacional del Perú; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa. Artículo 13. Secretaría de la Comandancia General.


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TÍTULO II

DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

CAPÍTULO II

ALTO MANDO

SUBCAPÍTULO I

COMANDANCIA GENERAL

Artículo 13. Secretaría de la Comandancia General

Art. 13

 13.1 La Secretaría de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú es la subunidad orgánica responsable de brindar apoyo administrativo y asesoramiento especializado e inmediato al Comandante General, con el fin de contribuir a la gestión y toma de decisiones en el ámbito operativo y administrativo.

13.2 Depende de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y está a cargo de un Oficial Superior de Armas de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel, egresado del Programa de Alto Mando en Orden Interno y Desarrollo Nacional o su equivalente.

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13.3 La Secretaría de la Comandancia General tiene las funciones siguientes:

1) Asistir al Comandante General en la toma de decisiones, en concordancia con los lineamientos de política del Sector Interior y los objetivos institucionales de la Policía Nacional del Perú;

2) Gestionar, administrar y monitorear los documentos y disposiciones de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú;

3) Controlar el cumplimiento de las disposiciones de comando dictadas por la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú;

4) Supervisar el estado de las coordinaciones o acuerdos interinstitucionales e intersectoriales realizados por la Comandancia General, en asuntos de su responsabilidad y competencia funcional;

5) Administrar los recursos asignados a la Comandancia General, con criterios de eficiencia y eficacia, de conformidad con el marco legal vigente;

6) Coordinar las acciones comunicacionales y protocolares de la Comandancia General, de conformidad con los lineamientos que determine la Dirección de Comunicación e Imagen Institucional de la Policía Nacional del Perú;

7) Organizar la programación y ejecución de las audiencias solicitadas por el personal policial y civiles con el Comandante General, de conformidad con el ordenamiento normativo vigente;

8) Brindar asesoramiento al Comandante General, en el ámbito de su competencia; y,

9) Cumplir las demás funciones que le asigne la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú.

 

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