Artículo 113. División de Cooperación Internacional, Agregadurías y Enlaces.- Reglamento de la Ley de la PNP [DS 012-2025-IN]

[Reglamento de la Ley de la PNP] Mediante el DS 012-2025-IN, publicado el 05NOV2025, se aprobó el Reglamento de la Ley de la Policía Nacional del Perú; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa. Artículo 113.División de Cooperación Internacional, Agregadurías y Enlaces.


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TÍTULO II

DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

CAPÍTULO VII

ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN INTERNA

SUBCAPÍTULO III

ÓRGANOS DE APOYO POLICIAL

Artículo 113. División de Cooperación Internacional, Agregadurías y Enlaces

Art. 113

113.1 La División de Cooperación Internacional, Agregadurías y Enlaces es la subunidad orgánica de carácter técnico y especializada; responsable de articular, controlar y evaluar los instrumentos en materia de asistencia técnica y cooperación policial internacional; así como, administrar y controlar el intercambio de información a través de la Comunidad de Policías de América (AMERIPOL), la Oficina Europea de Policía (EUROPOL) y de las Agregadurías de la Policía Nacional del Perú en el exterior y las extranjeras acreditadas en nuestro país.

113.2 Depende de la Dirección de Asuntos Internacionales y está a cargo de un Oficial Superior de Armas de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel, egresado del Programa de Alto Mando en Orden Interno y Desarrollo Nacional o su equivalente.

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113.3 La División de Cooperación Internacional, Agregadurías y Enlaces tiene las funciones siguientes:

1) Articular, controlar y evaluar los compromisos asumidos por la Policía Nacional del Perú a través de los acuerdos interinstitucionales de cooperación internacional suscritos; así como, evaluar el cumplimiento y logros obtenidos;

2) Proponer y formular proyectos de acuerdos, convenios u otros concernientes a la cooperación policial internacional con los cuerpos de policías extranjeros u organismos internacionales en materia de lucha contra el crimen organizado transnacional, cibercrimen, terrorismo internacional y sus nuevas modalidades delictivas, en el marco de los lineamientos sectoriales e institucionales;

3) Articular, ejecutar y controlar las acciones orientadas a la atención y respuesta de los requerimientos y actividades que se deriven de los acuerdos y compromisos adquiridos como miembro de la Comunidad de Policías de América (AMERIPOL);

4) Proponer a través de las Agregadurías de la Policía Nacional del Perú en el exterior la suscripción y aplicación de los mecanismos de cooperación internacional destinados a la transferencia e intercambio de experiencias y buenas prácticas en materia policial;

5) Articular, ejecutar y controlar los requerimientos de información u otras que requieran las Entidades del Estado o la comunidad policial internacional, en el marco de la cooperación policial internacional;

6) Articular, ejecutar y controlar la información de cooperación en materia de capacitación y doctrina, intercambio de información y de experiencias; así como, de asistencia técnico-científica policial con las instituciones integrantes de la Comunidad de Policías de América (AMERIPOL) y la Oficina Europea de Policía (EUROPOL) cuando el Perú se integre a esta última;

7) Articular con los organismos internacionales policiales el cumplimiento y ejecución de los planes operativos anuales, compromisos y acuerdos internacionales;

8) Organizar la Reunión de Altos Mandos Policiales que se desarrollan anualmente con los países fronterizos, cuando el Perú sea sede;

9) Organizar las visitas profesionales de los Agregados Castrenses y Policiales acreditados ante el gobierno peruano, a las unidades de organización de la Policía Nacional del Perú, destinadas a intercambiar conocimientos, experiencias y elevar la imagen de la institución policial;

10) Establecer y estrechar las relaciones interinstitucionales por medio de vínculos protocolares, de amistad, camaradería entre la Policía Nacional del Perú y las Agregadurías Castrenses y Policiales, Embajadas, Consulados, Oficinas de Enlace y demás representaciones acreditadas oficialmente ante el gobierno peruano, de conformidad con los lineamientos que determine la Dirección de Comunicación e Imagen Institucional de la Policía Nacional del Perú;

11) Evaluar y proponer el otorgamiento de la Condecoración Honorífica “Mariano Santos Mateos Gran General de la Policía Nacional del Perú” por parte de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú a personalidades y/o policías extranjeros, que con sus acciones hayan contribuido al desarrollo e imagen institucional;

12) Administrar y controlar los recursos y actividades que cumplen los Agregados y Enlaces de la Policía Nacional del Perú en el extranjero; así como, las referidas a las Misiones de Paz, requeridos por las Naciones Unidas;

13) Participar en las reuniones de coordinación sobre viajes al extranjero del personal policial en comisión de servicio o misión diplomática, convocado por los organismos gubernamentales y no gubernamentales;

14) Articular la autorización de viaje al extranjero del personal policial, en comisión de servicio o misión diplomática; y, proyectar la correspondiente Resolución;

15) Representar a la Policía Nacional del Perú en el proceso de elaboración de la matriz y Plan de Acción sobre los Planes Operativos Anuales (POA) con Bolivia, Colombia, Ecuador y otros que se implementen, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores;

16) Emitir opinión técnica sobre los proyectos de acuerdos, convenios u otros concernientes a la cooperación policial internacional de interés institucional;

17) Emitir opinión técnica sobre asuntos de su competencia;

18) Asesorar a la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,

19) Cumplir las demás funciones que le correspondan de acuerdo con las disposiciones legales y otras que la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú le asigne.

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