IMEI reportado no es suficiente como prueba para la prisión preventiva
La Sala de Apelaciones ha emitido un fallo clave en relación con el uso de informes policiales de inteligencia y IMEI reportado como elementos fundamentales en la solicitud de prisión preventiva. La corte determinó que estos informes no deben ser considerados como pruebas suficientes, calificándolos de prueba ilícita en ciertos casos.
Valoración jurídica sobre los informes de inteligencia
Según la Sala, los informes de inteligencia policial no deben ser valorados como prueba documental en un proceso judicial, ya que sirven como base para configurar el objeto de prueba, pero no constituyen pruebas definitivas por sí mismos. En este sentido, la corte argumentó que el informe policial, basado en hechos como la visualización de acciones rutinarias y la recopilación preliminar de datos, no debe utilizarse como sustento para una prisión preventiva. La corte también criticó la práctica de algunas fiscalías que recurren a informes de inteligencia no verificados y los utilizan en los requerimientos judiciales de manera reiterada y sin fundamento legal claro.
La corte subrayó una mala práctica en la que algunos requerimientos de prisión preventiva repiten de manera automática los mismos contenidos de actas de visualización y allanamientos, sin que estos elementos sean relevantes o estén directamente vinculados al caso en cuestión. Esto ha generado informes excesivos, con contenido innecesario que no aporta a la fundamentación del caso.
El IMEI reportado no es suficiente para vincular a un hecho delictivo
El IMEI reportado de un dispositivo móvil, aunque relevante como parte de la investigación, no puede ser usado como prueba concluyente sin ulteriores actos de investigación. La corte considera que el IMEI solo forma parte de una línea de investigación y no puede por sí solo justificar la privación de libertad preventiva sin más elementos que validen la acusación.
Este fallo resalta la importancia de asegurar que las pruebas utilizadas en los procesos judiciales sean lícitas, verificables y relevantes. Los informes de inteligencia y el IMEI reportado deben ser complementados con pruebas sustanciales para evitar que se utilicen de manera errónea en procesos judiciales. La Sala ratificó que la ley es clara en cuanto a la necesidad de respetar los principios procesales y la debilidad probatoria de estas herramientas en fases iniciales de investigación.
Este fallo marca un precedente importante en el manejo de la información preliminar en el ámbito judicial y establece límites claros sobre la validez de los informes de inteligencia en procedimientos legales.